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lunes, 28 de julio de 2014

Los peritos judiciales no reconocieron al niño de Sueros para dictar su informe

Lunes, 28 de Julio, 2014
La juez sostenía la necesidad de una exploración directa por el crimen que vivió.
El equipo judicial encargado de la evaluación psicológica del niño de Sueros de Cepeda —cuyo cambio de custodia se ha frustrado en cuatro ocasiones— no se entrevistaron con el menor para realizar el informe pericial que se evaluó en primera instancia y en la Audiencia de Cantabria para determinar su guarda y custodia. Y ese mismo informe es el que fundamenta la sentencia de la juez de Reinosa y la resolución del recurso en la Audiencia, con fallos completamente distintos.
En la sentencia de enero de 2013 del Juzgado de Primera Instancia e instrucción número 1 de Reinosa, la jueza señala que las razones que exponen las profesionales que lo elaboran son lógicas en «lo que se considera conveniente para la educación y desarrollo de un menor», pero abunda que si bien son «aplicables con carácter general, no parecen adaptarse a la situación actual» del menor. A continuación señala la carencia del estudio: «Para la elaboración del informe no se ha tenido una entrevista con el niño y ello, a pesar del principio que informa su función, hubiera sido esencial por cuanto, si toda situación en la que se ve implicada un menor es delicada, en el presente caso lo es aún más, dado el conflicto que subyace», apunta la jueza en los fundamentos de derecho de su sentencia en referencia a las circunstancias que llevan al litigio sobre la custodia del muchacho, que son la muerte de su padre a manos de su madre.
Una situación especial
La juez subraya que el pequeño no se enfrenta a un ruptura de la pareja ni a la muerte natural de su padres. «Su situación particular, unida al hecho de los recuerdos propios que el niño guarda sobre lo acontecido, hace precisa una exploración directa».
La juez entendió entonces que el menor se adapta a la situación que le viene sobrevenida con la tragedia familiar y enfoca el cariño que tenía a su padre en su hermano —hijo de otra mujer—, con el que mantiene un contacto «frecuente y beneficioso». Añade que los adultos son quienes «no han sido capaces de sobrellevar la situación», de ahí que asegure que los únicos problemas planteados una vez que el niño llega a Sueros «se refieren a la conducta de la tía paterna en relación a la familia de la madre del menor». En una situación en la que prima el interés del menor, la juez conmina a los adultos a hacer un esfuerzo «tanto por una como por otra parte» de la familia del chico.
Otro punto de análisis es el contacto del menor con sus abuelos maternos, que la magistrada considera beneficioso y exento de conflicto cuando éste «vive el contacto materno con sus abuelos de manera relajada y natural. Es más, las tensiones y desencuentros entre los adultos las refleja en la fobia que ha generado hacia el PEF» —se refiere al Punto de Encuentro Familiar de Aprome, donde debían realizarse los encuentros entre los abuelos y su nieto, que terminaban en fracaso.
La juzgadora consideró desaconsejable un régimen de visitas del menor a su madre, que cumple condena por haber asesinado al padre del muchacho. «El niño muestra un rechazo absoluto hacia su madre, de la que no quiere hablar y a la que nunca se refiere como ‘mamá’ o ‘madre’, sino por su nombre propio y como una persona ajena a él. Recuerda que cuando se rompió la pareja la madre incumplió el régimen de visitas.
La juez dio la custodia a la tía paterna y otorgó un régimen de visitas para los abuelos maternos progresivo.

http://www.diariodeleon.es/noticias/provincia/peritos-judiciales-no-reconocieron-nino-sueros-dictar-informe_908665.html

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