Reunión de los lunes

Nos reunimos todos los lunes a las 20,30 horas en la C/Vinaroz nº31, entrada por C/Pradillo, MADRID ¡TE ESPERAMOS!

lunes, 30 de septiembre de 2019

Corta la cabeza a su marido y se la entrega a su vecina como si fuese un juguete sexual

Lunes, 30, de Septiembre, 2019

Había denunciado la desaparición de su marido, y al final ha terminado detenida acusada de homicidio por la muerte de su marido en Castro Urdiales (Cantabría).

Entregó la cabeza del marido a su vecina en una caja. El hedor que la mujer notó detectó saliente de la caja de cartón donde la mujer entregó supuestamente unos juguetes sexuales, contenía el cráneo del vecino. Sufrió un ataque de ansiedad.

No cita nada la noticia, pero de fondo apesta a que la mujer (la supuesta asesina u homicida) sospechaba o tenía la certeza de que su marido mantenía relaciones sexuales con la vecina, o con su amiga, pues otra noticia recoge que era una amiga.
Le dijo que en su interior había juguetes sexuales y necesitaba desprenderse de ellos temporalmente. con el paso de los días la vecina comenzó a notar un olor nauseabundo por lo que abrió la caja y se encontró la cabeza.

Fuente:
La mujer que entregó a su vecina una caja con la cabeza de su marido le dijo que contenía juguetes sexuales
https://www.antena3.com/programas/espejo-publico/noticias/la-mujer-que-entrego-a-su-vecina-una-caja-con-la-cabeza-de-su-marido-le-dijo-que-contenia-juguetes-sexuales_201909305d91c8a60cf2f4c4c9262c52.html
Asesina a su marido, le corta la cabeza y se la da en una caja a una amiga en Castro Urdiales (Cantabria)
https://espanadiario.es/amp/cantabria/asesina-marido-caja-amiga

VOX se niega a condenar sólo la violencia de género y el PP pide que entren en el negocio de género

Lunes, 30, de Septiembre, 2019

VOX acudió al homenaje de una mujer asesinada por su exmarido (y en presencia de sus dos hijas), Adaliz Villagra, de 31 años. En este acto VOX portó una pancarta que ya ha exhibido en otras ocasiones y que es objeto de crítica, y todo porque condena la violencia sin distinguir quien muere o es asesinado,

Fue el mismo alcade del Partido Popular, José Luis Martínez-Almeida, quien recriminó en público al portavoz y secretario general del VOX, Ortega Smith, el que no aludiese de forma exclusiva a la violencia mal llamada "de género"


Ortega Smith:
  • recordó que su partido está “en contra de toda la violencia” y del “discurso de la ideología de género, que es el que marca la izquierda”
  • “No me va a decir el alcalde que solo hay que proteger a quien en las estadísticas sea mayoritario”

José Luis Martínez-Almeida
  • coincidió en que él también está “en contra de la ideología de género y el feminismo del 8-M” y que comparte la necesidad de luchar contra la violencia intrafamiliar.
  • “es una realidad incontestable” que el 20% de muertes violentas en Madrid “responde al asesinato de mujeres”. 
Declaraciones del delegado de Familias, Igualdad y Bienestar Social, Pepe Aniorte, Inmaculada Sanz, la portavoz del Gobierno y responsable de Seguridad y Emergencias:
"Invito a Vox a poder sentarnos, reunirnos y a que se den cuenta de que cada una de esas medidas no forma parte de la ideología de genero y esas cuestiones de terminología que lanzan, sino que lo que hacen es salvar vidas"


Fuentes:
Gobierno Almeida pide que Vox abandone su trinchera contra violencia machista
https://www.lavanguardia.com/politica/20190926/47652473493/gobierno-almeida-pide-que-vox-abandone-su-trinchera-contra-violencia-machista.html
Almeida y Ortega Smith discuten tras el boicot de Vox al minuto de silencio contra la violencia machista
https://elpais.com/ccaa/2019/09/19/madrid/1568891279_497867.html

lunes, 23 de septiembre de 2019

Asesinado por su mujer aunque había denunciado en varias ocasiones a su asesina y la Policía le llamaba "maricón"

Lunes, 23, de Septiembre, 2019
ARGENTINA

Fecha de publicación de la noticia: 25 junio 2017

En España la violencia de género sólo contempla la violencia de un hombre contra una mujer, no como en esta caso, donde una mujer es acusada de asesinar y apuñalar a su marido.

La tachada como asesina, Claudia Antonella Moya, ha intentado defender su inocencia achacando al marido autolesiones, sin embargo las autoridades reflejaron que por lugar de las lesiones no es posible que éstas fuesen provocadas por autolesión.

El machismo que impera en la sociedad argentina no sólo es del otro lado del Océano. La actitud frente a un varón que acude a denunciar a su mujer por violencia es similar a la que denunciaban antes cuando una mujer acudía a denunciar a su marido. En este caso el hombre, el hoy fallecido por su mujer fue tachado por los agentes de la autoridad de "maricón". Aparte de burlarse de su persona.


  • el fallecido se había declarado víctima de malos tratos en numerables ocasiones en varias comisarías. Denuncias que no tenían efecto, puesto que no era tomado en serio, e incluso se reían de él diciéndole que era un “maricón” por ser maltratado por una mujer
  • el fallecido presentaba lesiones en el cuero cabelludo y en el rostro, así como varios rasguños en la espalda.
  • han sido muchas las voces que critican el hecho de que no se difundan los casos de maltrato de género que se producen de mujer a hombre

Fuente:
Muere a manos de su mujer después de que la policía le llamara “maricón” por denunciarla
https://www.ideal.es/internacional/muere-manos-mujer-20170625133327-nt.html?fbclid=IwAR3MQK7N_clFFT4VytDHtv0ZVJVGT93EWMo--q89UNQQ7zXCnIiPWdxGrK8

lunes, 16 de septiembre de 2019

No puede ser bueno convertir al padre de un niño en un visitante

Lunes, 16 de Septiembre, 2019

Artículo de José Luis Sariego Morillo:


  • Un modelo es la tradicional materna en la que se sigue considerando que las mujeres deben ocuparse de cuidar a los hijos, idea antediluviana como ninguna, y la otra, más moderna, es la custodia compartida de los hijos.
  • Las mujeres del Siglo XXI hablan mucho de empoderamiento y de hacerse más visibles y responsables en un mundo tradicionalmente, masculino, y se habla mucho de igualdad de trato.
  • Pero cuando llega el conflicto de pareja, nos encontramos con una respuesta muy tradicional en la gestión de dicho conflicto: las mujeres desean y quieren ser las cuidadoras principales de los hijos del divorcio.
Fuente:
¿Son más felices los niños con custodia compartida?: En su defensa
https://confilegal.com/20190915-son-mas-felices-los-ninos-con-custodia-compartida-en-su-defensa/



La mentirosa del pegamento va a ser investigada por denuncia falsa tras 6 absoluciones de sus denuncias

Lunes, 16 de Septiembre, 2019

La señora fue detenida durante en mes bajo prisión provisional, Vanesa Gesto García, y el Juzgado número 5 de Ponferrrada puso en libertad a la mujer conocida como, la mentirosa del pegamento en la vagina.

Pero es que la mujer se ha descrito ella misma, pues antes de esta denuncia resultó que el supuesto maltratador tenía otras 5 denuncias anteriores de la misma supuesta víctima por violencia de género. De todas las causas ha resultado absuelto, De estos asuntos entendía el Juzgado de Instrucción 5 de Ponferrada, el cual dio traslado al Juzgado de lo Penal.

La verdadera víctima, el varón acusado por 6 veces de violencia de género, nació en San Román de Bembibre. Fue detenido y encerrado en los calabozos por las denuncias, Iván Rico González, acusado de secuestro, de romper su teléfono móvil, agresiones sexuales, o quebrantamientos de órdenes de alejamientos.

El juez ha dejado sin efecto todas las medidas cautelares que fueron dictadas en su momento, y teniendo presente que la mujer anunció que apelaría la sentencia a la Audiencia.


