Encontramos la sentencia gracias al siguiente enlace:
- El Tribunal Supremo desmiente a las feministas
Al final de la entrada (a través de "Más información") dispone de acceso a otros enlaces relacionados con este tema y un video en TVE referente al debate que suscitó el sentar jurisprudencia de forma clara y contundente por parte de Tribunal Supremo respecto a la aplicación del regimen de custodia compartida. En dicho debate la representante de Themis que se muestra en contra de la custodia compartida queda como mentirosa bajo sus propias palabras.
Roj: STS 258/2015 - ECLI:ES:TS:2015:258
Id Cendoj: 28079110012015100034
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Sede: Madrid
Sección: 1
Nº de Recurso: 2827/2013
Nº de Resolución: 52/2015
Procedimiento: Casación
Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
Tipo de Resolución: Sentencia
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Febrero de dos mil quince.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, elrecurso de casación contra la sentencia dictada en grado de Apelación por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cantabria, como consecuencia de autos de juicio de modificación de medidas definitivas nº 55/2012, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Santander; cuyo recurso fue interpuesto ante la mencionada Audiencia por la representación procesal de don Apolonio, representada ante esta Sala por el Procurador de los Tribunales doña Isabel Soberón García de Enterría; siendo parte recurrida doña Rosario, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Esperanza Aparicio Florez. Autos en los que también ha sido parte el Ministerio Fiscal.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador don Miguel Angel Bolado Garmilla, en nombre y representación de don Apolonio, interpuso demanda de juicio sobre modificación de medidas definitivas contra doña Rosario y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dicte sentencia por la que se determine como efectos derivados de la misma los siguientes:1) Atribuir la guarda y custodia del menor al padre sin perjuicio de la patria potestad compartida.