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lunes, 10 de junio de 2013

UN DIVORCIO CON DERECHOS NO ES UNA CONDENA AL NIÑO Y A LA FAMILIA

Lunes, 10 de Junio, 2013



Entrevista en la sede de Custodia Paterna el día 28 de Mayo de 2013

EL PASADO MARTES DIA 4 DE JUNIO. EL COMPAÑERO DE BILBAO, LAGO FUE RECIBIDO POR EL MINISTRO GALLARDON EN EL MINISTERIO DE JUSTICIA COMO PETICIÓN A UNA ENTREVISTA PERSONAL SOBRE LA CUSTODIA COMPARTIDA.
EN ESA ENTREVISTA EL COMPAÑERO LAGO HIZO ENTREGA DE DOS DOCUMENTOS ELABORADOS POR LA UEFACC, UNO DE ELLOS ES EL SIGUIENTE:

UN DIVORCIO CON DERECHOS NO ES UNA CONDENA AL NIÑO Y A LA FAMILIA

Nuestro agradecimiento Sr. Ministro Don Alberto Ruiz Gallardón por su iniciativa legislativa para modificar el Código Civil en materia de Separación y Divorcio, con el objetivo de hacer real en la ley la custodia compartida de los menores y terminar con la situación de semi divorcio que existe en España.

• Hasta ahora señor ministro el tratamiento legal del divorcio en España supone un quebranto gravísimo en la vida más intima y privada de las familias pues los procedimientos judiciales son convertidos por el Estado en verdaderos procesamientos inquisitoriales, en los que se pasa a diseccionar el discurrir vital de una familia para construir una ficción de motivos en los que fundamentar la separación del niño de uno de sus dos padres. Es decir se quiebra la custodia compartida que se tenía antes del divorcio y se impone un monocultivo vivencial y jurídico sobre el niño, en beneficio de uno solo de sus progenitores y con los argumentos más peregrinos. Se impone una custodia monoparental que se traduce en una autentica condena al niño y en una situación de servidumbre económica sobre el no custodio, pues de lo que se trata es de utilizar a los menores para obtener bienes económicos. El papel del poder Judicial y la finalidad de las leyes deben estar para garantizar los derechos y los deberes de las partes en estos procesos, nunca debieran estar para intervenir como inquisidores en la vida de las familias. No debieran estar para alzarse de hecho con la titularidad de los menores y erigirse en el que determina cual es su bien superior como si éste bien de modo general estuviera al margen de los padres de los menores. Los menores tienen derechos a continuar teniendo en igualdad padre y madre y los padres deben tener igualdad de derechos en relación a sus hijos, en su crianza, convivencia y educación.
" Señor ministro, no haga de un derecho un proceso. "

• Hasta ahora Don Alberto, en los procesos de divorcio se ha ignorado deliberadamente el que los niños son objeto de derechos, uno de ellos, el más elemental, que tiene una más que íntima relación con su bien superior y con su estabilidad emocional, es el continuar conviviendo y compartiendo su vida con sus dos padres de modo igualitario a todos los efectos, de una forma obviamente alterna. Esto señor ministro no es más que la custodia compartida, que tienen las familias antes del divorcio y que si no hay una causa extraordinaria que lo motive, debe continuar, no privando de ese derecho al menor, pues de modo general significa su bien superior. Consideramos que imponer como hasta ahora una custodia monoparental, constituye una verdadera condena al derecho de los menores y a su bien superior, que a priori es estar con sus dos padres.
" La Custodia compartida debe ser un derecho del niño, desde el momento en que se conoce por el juzgado una demanda de divorcio, pues ello garantiza el derecho del menor. "

• Por lo expuesto, entendemos que un proyecto de ley que disponga que el otorgar la custodia compartida se dejará al criterio del juez que a cada uno le corresponda, va tener el efecto de desposeer a los actores de sus derechos y poner a cada familia en la mesa de disección así como perpetuar los enconos personales y la lucha judicial de las partes.
Entendemos que una decisión judicial en estos casos que ignore los derechos y los deberes de las partes, solo conducirá a la arbitrariedad de las decisiones y al maltrato de los ciudadanos tanto niños como adultos.
Lo que debe preguntarse un juez ante un proceso de divorcio es si existe alguna motivación grosera o sustantiva que impida el ejercicio de ese derecho de las partes, incluido los niños, a la Custodia Compartida y no dedicarse a pensar cómo puede suspender esa custodia compartida y dar una monoparental.
Queremos que se proteja el derecho a la custodia compartida, no que los derechos dependan de la discreción y la arbitrariedad del juez. Salvo aquellos casos excepcionales que no se pueda reconocer por grosera causa, que recaiga en uno o en ambos progenitores y que será lo que deba tener en alerta y ocupado al juez y al fiscal.
" En estos procesos el juez ha de aplicar y reconocer los derechos y los deberes de las partes y no sentenciar y condenar a una de ellas en función de sus opiniones o inclinaciones personales. "

• Hasta ahora, es un hecho que el lograr el divorcio completo en España, tanto civil como económico, es un proceso judicial largo y costoso, repartido en varios procedimientos y convertido en un “sine die“, en el caso de que existan menores. Consideramos que esta situación es del todo innecesaria y solo constituye otra forma de maltrato a los ciudadanos. El divorcio lo debe ser completo y definitivo, civil y económico, en el mismo proceso judicial en que se disuelve el vínculo civil. Pues ello beneficia a los ciudadanos con un menor coste judicial y a la justicia con menor saturación de causas en los juzgados.
" Liquidación de la totalidad de la sociedad de gananciales en el mismo acto jurídico en que se obtiene el divorcio civil. "

• Para ser coherentes, no se puede obviar que una modificación de esta naturaleza sobre el Código Civil, obliga a realizar también las oportunas y adecuadas modificaciones de la norma procesal, pues ello proporcionará garantía real sobre el derecho del menor a la custodia compartida, que lo debe ser desde el primer momento y por lo tanto es necesario para ello que la LEC se modifique. También debería de ser modificada la norma procesal en lo relativo a los plazos de las causas y lo relativo a la liquidación de la sociedad de gananciales, entre otras.
" La Ley de Enjuiciamiento Civil debe ser modificada para adecuarla a la modificación de Código Civil. "

Señor ministro Don Alberto, ministros hay muchos, los ha habido y los habrá, pero ministros que beneficien la vida de los ciudadanos de un modo directo y tangible hay pocos. La combinación de audacia, innovación y derechos, en política son muy buenos ingredientes para cambiar a mejor y de modo perdurable la vida de los ciudadanos. Eso es lo que esperamos de usted Don Alberto.
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