  • acusado de secuestrarla en Fabero y vejarla en un trastero de Bembibre, con detalles como el de haberle vertido pegamento en la vagina.
  • el magistrado juez de lo Penal Óscar Hernáiz ha absuelto de todos estos cargos al hombre. Y en la misma sentencia, el juez dictamina igualmente que se expida testimonio de su fallo judicial para que se investigue la posible comisión de un delito de denuncia falsa y de delito de falso testimonio por parte de V.G.G., la ex pareja del encarcelado y ahora absuelto
  • «no existiendo testigos directos de ninguno de los concretos actos de acoso o abuso que afirma la mujer haber sufrido, declaración de la denunciante que se ha prestado con contradicciones y discordancias muy patentes en ocasiones, alterando Dª. V. en el acto del juicio aspectos importantes de sus versiones anteriores, no habiendo resultado tampoco confirmados relevantes datos periféricos en los que se sustentaba la apariencia inicial de credibilidad y veracidad de su testimonio, todo lo cual compromete la convicción de este juzgador en lo realmente sucedido y en lo que la mujer denuncia»
  • «El análisis individualizado de los supuestos hechos denunciados y relatados por la mujer, en contraste con el resultado de la prueba practicada sobre los mismos, comprometen la prosperabilidad de la denuncia planteada, concluyéndose finalmente que varias de las acciones descritas por la denunciante han podido ser mal interpretadas, exageradas o incluso inventadas, influyendo en su percepción de lo realmente ocurrido factores distorsionadores debidos a la compleja personalidad que presenta (la denunciante) y a su delicado equilibrio emocional»

- La mentirosa del pegamento avergüenza a los leonéses: "La palabra de un leonés vale mas que su firma"
- La mentirosa del pegamento en la vágina ya disfruta de libertad
- El feminismo había organizado una manifestación en apoyo a la mentirosa del pegamento
- Asociaciones feministas de León y "DiariodeLeón.es" ocultan que la mujer que la mentirosa del pegamento ya está en libertad
- La mentirosa del pegamento

Fuente:
Absuelto de 6 delitos el encarcelado del caso del pegamento en la vagina
https://www.diariodeleon.es/articulo/bierzo/absuelto-6-delitos-encarcelado-caso-pegamento-vagina/201909150203171938821.html

domingo, 15 de septiembre de 2019

Furiosas porque Madrid ha recortado un 75% las subvenciones a las asociaciones feministas

Domingo, 15 de Septiembre, 2019

Son asociaciones, federaciones, fundaciones, ...., bajo las que se esconden el chorro de miles de millones de euros que provienen desde Europa a España. Hay deriva una parte de este dinero, el otro va para los partidos políticos, y la menor parte de ese dineral es destinado realmente a intentar ayudar a las mujeres maltratadas, las que de verdad precisan ayuda y medios para la protección de su vida.

Así es la red de grupos vinculados al PSOE que saca provecho de la “industria” de los malos tratos
Cuatro marcas del feminismo socialista reciben 2,5 millones cada año del IRPF


Dos nombres representan a este feminismo empoderado. Dos personas que han sido expulsadas del Congreso de los Diputados por insultos a un Ministro y que al día siguiente entraban como invitadas a la Cámara de la mano del PSOE




Ambas están enrabietadas por los recortes que en Madrid han sufrido las subvenciones que sus organizaciones reciben y que sirven para mantener y desarrollar el negocio de género que a su vez busca la criminalización y condena contra la figura del padre y todo aquello vinculado a lo masculino.

Si el año pasado lo que pidieron fue obtenido en su totalidad, este año el recorte ha sido del 75% en la Comunidad de Madrid. Y sus quejas están enfocadas al nuevo gobierno de la Comunidad de Madrid, donde el PP gobierna junto con CIUDADANOS y el apoyo de VOX. Isabel Díaz Ayuso, es la presidenta investida en Agosto, y ha adquirido acuerdos tanto con Ignacio Aguado, de C´s, como con Rocio Monasterio por parte de VOX.

Parte de las subvenciones dependen de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, pues aunque también perciben ingresos a nivel estatal, sus organizaciones se nutren también de las autonomías. La noticia no lo dice expresamente, pero la responsabilidad se achaca con claridad a VOX, quien no ha ocultado el negocio de la violencia d género y anunciado ir contra él.


- El partido de Albert Rivera acusa a VOX de no colaborar con el negocio de la violencia mal llamada de género
- Vox no suscribirá el pacto contra la violencia machista en Madrid porque olvida a "hombres, ancianos y niños"
- VOX afirma en público que la violencia de género es un invento
- Rocío Monasterio pendiente en Madrid de la violencia mal llamada de género y las leyes LGTBI de la Comunidad

  • lamenta que de repente se vean "mermados" proyectos ya asentados para los que nunca habían tenido problemas en la financiación: "El año anterior, para los mismos fines, se nos concedió la práctica totalidad de lo que habíamos pedido".
  • en los últimos diez años, entre 640.000 y 650.000 euros anuales a esta organización y para ese fin, la casa para la recuperación de las víctimas]
  • Si les dicen que no, “habrá mujeres que se queden sin atención". Para Pérez del Campo es similar. Del centro de recuperación integral han tenido que marcharse una psicopedagoga, una educadora y dos psicólogas. “Perder a esas especialistas, que son las que trabajan de forma directa con las víctimas, significa debilitar la lucha contra la violencia machista. Y a eso… A eso no estamos dispuestas”



- Los millones de la industria de la violencia de género utilizados para frenar la custodia compartida




Fuente:
La Comunidad de Madrid recorta la financiación hasta un 75% a dos federaciones de mujeres contra la violencia machista
https://elpais.com/sociedad/2019/09/12/actualidad/1568298984_299261.html?fbclid=IwAR3kZ4wbOKCQniUVX-D_ufwBLal92f0lSYe5ACcUawEAnrj1vMqnLFTC1x8

sábado, 14 de septiembre de 2019

V CONGRESO ASEMIP La protección de los menores en procesos de ruptura de pareja 4-10-2019

Sábado, 14 de Septiembre, 2019

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA MULTIDISCIPLINAR DE INVESTIGACIÓN SOBRE INTERFERENCIAS PARENTALES

UNIVERSIDAD DEUSTO - BILBAO
4 DE OCTUBRE DE 2019


Intervención multidisciplinar para la protección del menor en situaciones de riesgo y desamparo derivadas de los procesos de ruptura



Descarga del programa de. V Congreso de Asemip del 4 de Octubre en Bilbao




Fuente:
http://www.asemip.org/content/13265-v-congreso-asemip#.XX1LUi4zbIU
http://www.asemip.org/system/files/13265/original/ASEMIP_triptico_congreso_2019_-_DEFINITIVO_-_JULIO_2019.pdf?1564074935

La sustracción de menores en España se permite si es la madre quien se queda con los niños

Sábado, 14 de Septiembre, 2019

Cifran en 300 casos cada año de menores secuestrados por uno de los progenitores. pero estos menores realmente son en su mayoría víctimas de la madre y de una justicia en España que permite, tolera y no dispone medios cuando es la madre quien secuestra o sustrae a los hijos.

La noticia saca un caso de una madre víctima del secuestro parental (junto con su hijo), Olga Rodríguez. Estaban separados, y según menciona  la noticia había un pacto entre ambos donde el menor se quedaba con el padre y a los 15 días debía ser entregado a Olga en Torrevieja. Y es que así como funciona España, vas a separarte o divorciarte y la guarda y custodia en la mayor parte de casos recae sobre la madre como norma sistemática. Además, el padre está obligado a recoger y entregar a los niños a la madre, como si estos fuesen una mercancía que se alquila, Por lo que si Olga y su marido acudieron a un juzgado, es de prever que la custodia fuese otorgada a Olga.

"Ni la justicia ni la administración de España hacen nada; siento vergüenza de ser española"


Pero lo que no menciona la noticia es que el padre es muy probable que sea ciudadano de los Estados Unidos (de Greenboro, en Carolina del norte), y allí si protegen a sus menores, y si el menor es considerado estadounidense las autoridades si velan por sus intereses, y no como en España, que se autoriza el secuestro o la sustracción parental de menores españoles por defecto y sobre todo si es la madre (como ocurre en la mayor parte de casos) quien ejercita la acción delictiva. Contamos con el caso de María José Carrascosa:
La presa en EEUU por secuestro parental "Carrascosa" ha preferido cumplir pena de cárcel para que su hija odie a su padre
- Victoria Innes Carrascosa, datos que te podrían interesar


No se puede minusvalorar que un menor se quedé ni sin padre ni sin madre, que es como actúa el feminismo, todo menor tiene el derecho de poder disfrutar de tanto su padre como su madre, pero en nuestro país los padres son convertidos en visitantes como norma, y aquellos que en los juzgados pactan en acuerdo que sus hijos serán cuidados y atendidos por su madre y ellos sólo se van a dedicar a pagar la guardería materna, si no son objeto del mínimo reproche es porque existe un interés en matar la figura paterna.

