Jueves, 17 de Diciembre, 2015
El Tribunal Supremo corrige la sentencia de la Audiencia Provincial que aumentó a un padre la pensión de alimentos hacía sus dos hijos a 250 euros. Vuelve a marcar la cifra que en el juzgado de primera instancia se habría fijado de 100 euros al mes, a un padre que cobra en total 516 euros, y tiene además que pagar el alquiler de una vivienda, pues la propia se encuentra ocupada por la madre.
Acude al principio de proporcionalidad del artículo 146 del Código Civil, con arreglo a la vulneración del mismo por parte de la Audiencia que subió la cuantía de la pensión de alimentos al padre de los dos menores.
Fuente:
http://www.lexfamily.eu/el-tribunal-supremo-desautoriza-la-aplicacion-del-llamado-minimo-vital/
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