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Roj: STS 4620/2014 - ECLI:ES:TS:2014:4620
Id Cendoj: 28079110012014100593
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Sede: Madrid
Sección: 1
Nº de Recurso: 1741/2013
Nº de Resolución: 685/2014
Procedimiento: Casación
Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
Tipo de Resolución: Sentencia
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a diecinueve de Noviembre de dos mil catorce.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los magistrados al margen indicados, el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada en recurso de apelación núm. 535/2011 de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Vizcaya , como consecuencia de autos de juicio de modificación de medidas núm. 967/2010, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Bilbao, cuyo recurso fue preparado ante la citada Audiencia por la procuradora doña Carmen Miral Oronoz, en nombre y representación de doña Antonia, compareciendo en esta alzada en su nombre y representación la procuradora doña Aránzazu Fernández Pérez, designada por el turno de oficio, en calidad de recurrente y la procuradora doña María Isabel Salamanca Álvaro, designada del turno de oficio, en nombre y representación de don Maximino en calidad de recurrido y siendo parte el Ministerio Fiscal.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1.- El procurador don Alfonso Bartau Rojas, en nombre y representación de don Maximino, interpuso demanda de juicio para modificación de medidas definitivas contra doña Antonia y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia «por la que se acuerde:
Modificar la cuantía de la pensión alimenticia que ha de abonar mi mandante a la suma de 175.- Euros.
Así como acuerde que los turnos quincenales de visitas den comienzo el viernes por la tarde a las 18,00 finalizando el domingo a las 20.00 horas.
Se disponga asimismo que las entregas sean realizadas por mi patrocinado, efectuándose las recogidas por la madre custodia en el punto de encuentro de Burgos.
Se establezca por el Juzgado determinados días y horas en las que mi patrocinado podrá conversar telefónicamente con su hijo Urbano, requiriéndose a la madre para que facilite número de teléfono donde contactar con el menor o si no lo desea permitiendo que sea proporcionado por el padre el oportuno terminal con estos exclusivos fines».
2.- El Fiscal contestó a la demanda con los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes e interesando que «tras recibir el juicio a prueba se dicte sentencia con el resultado de la practicada».
3.- La procuradora doña Carmen Miral Oronoz, en nombre y