Los jueces si ordenan a la Policía localizar y detener a los padres que no entregan los hijos a su madre



Los otros casos que presenta la noticia son de padres:

-  Iván Manjón, su hijo secuestrado por su madre, de nacionalidad rusa
- Javier Somoza, su hijo también se encuentra en Rusia. Él es  portavoz del Colectivo contra la Sustracción Parental
- Carlos Salgado, la madre de Kirguistán, y obtuvo la ayuda para el secuestro de su hijo de un  administrativo del Juzgado de Blanes (Girona), que llevaba su procedimiento.
- Heber Serrano, lleva 12 años sin ver a su hijo, también en Rusia

Partes recogidas de la fuente.

  • Desde 2010 hasta el año pasado, en total, ha habido 2.731 casos.
  • informe anual elaborado por el Centro Nacional de Desaparecidos dependiente del Ministerio del Interior, que extrae los datos del Sistema Estadístico de Criminalidad, que a su vez recoge todas las infracciones penales detectadas por la Policía Nacional y la Guardia Civil. En la práctica totalidad de estos casos, quien retiene a los menores es uno de los progenitores, que se queda con el hijo de su pareja y se lo lleva al extranjero sin el consentimiento de la otra persona.
  • "En Rusia hay 147 menores españoles que han sido sustraídos; es el país al que llegan más pequeños de este modo desde España"


- Casi 10 años de secuestro parental de su hijo español secuestrado por su madre en Perú
- El padre de Lucía sustraído por su madre desde el año 2012 sigue luchando por su hija
- Dan al padre la custodia de un niño de 2 años pero no dictan una orden de busca y captura contra la madre secuestradora

Fuente:
Eduardo Ozores
"Su madre le ha dicho que he muerto". 300 niños sufren secuestro parental cada año
https://www.elconfidencial.com/espana/2019-09-14/sustraccion-parental_2224411/?fbclid=IwAR1okO53WMV8fm4yA5KUqRDhUwYEHbURisQxgLoueqX0qP1jQvtuw9J7k7E

viernes, 13 de septiembre de 2019

La custodia compartida de nuevo intenta abrirse hueco en Aragón

Viernes, 13 de Septiembre, 2019

Fue la primera Comunidad Autónoma en aprobar y regular la custodia compartida como derecho preferente de los menores tras la ruptura de sus progenitores como pareja. Precisamente en Septiembre de 2010.Fue el PAR quien impulsó la propuesta en las Cortes de Aragón, y como siempre en contra los partidos de izquierda, machistas que pretenden perpetrar la sociedad prehistórica donde los varones se iban a cazar para procurar el alimento de la familia y las mujeres se quedaban bajo los cuidados del hogar y de los hijos.

La portavoz del grupo popular, Mar Vaquero, fue quien sacó la proposición de ley en una rueda de prensa, y no descartó que el PSOE (El PSOE utiliza el dinero de los españoles para celebrar jornadas en contra de la custodia compartida )no respaldé la iniciativa, aunque hay que tener presente que fueron de nuevo los partidos de izquierda quienes anularon el derecho de los menores a seguir manteniendo padre y madre, también después del divorcio o separación de éstos.

Por desgracia la realidad no ha cambiado los hechos que se visualizaban en la noticia del enlace siguiente, publicada en Octubre del año pasado.

Han transcurrido 8 años de la primera ley de custodia compartida de Aragón y todavía el Código Civil mantiene la excepción propia de un régimen machista y patriarcal



Y no hay que perder de vista que si bien ahora o en la anterior legislatura autonómica los del Partido Popular apoyaron legislar de nuevo en Aragón por una custodia compartida preferente, a nivel nacional el PP pudo cumplir la promesa de Gallardón (año 2012), y sin embargo se amparó en que sería necesario el consenso del resto de grupos políticos para romper con la discriminación que supone para miles de hijos de padres separados perder a su padre tras el divorcio o la separación, porque su papá pasa a ser desde ese momento un visitante en sus vidas, y declarado jurídicamente (puesto que el término "régimen de visitas" se expone en todas las sentencias para el progenitor no custodio, el padre casi siempre).

Gallardón se compromete a presentar en 6 meses una Ley nacional de Custodia Compartida que priorice el derecho del menor


El Partido de Mariano Rajoy abandona a los hijos huérfanos de padre vivo con la excusa de que es necesario el consenso del resto de partidos




  • «No se puede entender que la custodia compartida sea un ataque a la mujer»
  • «Cuando se legisla en caliente, con prejuicios y sectarismos, se fracasa»
  • lamentó que esta reforma se vinculara a un feminismo «mal entendido»
  • «No se puede entender que la custodia compartida sea un ataque a la mujer»





 La izquierda se convierte en el enemigo de la custodia compartida y abandera las políticas de género
El PSOE a favor de derogar las leyes autonómicas de custodia compartida y permitir la manipulación parental en los divorcios
PSOE y PODEMOS en contra de la moción aprobada por la custodia compartida en la Asamblea de Madrid
El PSOE quiere eliminar la ley de custodia compartida de Valencia y Aragón
El PSOE ataca ahora desde Zaragoza a la custodia compartida
"El PSOE quiere restaurar la custodia materna impuesta en Aragón".

Las imágenes pertenecen a la concentración de Enero de 2010, en donde aparte de los padres separados de la Asociación "Padres Aragoneses en Acción", también se sumaron al acto otros padres de otras comunidades autónomas del País Vasco, Madrid y otras regiones de España, que acudieron en un día de frío aragonés, a apoyar a los padres que la Comunidad de Aragón representaban el trabajo en afán de conseguir la custodia compartida aprobada con carácter foral.



Fuente:
El PP lleva la custodia compartida a las Cortes para atraer al PAR
https://www.elperiodicodearagon.com/noticias/aragon/pp-lleva-custodia-compartida-cortes-atraer-par_1384817.html

Detienen a una mujer de 47 años por subir fotos íntimas de la pareja que no quería seguir manteniendo una relación con ella

Viernes, 13 de Septiembre, 2019

Los celos, despecho, rencor, odio, andan por medio en este caso, sin embargo la fuente no ha recogido ninguno de los términos. El fondo de la cuestión es que el hombre no quiso seguir manteniendo relaciones sexuales con la muer, y la reacción de ésta fue la de causar daño al hombre buscando incluso el despido laboral.

La mujer había recibido del hombre fotografías de carácter íntimo, erótico, porno, o como quieran denominarlo, y éstas las hizo públicas entre los compañeros de trabajo del hombre y sus familiares. Tuvo acceso a su entorno laboral porque ambos se conocieron por motivos de trabajo.

La Policía Nacional ha detenido a esta mujer por el delito de "sexting",  delitos de descubrimiento y revelación de secretos de carácter íntimos en fotos o vídeos que se pasan a otras personas. El Juzgado de Instrucción Número 8 de Alicante, ha impuesto una Orden de Alejamiento y prohibición de comunicación, pero en este caso la prohibición es de la mujer con respecto a la víctima, que es el hombre.


  • envió las fotografías de carácter sexual al domicilio de la víctima a través de tres cartas postales. También las difundió en la empresa donde trabajan por correos electrónico
  • difundió fotografías de contenido sexual de su expareja entre los familiares de la víctima y sus compañeros de trabajo con el propósito de provocar su despido.

- Alemania prohibe almacenar fotos pornográficas de los ex
- Detienen a un joven por difundir imágenes pornográficas de su exnovia a través de 'WhatsApp'
- Detenida una niña de 14 años por la difusión de un video sexual de una compañera de instituto
- Mujeres empoderadas: El «sexting» sí entiende de géneros


Fuente:
Detenida una mujer por difundir fotografías íntimas de su expareja para que perdiera su trabajo
https://www.20minutos.es/noticia/3749147/0/detenida-mujer-difundir-fotografias-intimas-expareja/?fbclid=IwAR3R8ABeJhLxBJYKJFtxhRwDIRhFhj5f0JZoVS9KXc-fcWh1Uow8-mJX1Yc

jueves, 12 de septiembre de 2019

La Policía imputa por denuncia falsa a la mujer que denuncia a Neymar por violación

Jueves, 12 de Septiembre, 2019

La fuente mezcla dos noticias, y es que es la forma de quitar hierro al asunto de la denuncia falsa de la modelo Najila Trindade, contra el jugador de fútbol, Neymar Júnior. Los hechos producidos relativos a la supuesta violación de esta modelo por parte del futbolista del PSG y la selección brasileña, habrían tenido lugar supuestamente en un hotel de París. Pero ahora la Policía Civil de São Paulo, tras las investigaciones del caso ha decidido imputar a  Najila Trindade por denuncia falsa o simulación de delito.

La denuncia para investigar a la modelo se produce por parte del padre del futbolista, intentó extorsionar a su hijo. Al final por las incongruencias en las declaraciones de la supuesta violada, la denuncia se archivo. El jugador declaró que las relaciones sexuales fueron consentidas.

El jugador del Barcelona Neymar tiene la custodia compartida de su hijo


La otra denuncia que se mezcla en la fuente es la de la denuncia de la modelo a su exmarido, Estivens Alves. Denuncia que tiene como objeto el daño que se habría producido por el exmarido al divulgar en internet fotos de contenido erótico de la modelo.

  • Najila Trindade, que denunció al futbolista Neymar Júnior de violarla en un hotel de París, ha sido acusada este martes por la Policía Civil de São Paulo de denuncia calumniosa, fraude procesal y extorsión
  • Al constatar incongruencias entre las pruebas y las declaraciones de la modelo, la policía archivó la denuncia contra Neymar

Fuente:
Najila Trindade, la mujer que denunció a Neymar por violación, imputada por falsa denuncia
https://elpais.com/deportes/2019/09/10/actualidad/1568150213_753562.html?fbclid=IwAR0ztxt3d-FBrNPYtRpFUz8F0m-ZfDQctZG59SgonQZdkAUwBkJ5JtKed78

miércoles, 11 de septiembre de 2019

Para conseguir la custodia compartida hay que saber que es necesario y confiar en ti como padre

Miércoles, 11 de Septiembre, 2019

Artículo del letrado principal que asesora en la reuniones de los lunes de la Asociación Custodia Paterna, Jorge Martínez Martínez.


EL CAMBIO CIERTO COMO REQUISITO PARA LA MODIFICACIÓN DE MEDIDAS Y EL ESTABLECIMIENTO DE LA CUSTODIA COMPARTIDA


A nadie se le escapa que uno de los procedimientos más complicados con que el Abogado de Familia puede encontrarse es el de modificación de medidas. La complicación viene motivada por la justificación de los cambios, ya que: ¿cómo calibrar qué cambios en la vida de un niño y de sus padres hacen que las medidas que les afectan ya no sirvan?, ¿deben cambiarse las medidas total o parcialmente? o ¿cómo justificamos la importancia del cambio?


Jorge Martínez Martínez
Abogado de Familia. Socio Director en Superbia Jurídico y miembro de Legal Touch

INTRODUCCIÓN: CAMBIOS SUSTANCIALES VERSUS CAMBIOS CIERTOS 

Antes de empezar, necesariamente hemos de partir desde la base: ¿qué es la modificación de medidas? En síntesis, podríamos entender que se dan motivos para cambiar las medidas cuando acontece una alteración sustancial de circunstancias, de entidad relevante, siendo necesario adecuar las medidas judiciales existentes a la nueva realidad, en aras de proteger plenamente el interés de los menores.

Viendo el requisito de la “sustancialidad” de los cambios, lógico resultaría que pensáramos en que deben producirse circunstancias excepcionales y, por lo general, negativas para que las medidas puedan cambiar. Así, situaciones tales como cambios unilaterales de domicilio del progenitor custodio que hacen inviable el régimen de visitas o desatención de los menores por las más diversas circunstancias son los que, a priori, pudiera pensarse que son los únicos en los que podrían modificarse las medidas. Esto es, cuando se habla de “alteración sustancial” parece que dicha alteración ha de ser grave. Pero ¿qué sucede cuando no existen circunstancias excepcionales?, ¿pueden modificarse las medidas o no?


“Se dan motivos para cambiar las medidascuando acontece una alteración sustancial decircunstancias, siendo necesario adecuar las medidas judiciales existentes a la nueva realidad, en aras de proteger plenamente el interés de los menores” 



La “gravedad” no debe entenderse derivada de variaciones extraordinarias e insólitas sino como importantes en función de la configuración inicial de las prestaciones a equilibrar. El desarrollo de las medidas adoptadas en su día o el propio crecimiento de los menores son por sí mismas nuevas circunstancias, por lo que la resolución que les afecte tendrá que adaptarse a la nueva realidad. Así mismo, no debe considerarse como condición indispensable para la prosperabilidad de la modificación que el progenitor custodio no desempeñe correctamente el ejercicio de la guarda, sino que cabe que no exista problema alguno y que dicho ejercicio sea responsable y, sin embargo, resulte adecuado modificar las medidas porque éstas repercutan positivamente en los menores.

Esa interpretación “especial” a que se refiere la Sentencia del Tribunal Supremo (en adelante STS) núm. 391/2015 tiene que ver con la “certeza” del cambio. En tal sentido se pronuncia la STS núm. 346/2016, de 24 de junio, que refiere que “[…] el art. 90.3 CC, en su última redacción establece que “Las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el Juez, cuando así lo aconsejan las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de circunstancias de los cónyuges. […]”. Esta redacción viene a recoger la postura jurisprudencial que daba preeminencia al interés del menor en el análisis de las cuestiones relativas a su protección, guarda y custodia, considerando que las nuevas necesidades de los hijos no tendrán que tarse en un cambio “sustancial”, pero sí cierto”. En definitiva, entiende el Tribunal Supremo que los cambios simplemente deben haber acontecido para que las medidas puedan modificarse.

DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA CUSTODIA COMPARTIDA COMO ALTERACIÓN DE CIRCUNSTANCIAS 

Una vez más, hemos de retrotraernos al año 2013, en que el Tribunal Supremo estableció, en su conocidísima STS 257/2013, de 29 de abril, que la custodia compartida debía ser la regla general en los procesos de familia con hijos menores de edad, debiéndose aplicar “siempre que fuera posible y en tanto en cuanto lo sea”.

Desde entonces, la promiscuidad con que nuestro Alto Tribunal ha resuelto al respecto no alberga dudas sobre la custodia compartida y, por ende, ese prolijo desarrollo doctrinal constituye, por sí mismo, una novedad a tener en cuenta para las modificaciones de medidas, ya que, recordemos, la protección de los menores es lo que debe ilustrar en todo momento la actuación judicial.

El propio reconocimiento por el Tribunal Supremo de la custodia compartida como la regla general puede motivar por sí mismo el interés en la modificación de medidas. Sirva como ejemplo la STS 390/2015, de 26 de junio, que indica que, “El hecho de que haya funcionado correctamente el sistema instaurado en el convenio no es especialmente significativo para impedirlo, lo contrario supone desatender las etapas del desarrollo de los hijos y deja sin valorar el mejor interés de la menor en que se mantenga o cambie en su beneficio este régimen cuando se reconoce que ambos cónyuges están en condiciones de ejercer la custodia de forma individual […]. La sentencia petrifica la situación del menor desde el momento del pacto, sin atender a los cambios que desde entonces se han producido”.

Así mismo, la STS 9/2016, de 28 de enero refiere que “[…] la sentencia recurrida petrifica la situación de la menor, en razón a la estabilidad que tiene en estos momentos bajo la custodia exclusiva de su madre, pese a lo cual establece un amplio régimen de visitas, tratando de conciliar “el interés de menor con el indudable y siempre beneficioso derecho del mismo a relacionarse con su padre”, impidiendo la normalización de relaciones con ambos progenitores con los que crecerá en igualdad de condiciones, matizada lógicamente por la ruptura matrimonial de sus padres. La adaptación de la menor no solo no es especialmente significativa, dada su edad, sino que puede ser perjudicial en el sentido de que impide avanzar en las relaciones con el padre a partir de una medida que esta Sala ha considerado normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, de una forma responsable”.

“El propio reconocimiento por el Tribunal Supremo de la custodia compartida como la regla general puede motivar por sí mismo el interés en la modificación de medidas”



Muy directamente relacionado con lo anterior nos encontramos con un supuesto francamente habitual para denegar las modificaciones de medidas: cuando se alcanzan acuerdos plasmados en un convenio regulador, los juzgados son (mejor dicho, eran) muy, muy reacios a cambiar las medidas. Solían basamentar Sus Señorías la denegación de la modificación en atención a que si, inicialmente, uno de los progenitores había delegado en el otro el ejercicio exclusivo de la guarda y custodia, nada justificaba querer ejercer a futuro. Sin embargo, la cuestión fue resuelta también por el Tribunal Supremo, en su STS 368/2014, de 2 de julio: “Tomar como referencia el acuerdo previo por el cual la guarda y custodia la debía ostentar la madre supone desconocer la realidad de las cosas y lo que es más grave, deja sin valorar la actitud de uno y otro progenitor para llegar a un compromiso de custodia provisional tras la ruptura, que no tuvo otra finalidad que la de garantizar el inmediato interés del menor tratando de no perjudicarles y de no generar un ambiente de conflictividad que repercutiese negativamente en ellos”, señalando a continuación que “Téngase en cuenta que el acuerdo se alcanza tras el verano de 2012 y que la demanda se formula ese mismo año. Se trataba, sin duda, de un régimen transitorio a la espera de lo que se resolviera judicialmente pues, al cabo, ambas partes no dirimieron sus diferencias de común acuerdo, sino mediante resolución judicial; resolución que impuso un régimen de visitas tan amplio a favor del esposo (fines de semana alternos, de jueves a lunes, y comunicación intersemanal en las tardes de los martes y jueves, además de las correspondientes a los periodos vacacionales) que sorprende que no se adoptara el que ahora se instaura mediante la estimación del recurso puesto que el cambio para el menor sería mínimo y sin duda más beneficioso”. Esto es, el que en su momento pactasen los progenitores que fuera uno de ellos quien ostentase la guarda y custodia de los hijos en exclusiva no significa que deba mantenerse a perpetuidad dicho escenario. Es más, no es extraño que, en muchas ocasiones, el progenitor “cedente” lo hiciera en aras de que sus hijos tuvieran la mayor tranquilidad posible en los siempre momentos iniciales de una ruptura, con independencia de si la misma fue más o menos pacífica.

En conclusión, la evolución jurisprudencial del Tribunal Supremo sobre guarda y custodia compartida puede configurarse como un factor novedoso de cara a los procedimientos de modificación de medidas.

EL CRECIMIENTO DE LOS HIJOS COMO CIRCUNSTANCIA NOVEDOSA 

Al igual que la evolución doctrinal del Tribunal Supremo se configura como elemento relevante y cierto, resulta innegable que el transcurso del tiempo supone una notable modificación respecto al momento en que suscribieron las medidas correspondientes. De igual forma que ese crecimiento hace que cambien las necesidades y circunstancias de los hijos, es preciso adaptar su resolución judicial a su nuevo día a día, en aras de que no quede petrificada.

Conforme un niño crece no sólo es positivo sino necesario que tenga el máximo contacto con ambos progenitores, normalizándose en la medida de lo posible la relación entre ambos, algo que nuestra jurisprudencia entiende como relevante para que las medidas en su día adoptadas deban cambiarse, ya que su evolución conlleva que aparezcan nuevas necesidades e inquietudes que la resolución de aplicación debe contemplar. Por ejemplo, el incremento de las tareas escolares y de las actividades extraescolares, la necesaria socialización con los amigos del colegio y demás circunstancias inherentes al crecimiento hacen que sea necesario organizar la vida de los niños de forma diferente a la inicialmente configurada, máxime si las referencias afectivas, tanto materna como paterna, están perfectamente fijadas.

Ese crecimiento se configura como un factor de gran importancia, ya que la posible dependencia del progenitor único custodio que pudieran tener los menores a temprana edad tiende a desaparecer de forma paulatina. La adquisición de autonomía de los niños ha de plasmarse en todas las facetas básicas de su vida, llegándose a la inequívoca conclusión de que el crecimiento de los menores constituye un “cambio cierto”, tal y como refieren, entre otras, la STS 658/2015, de 17 de noviembre (partiendo del interés del menor, entiende que se ha producido el cambio de circunstancias porque “la menor tenía dos años cuando se pactó el convenio regulador, y en la actualidad tenía 10 años”) y las STS 306/2016, de 13 de abril y STS 246/2016, de 12 de abril, manifestándose en ambas que “El incremento de edad constituye en sí mismo una variable que aconseja un contacto más intenso con los dos progenitores”.

“El que en su momento pactasen los progenitores que fuera uno de ellos quien ostentase la guarda y custodia de los hijos en exclusiva no significa que deba mantenerse a perpetuidad dicho escenario”


También resultan paradigmáticas como ejemplo de la consideración del crecimiento de un menor como alteración de circunstancias las STS 390/2015, de 26 de junio, y STS 9/2016, de 28 de enero a las que antes hacíamos mención. Pero es más, si la edad de un menor no desincentiva un amplio régimen de visitas tampoco debe ser la causa de excluir el sistema de custodia compartida, tal y como se contiene en la STS 585/2015, de 21 de octubre: “A la luz de lo expuesto debemos declarar que en la sentencia recurrida se considera a la custodia compartida, de facto, como un sistema excepcional que exige una acreditación especial, cuando la doctrina jurisprudencial lo viene considerando como el sistema deseable cuando ello sea posible. En la resolución recurrida se acepta que ambos progenitores poseen capacidad para educación de su hijo y, de hecho, mantiene la ampliación del sistema de visitas, aproximándolo al de custodia compartida, pero sin instaurarlo sin causa que lo justifique y sin riesgo objetivable. Esta Sala no puede aceptar que el mantenimiento provisional de un sistema de guarda por la madre, durante la separación de hecho, impida la adopción del sistema de custodia compartida”.

“La evolución jurisprudencial del Tribunal Supremo sobre guarda y custodia compartida puedeconfigurarSE como un factor novedoso decara a los procedimientos de modificación de medidas”


En definitiva, si nos encontramos con un régimen de custodia tradicional no compartida el Alto Tribunal considera que el cambio de criterio social y legal es causa suficiente para instar, a través del oportuno procedimiento judicial, el cambio de régimen de custodia. Evidentemente habrán de estar presentes los requisitos necesarios, pero, en caso contrario, se “petrifica” el escenario para los menores afectados y no se aplicará la mejor solución para ellos que, según nuestro Alto Tribunal, resulta ser la guarda y custodia compartida. CONCLUSIONES - Respetando la esenc


CONCLUSIONES

- Respetando la esencia procesal del procedimiento de modificación de medidas, no puede sino concluirse que los cambios que deben producirse para que un cambio de medidas pueda prosperar no es que deban ser abruptos o negativos sino, simplemente, existir. La propia normalidad, el propio crecimiento de los hijos es, por sí mismo, lo suficiente importante como para que las medidas que les afecten se adecúen a su realidad: solo de esa forma se les protegerá plenamente


LEGISLACION www.globaleconomistjurist.com 
- Real Decreto de 24 de julio de 1889, del Código Civil. (Legislación. Marginal: 69730142). Art.; 90
 - Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. (Legislación. Marginal: 12615). 




JURISPRUDENCIA www.globaleconomistjurist.com
Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 24 de mayo de 2016, núm. 346/2016, Nº Rec. 2940/2015 (Marginal: 70989179)
- Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 13 de abril de 2016, núm. 251/2016, Nº Rec. 1473/2015 (Marginal: 69724770)
- Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 12 de abril de 2016, núm. 242/2016, Nº Rec. 1225/2015 (Marginal: 69724767)
- Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 28 de enero de 2016, núm. 9/2016, Nº Rec. 2205/2014 (Marginal: 70990205)
- Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 17 de noviembre de 2015, núm. 658/2015, Nº Rec. 1889/2014 (Marginal: 69568402)
- Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 21 de octubre de 2015, núm. 585/2015, Nº Rec. 1768/2014 (Marginal: 69573738)
- Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 15 de julio de 2015. núm. 391/2015, Nº Rec. 730/2014 (Marginal: 69573712)
- Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 26 de junio de 2015. núm. 390/2015, Nº Rec. 469/2014 (Marginal: 69555502)
- Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 2 de julio de 2014. núm. 368/2014, Nº Rec. 1937/2013 (Marginal: 2456358)
- Sentencia del Tribunal Supremo de fecha del 29 de abril de 2013. núm. 257/2013, Nº Rec. 2525/2011 (Marginal: 2426532)



BIBLIOGRAFÍA www.globaleconomistjurist.com
ARTÍCULOS JURÍDICOS
- MARTÍNEZ MARTÍNEZ, JORGE. Limitación temporal del uso de la vivienda familiar y custodia compartida: reseñas jurisprudenciales del Tribunal Supremo. Marzo 2018. Economist&Jurist Nº 218 (www.economistjurist.es)
- RODRÍGUEZ MARTÍN, Mª ÁNGELES. La guarda y custodia compartida ¿un régimen excepcional? Junio 2015. Economist&Jurist Nº 191 (www.economistjurist.es)
- ZARRALUQUI SÁNCHEZ-EZNARRIAGA, LUIS. La guarda y custodia compartida (alterna) en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Julio-agosto 2013. Economist&Jurist Nº 172 (www. economistjurist.es)
- ESCUDERO, ISABEL. Una visión diferente de la custodia compartida. Diciembre-enero 2010. Economist&Jurist Nº 136 (www.economistjurist.es)
- VIVES MARTÍNEZ, GEMMA. Custodia compartida, valoración de la prueba y victimización de los menores. Una visión objetiva desde la Magistratura y la experiencia. Septiembre 2007. Economist&Jurist Nº 113 (www.economistjurist.es)
- ZARRALUQUI NAVARRO, LUIS. La guarda y custodia compartida. Pautas para su correcta aplicación. Octubre 2006. Economist&Jurist Nº 104 (www.economistjurist.es)




Fuente:
EL CAMBIO CIERTO COMO REQUISITO PARA LA MODIFICACIÓN DE MEDIDAS Y EL ESTABLECIMIENTO DE LA CUSTODIA COMPARTIDA
file:///C:/Users/poli/Downloads/06_Derecho_civil_2-1.pdf
https://superbiajuridico.es/texts/el-cambio-cierto-como-requisito-para-la-modificacion-de-medidas-y-el-establecimiento-de-la-custodia-compartida/
https://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/el-cambio-cierto-como-requisito-para-la-modificacion-de-medidas-y-el-establecimiento-de-la-custodia-compartida/

Un juez reprocha a una supuesta víctima de violencia de género que ha denunciado por despecho y celos a su marido

Miércoles, 11 de Septiembre, 2019

La mujer pilló a su marido en la cama con su exmujer y madre de sus dos hijos. Este es el hecho que ha reflejado, al parecer, la sentencia del juzgado de violencia doméstica número 8 de Madrid, quien ha procedido al archivo de la causa reprochando a la supuesta víctima el uso de una ley de violencia de género por despecho o celos.

Los hechos que denunció la actual esposa del supuesto malttatador fueron que ésto propinó una patada y una bofetada, y ya puestos, que desde hacía varios meses era objeto de maltrato.

El marido es procedente de Sri Lanka (sudeste asiático), y el abogado que ha representado al hombre,  Juan Gonzalo Ospina, logró que el juez estimase los alegatos que esgrimió para la defensa, como la ausencia de un parte de lesiones por las agresiones referidas o el testimonio de dos de las amigas de la exmujer (la amante), testigos de como la mujer actual echó a su amiga y a su marido a la calle. Al mismo tiempo dieron testimonio de como no sólo el marido no agredió a la su actual mujer, sino que fue la mujer quien golpeaba a la exmujer de su marido. Los hechos fueron grabados con un móvil.


  • ha archivado una denuncia falsa de violencia de género presentada por una mujer contra su marido por haberle sorprendido con la exmujer de aquél en la cama
  • el juez ha desestimado la denuncia al no apreciar indicios de delito de maltrato. Ni siquiera la Fiscalía presentó cargos contra el hombre.


Fuente:
Archivada una denuncia falsa por violencia de género contra un marido sorprendido con su exmujer
https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/vivir/archivada-denuncia-falsa-violencia-genero-marido-sorprendido-exmujer/20190908191629130699.html

martes, 10 de septiembre de 2019

El partido de Albert Rivera acusa a VOX de no colaborar con el negocio de la violencia mal llamada de género

Martes, 10 de Septiembre, 2019

Vox no suscribirá el pacto contra la violencia machista en Madrid porque olvida a "hombres, ancianos y niños"


José Aniorte Rueda, en representación del partido de Albert Rivera, CIUDADANOS, ha sido el nombrado para criticar la posición del partido de Santiago Abascal porque VOX se ha negado a suscribir en la Comunidad de Madrid el pacto nacional para la violencia de género.

Ésto se llama congruencia, al menos hasta el momento. VOX anuncia en sus campañas una oposición frente a esas políticas y leyes que discriminan a los varones, niños o ancianos, frente a las mujeres, y ahora con hechos demuestra que no olvida los anuncias de campaña.

Albert Rivera ya no pide acabar con la asimetría penal de violencia de género contra los varones


Curioso que sea C´s quien dé la cara, pues el partido de Albert Rivera en las elecciones de 2016 lanzó un anunció contra la falta de asimetría penal que provocaba la ley de violencia de género. Poco después retiró sus afirmaciones y cambio la chaqueta para colocarse la que visten con orgullo aquellas formaciones que pretenden criminalizar aún más la figura de los varones y la figura paterna.

Por parte de VOX, ha sido su secretario general y portavoz de VOX en el Ayuntamiento de Madrid, Javier Ortega Smith, quien ha dado respuesta a las acusaciones de CIUDADANOS:

  • ha criticado a PP y Ciudadanos por "impulsar políticas de izquierda" que "criminalizan" al hombre por serlo.
  • C’s que es un partido "que juega a ser de derechas, de centro o de centro izquierda según el día o como pegue el viento"
  • ox lucha "contra cualquier tipo de violencia" y asegura que su partido no "caerá en la trampa" de criminalizar a una parte de la sociedad "por el hecho de ser hombre".
  • "Hay que combatir el delito y no ponerle etiquetas. Decir que la violencia tiene género… la violencia es violencia y tenemos que actuar con todas las consecuencias"
  • "Deben pensar que en Vox somos como el resto de los partidos y dependiendo del día vamos cambiando de posición. Tenemos las ideas muy clara sobre este mantra de la ideología y de la llamada violencia machista"
  • "pretender que se firme un pacto municipal como se firmó el Pacto de Estado, donde se está criminalizando a una parte de la sociedad, donde se está diciendo que por el hecho de ser hmobres ya son presuntamente culpables".
  • ha criticado que por el hecho de que una mujer interponga una denuncia "ya es una víctima segura" dado que quedan "sin investigar los tantos y tantos casos desgraciadamente que se utilizan en los procedimientos para denuncias falsas por otras cuestiones, como es tener réditos en procesos de separación o divorcio".



Los cargos y responsabilidades que desempeña el portavoz de C´s:
  • Concejal del Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía
  • Miembro de la Junta de Gobierno
  • Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
  • Miembro de la Comisión Permanente Ordinaria Familias, Igualdad y Bienestar Social (Portavoz Adjunto)
  • Miembro de la Comisión Permanente Ordinaria de Cultura, Turismo y Deporte




- Rocío Monasterio pendiente en Madrid de la violencia mal llamada de género y las leyes LGTBI de la Comunidad
Rajoy logra la unanimidad para conceder otros 200 millones del negocio de la violencia de género
El PP y el PSOE firman un Pacto de Estado contra la violencia de género
Todos los políticos de acuerdo en un Pacto de Estado para criminalizar aún más la figura del varón con la ley de violencia de género


Fuentes:
Vox acusa a PP y C’s de impulsar "políticas de la izquierda" que "criminalizan" al hombre
https://okdiario.com/espana/vox-acusa-pp-cs-impulsar-politicas-izquierda-que-criminalizan-hombre-4550168#.XXbeIrNOsQc.whatsapp
Primer choque entre Cs y Vox por la violencia machista: de los "lobbies" al "velo ideológico"
https://www.madridiario.es/vox-rechaza-pacto-machista-cs

Reconocen que la denuncia por violación contra el juez designado por Trump para el Supremo era falsa

Martes, 10 de Septiembre, 2019

Lo ha reconocido la abogada de la denunciante, Christine Blasey Ford, la letrada Debra Katz. Manifestaciones en una Conferencia de Teoría Legal Feminista celebrada en la Universidad de Baltimore.

El denunciado fue quien ahora es juez de la Corte Suprema, Brett Kavanaugh. En los momentos de la interposición de la denuncia se presentaba como nominado al puesto. El desprestigio como pretensión en la acción llevada a cabo ante la justicia de poner de relieve una mala imagen sobre este señor, es una vez más evidente.

Donald Trump fue quien designó a Brett Kavanaugh para el cargo de juez del Tribunal Supremo. Achacan a la industria que favorece el aborto y al Partido Demócrata como los impulsores que por detrás dio lugar a denuncias de acoso sexual e incluso de violación de este ahora juez. Aparece también el movimiento #MeToo, pues apareció por entonces. Se creyó que este grupo político liderado por Trump podría lograr revertir la sentencia "Roe vs Wade" del año 1973, que declaró el aborto constitucional en los Estados Unidos.

De las varias denuncias interpuestas contra el ahora juez la única que quedó en pie fue la de Christine Ford, el resto fueron consideradas como falsas.

Debra Katz, la abogada de Christine Blasey Ford, reveló la motivación política que impulsó a su cliente a denunciar por conducta sexual inapropiada a Brett Kavanaugh, el entonces nominado y ahora juez de la Corte Suprema.

- El feminismo denuncia a Plácido Domingo por acoso sexual de hace 30 años
- Los ejecutivos de Wall Street tienen miedo a las relaciones con las mujeres ante el temor de las denuncias falsas por acoso
- Una feminista del #MeToo paga 380.000 dólares para silenciar una denuncia de violación a un menor de edad

Fuentes:
La mujer que acusó de violador al juez Kavanaugh admite que lo hizo para «marcarle» por ser provida
https://www.religionenlibertad.com/eeuu/193070781/La-mujer-que-quiso-incriminar-al-juez-Kavanaugh-reconoce-que-lo-hizo-para-marcarle-por-ser-provida.html
La acusación contra el juez Kavanaugh tenía una motivación política, admite la abogada de Blasey Ford
https://bles.com/america/ee-uu/noticias-blasey-ford-brett-kavanaugh-motivacion-politica-aborto-asterisco.html

lunes, 9 de septiembre de 2019

Un separado logra que su expareja le devuelva casi 100.000 euros por compartir el piso

Lunes, 9 de Septiembre, 2019

No podemos leer el contenido de la sentencia porque esta reservado para suscriptores, pero suponemos que la cuantía que este separado ha logrado que impongan a pagar a su expareja es derivado  del tiempo de convivencia en la vivienda que en común compartían y que sólo satisfacía los pagos él.


El hombre exigió el dinero al entender que ella incrementaba su patrimonio cuando la contribución económica para adquirir la vivienda la hizo solo él

Fuente:
Obligan a una mujer a devolver a su expareja 97.600 euros por la casa que compartieron
https://www.lne.es/gijon/2019/09/09/obligan-mujer-devolver-expareja-97600/2526869.html

VOX afirma en público que la violencia de género es un invento

Lunes, 9 de Septiembre, 2019

"La violencia de género es una gran mentira, negar esto es como negar el día o la noche"


Javier Ortega Smith, secretario general de Vox, ha afirmado hoy con respecto a las manifestaciones de la fiscal general del Estado, María José Segarra, durante el Inicio del Nuevo Año Judicial en la Comunidad de Madrid en el Tribunal Supremo

Ortega Smith ha reconocido que sus declaraciones son políticamente incorrectas.

"Hay violencia cuando se agrede a parejas homosexuales, hay violencia cuando se agrede a los niños, los hombres y los mayores"
respuesta a la fiscal, ha rechazado que "pretenda que la instrucción de los procesos penales recaiga en la Fiscalía", ya que, según entiende el portavoz de Vox, en España no "existe una total y absoluta garantía de su independencia".





- Entrevista a VOX en un medio feminista a favor de la ideología de género que quiere derogar VOX CADENA SER


Fuentes:
Ortega Smith: "La violencia de género es una gran mentira"
https://www.abc.es/espana/abci-ortega-smith-violencia-genero-gran-mentira-201909091748_video.html
Ortega Smith: "La violencia de género es una gran mentira, negar esto es como negar el día o la noche"
https://www.europapress.es/nacional/noticia-ortega-smith-violencia-genero-gran-mentira-negar-esto-negar-dia-noche-20190909171407.html
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Una mujer acusada de homicidio por intentar atropellar a su exmarido y a su nueva pareja

Lunes, 9 de Septiembre, 2019

La Jefatura Superior de Policía en Canarias informa que sus propios agentes visualizaron como la mujer intentó atropellar a su exmarido y a su nueva pareja.

La detención sucedió en la Playa del Inglés (Gran Canaria), y la mujer ha reconocido la intención que llevaba de atropellar a su expareja, y no la atropellar a su nueva novia. Terminó atropellando a la novia de su expareja con su coche en la avenida de Italia, hechos que fueron observados por una patrulla de la Policía. Los agentes acudieron a auxiliar a la mujer que fue golpeada por el vehículo y que había quedado tendida en la calle. La agresora se dio a la fuga tras embestir con el coche a la pareja.

La Policía también desvela que la acusada tiene antecedentes delictivos, y ahora es acusada del delito de homicidio en grado de tentativa.

  • un coche embistió contra dos personas que cruzaban la calle y golpeó a una mujer, que quedó tendida en el suelo mientras la conductora responsable de lo ocurrido se daba a la fuga.
  • la detenida contó de forma «espontánea» que quería atropellar a su expareja, no a la mujer.

Fuente:
‘Violencia femenina’: Mujer intenta matar a su ex pareja, arrolla a su acompañante y se da a la fuga
https://www.periodistadigital.com/gente/sucesos/20190908/violencia-feminista-mujer-matar-ex-pareja-arrolla-acompanante-da-fuga-noticia-689404131449/

Un nini con 24 años pretende reclamar a sus progenitores una pensión de alimentos

Lunes, 9 de Septiembre, 2019

Un joven de 24 años solicita a un juez una pensión de alimentos respecto de sus progenitores. El hijo cuando tenía 18 años dejó de estudiar, el dinero que percibió de una beca lo empleo en un tatuaje, y después se marchó a vivir con los abuelos paternos.

Un las razones por la que los magistrados desestiman la petición del adulto, ya, es que no ha demostrado una búsqueda activa de empleo. Tampoco ha demostrado que trabajase los fines de semanas o los periodos no lectivos, ni haber percibido ingresos por la práctica en empresas.


Partes de la sentencia de la Sección nº 12 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil (N.I.G.: 0801942120170015532, Recurso de apelación 651/2018 -R1, SENTENCIA Nº 307/2019)

  • «debe asumir las responsabilidades de sus decisiones»
  • «Es él quien lleva las riendas de su vida y quien debe valorar qué posibilidades tiene de compatibilizar el estudio con el trabajo necesario para su mantenimiento»
  • «No ha demostrado que ha tratado de adecuar su sistema de vida a sus posibilidades y tampoco consta que hubiera realizado todo lo posible para cubrir sus propias necesidades como persona adulta»



- El padre no tiene obligación de pagar 7.000 euros para la universidad de una hija bajo la custodia materna
Un juez absuelve a un padre de no pagar las pensiones de alimentos desde el año 2009, pese a que cobra 2000 euros
Condenado a pagar 4.000 euros de pensión de alimentos a sus dos hijos por presentar en quiebra a sus empresas y pasearse en Ferrari
Los jueces son más culpables que nadie de "ninis" holgazanes de padres separados
Hijos con pensiones millonarias
La Audiencia anula una pensión de Alimentos de 6000 euros al mes
- La pensión alimenticia a los hijos debe pagarse aunque se ingrese en prisión
En Puerto Rico se calcula la pensión de alimentos atendiendo al sueldo de los dos progenitores
Una famosa paga 12.600 euros de pensión de alimentos al padre de su hija
- Un hombre sin ingresos se ofrece de "esclavo" de su ex al no poder pagar la pensión de 1.600 euros
Reclaman a Carlos Baute 144.000 euros de pensión de alimentos por el hijo que tuvo a los 15 años
«Tenemos varios treintañeros que cobran la pensión alimenticia»
Obligan a unos padres a pagar una pensión de alimentos de 624 euros a una hija de 23 que quiso irse de casa


Fuentes:
La justicia rechaza que los padres mantengan al hijo que se independiza y después se arrepiente
https://elpais.com/economia/2019/09/05/mis_derechos/1567673930_981338.html
Un juez rechaza la denuncia de un hijo jeta que se independizó y luego se arrepintió y quería volver a ser mantenido por sus padres
https://www.periodistadigital.com/economia/instituciones/20190908/juez-rechaza-denuncia-hijo-jeta-independizo-luego-arrepintio-queria-volver-mantenido-padres-noticia-689404131445/

domingo, 8 de septiembre de 2019

Netflix trae a la pantalla al historia de una mujer maltratada vinculada a la falsa denuncia de violación

Domingo, 8 de Septiembre, 2019

Hasta cuesta poder asegurar cual es el nombre verdadero de la mujer protagonista. Aparece como, Chanel Miller, pero también es mencionada como Emily Doe o como Jane Doe. Pero de quien no cabe duda cual es el nombre, es del acusado, "el malo", el violador o supuesto violador, pues con condena o no, la posibilidad de la denuncia falsa ha sido contemplada: Brock Turner.

Si los presuntos violadores de mujeres no son españoles el feminismo ni se inmuta


Establecen una relación con el caso de La Manada que tanta controversia ha generado en España, y es que dejando a un lado el comportamiento de los varones de esta manada, desde el punto de visto jurídico se ha confeccionado una sentencia obedeciendo a los intereses del feminismo, que no se sostiene ni jurídicamente.

La joven que denunció a la "Manada" reconoce que fue una denuncia falsa para evitar el castigo de sus padres en casa


Hay muchas  manadas, pero sólo han incidido o inciden en aquella que realmente ven que pueden sacar provecho. No importa realmente la mujer víctima del abuso, agresión, o supuestos abusos o agresiones, importa el rédito que sacan de acuerdo a colocar la figura del varón como un peligro en potencia para la mujer, motivo por el cual han de reclamar subvenciones y esos miles de millones de euros que mantienen al feminismo empoderado, a partidos políticos, y desde luego proporcionan fuente de ingreso y un nivel de vida cómodo a quien vive de este negocio.

  • en el verano de 2016 y antes del huracán del #MeToo, la víctima decidió compartir a través de BuzzFeed el texto que ella misma leyó en la vista para sentencia de su violador. “Aún si la sentencia es leve, espero que esto despierte a la gente”, dijo. “Quiero que el juez sepa que ha iniciado un pequeño fuego. Al menos, esta es una razón para que todos nos unamos a hablar más sobre este tema”.
  • Libros del KO publica la investigación de Christian Miller y Ken Armstrong que ganó el Premio Pulitzer y que Netflix llevará a la pequeña pantalla

Obligado el líder andaluz de VOX a aclarar sus manifestaciones y tachar de machistas a los condenados de "La Manada" de Pamplona


Fuentes:
La víctima de la violación más mediática de EE UU sale del anonimato en ‘prime time’
https://smoda.elpais.com/feminismo/la-victima-de-la-violacion-mas-mediatica-de-eeuu-sale-del-anonimato-en-prime-time/
"Me lo inventé todo". La denuncia 'falsa' por violación que destapó algo mucho peor
https://www.elconfidencial.com/cultura/2019-05-29/violacion-creedme-pulitzer-libro-eeuu_2038486/

Los derechos de los niños más desprotegidos que los de los perros a quien los jueces conceden la custodia compartida

Domingo, 8 de Septiembre, 2019

Es una realidad, no es una ficción. Hoy día los animales gozan de un mayor porcentaje de custodias compartidas con sus dueños que los menores. Los jueces decretan el régimen compartido en su tenencia basándose en las necesidades del animal, pero sin embargo cuando el padre y la madre de un menor se separan se ve en nuestra sociedad lógico que el padre del menor pase a ser desde entonces un visitante más en su vida, relegando a estos menores a engordar la suma de hijos huérfanos de padre vivo.

El caso de la fuente es de un perro (can) de la raza West Highland Terrier, donde el magistrado del  Juzgado de Primera Instancia 9, decretó en su sentencia una custodia compartida semestral. Los domicilios entre ambos dueños distan 700 kilómetros entre sí, de Valladolid a Alicante, y no ha sido óbice para dictar una nueva custodia compartida de una mascota.

El dueño, Carlos, basamentó su petición de custodia única  de "Cachas", frente a su dueña militar de profesión, Silvia, en:

  • 'Cachas' registraba episodios de «tristeza e inestabilidad» cuando regresaba de la casa de Silvia,
  • 'Cachas' volverá a compartir su estancia con 'Coco', el otro perro que vive en el domicilio de Carlos, el dueño, así con la hija menor de 6 años de su actual pareja.

Pero la sentencia recoge otros detalles interesante que tienen que ver mucho con los menores, y es que en esta custodia semestral permiten al dueño no custodio (en ese momento) el derecho de visitar al perro durante un fin de semana al mes en ese periodo con el dueño custodio. Este derecho se ve regulado con la obligación de comunicar por vía fehaciente al copropietario custodio dicha visita. Este visita o estancia de fin de semana al mes en el régimen compartido para el copropietario no custodio, representa más derechos que los que dispone cualquier menor víctima de la sustracción o secuestro parental materno, legalizado en España como norma, pues en las sentencias que regulan el tiempo que ha de pasar el menor con su progenitor paterno, las ausencias entre visita y visita son los espacios (como mucho) relativos a las vacaciones escolares. Es decir, un niño puede pasar sin ver a su padre periodos de más 3 meses que no es contemplado como un perjuicio sobre la relación paterno-filial.

Si hablamos de los gastos, que se lo cuenten a muchos padres separados que han visto como dicha sustracción o secuestro parental materno, se ha legalizado por su Señoría, y además imponiendo el coste de los gastos de desplazamiento para el padre, que sin comerlo ni beberlo se ha encontrado con que se han llevado a su hijo por gusto a miles de kilómetros (muchos casos se dan en Canarias) y encima han de acarrear con los gastos del desplazamiento.

  • este pleito civil por la custodia única de 'Cachas', que se ha resuelto con el derecho de posesión y disfrute compartido del perro durante seis meses cada uno
  • Para ello, laexpareja que corresponda tendrá que avisar «de modo fehaciente» al otro copropietario con al menos una semana de antelación.
  • cada dueño pagase los gastos de transporte por estos viajes de entregas, y en el caso de la asistencia de un veterinario a partes iguales. 

Otra parte de la fuente recogida de la sentencia que evidencia como el interés de los menores está por debajo que el de los perros o mascotas. Es incuestionable, los menores españoles aún esperan que un partido político cumpla sus promesas y cambie en el Código Civil el carácter extraordinario para la concesión de la custodia compartida como derecho al menor, por la norma que debe aplicarse a falta de otros motivos, pues se separan los padres, pero la realidad es que en las separaciones, divorcios o rupturas de parejas. los menores son apartados de su progenitor paterno, impidiendo a los niños disfrutar y disponer de todas las ventajas de en vez de ser cuidados y atendidos exclusivamente por su madre, poder gozar también de su padre como cuando la pareja se mantenía unida.

Todos los políticos de acuerdo para legislar custodia compartida para los perros pero no para impedir más hijos huérfanos de padre vivo


  • El juez recordó en su sentencia que aunque el Código Civil y la ley Hipotecaria atribuían a los animales un régimen jurídico equiparable al de los bienes muebles, la normativa europea les define como «seres sensibles» a los que hay que garantizarles un bienestar.
  • En el parlamento español se encuentra paralizada en su tramitación una proposición de ley, para recoger una legislación positiva y el Estatuto Jurídico de los animales, que aunque les diferencie de las personas, no les trate como a las cosas y otras formas de vida, como son las plantas. Por el contrario, el Código Penal sí que distingue ya entre daños a animales domésticos y cosas.



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En España los perros ya tienen más derechos que los menores, se juzga la custodia de un perro con la ley de custodia compartida para animales aprobada por consenso


Fuentes:
El perro 'Cachas' comienza su custodia compartida semestral, dictada por un juez, en Alicante
https://www.leonoticias.com/castillayleon/perro-cachas-comienza-20190902143029-nt.html