Reunión de los lunes

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martes, 31 de julio de 2012

Consejos para padres separados

Martes, 31 de Julio, 2012
Los divorcios no solo implican a la pareja en cuestión, sino que muchas veces son los hijos/as los que pueden salir más afectados si la separación no se lleva a cabo de la mejor forma posible. Resulta tan importante el cómo decirle a tu hijo/a que os estáis divorciando, como la forma de actuar una vez ya se ha producido la separación. De esta forma, conviene tener presentes algunos puntos para que todo se desarrolle con la mayor naturalidad y respeto hacia tu expareja. Para que sepas cómo hacerlo, en unComo.com os contamos algunos consejos para padres separados.
Instrucciones
Desacreditar a la anterior pareja delante de los hijos puede dañar la autoestima de estos, ya que los niños se sienten parte de papá y parte de mamá, por lo que hablar mal del otro progenitor equivale a hablar mal de ellos mismos.
Es positivo tranquilizar a los hijos explicándoles que ellos no han tenido nada que ver en la ruptura, no tienen responsabilidad alguna, pues es una decisión de los mayores. Muchos niños asumen el divorcio de sus padres con sentimiento de culpa, y esta es una carga que podemos aligerarles.
Anima a tus hijos a que vean con frecuencia a tu anterior pareja, haciendo todo lo posible por facilitar las visitas. Con la separación ellos también viven momentos difíciles y al actuar facilitando el contacto con el otro progenitor les estás ayudando.
Recuerda que aunque se haya roto tu relación de pareja, para tu hijo él/ella sigue siendo su padre/madre, por lo que debes aprender a distinguir entre tus necesidades y deseos y los de tus hijos.
Cuando el niño vuelva de visitar al otro progenitor respeta su intimidad, deja que sea él quien te cuente lo que quiera y evita interrogar.
La separación es un gran cambio a nivel familiar, cuanto antes se asuma y mejor se asimile, más les ayudarás.
Si tú eres capaz de adaptarte a la nueva situación, tus hijos también podrán hacerlo. Verte llorar por los rincones o enfadarte con tu ex pareja no les ayuda. Delante de ellos siempre bien, por lo que si las emociones te superan, busca ayuda profesional o alguien de confianza con quien desahogarte.
Es bueno ayudar a tu hijo a expresar sus sentimientos. Puedes motivarle con preguntas del tipo ¿cómo te sientes hoy? ¿qué es lo que más te preocupa?... Pero no insistas, ofrece la posibilidad cuantas veces haga falta, pero sin atosigar.
Recuerda que el convenio regulador marca unas reglas de actuación (p.ej. qué días están los menores con qué progenitor), pero que lo que debe imperar es el sentido común y el mutuo acuerdo entre los progenitores, y en caso de no llegar a algún acuerdo entonces conviene guiarse por el convenio.
Si deseas leer más artículos parecidos a consejos para padres separados, te recomendamos que entres en nuestra categoría de Divorciarse
http://relaciones.uncomo.com/articulo/consejos-para-padres-separados-10091.html

Solidaridad en vacaciones

Martes, 31 de Julio, 2012
Los pequeños en situación vulnerable disfrutan de un campamento que prioriza el respeto a sus derechos.
Ubicados en dos mesas de madera, que están en la mitad de un cuarto de dos por dos metros, 30 chicos escuchan atentos a Virginia Guamán, quien juega con ellos y tambén les ayuda a conocer cuáles son sus derechos.
Los niños, quienes son beneficiarios del proyecto social y voluntario Sembrando un Futuro, cuyo centro está ubicado en la calle Ajaví Oe 5, en Solanda, provienen de barrios Gatazo, Chillogallo, Chilibulo y Solanda.
Son hijos de padres divorciados, de migrantes y de personas que trabajan en mercados”, explica Guamán, quien es una maestra de profesión que apoya esta causa compartiendo sus conocimientos.
Hace cinco años, un grupo profesores se reunió para planear su tiempo libre y de ahí nació la idea de impulsar un campamento social e inclusivo.

Buscan apoyo

Desde entonces, Virginia Guamán, Rafael León y Jorge Rojas, trabajan cada año para conseguir auspicios y mantener viva esta propuesta gratuita. “Ha sido muy difícil porque algunos de los lugares a los que hemos acudido nos cierran las puertas”, confiesa Guamán, quien sostiene que con la solidaridad se puede alegrar las vacaciones de muchos pequeños.
La maestra comenta que los impulsores del campamento envían oficios a los negocios “más sobresalientes” de Solanda para solicitar “tijeras, cartulinas, pinturas, escarcha, entre otras cosas para que los niños no estén pegados a un televisor o computadora, pero aún así no nos ayudan. A veces los gastos los asumimos nosotros”.
También han acudido a entidades públicas en busca de un patrocinio, pero “no nos hacen caso, quizá porque existen otras organizaciones más grandes”, lamenta Guamán, quien paga 80 dólares de su bolsillo por las instalaciones en las que realizan el vacacional.

Las actividades

Una de las beneficiarias de esta labor social es Naomi Márquez de 10 años, elabora una cartera en fómix con escarcha, goma y mucha imaginación. “Me demoré 10 minutos, es facilito y divertido”, dijo esta pequeña, quien se quedó sin la protección de su madre a los 3 años. Ahora vive con su padre y su madrastra.
Steven Logro, de 8 años, tiene problemas de aprendizaje, a él no le gusta relacionarse con los demás niños, explica Guamán, mientras lo ayuda con sus manualidades.
La maestra también prepara pasteles para los chicos, quienes a veces colaboran llevando huevos o harina. Los paseos de esparcimiento lo hacen a parques cercanos o a museos o sitios o entidades públicas que les colaboran y que no cobran entrada.
Hoy, por ejemplo, los niños viajarán en tren a Machachi y Tambillo, gracias a las visitas gratuitas que ofrece la Empresa Ferrocarriles Ecuatorianos.
http://www.lahora.com.ec/index.php/noticias/fotoReportaje/1101370105

Las agresiones de hijos a padres representan un 8% de los delitos cometidos por menores

Presentación de la memoria de la ARRMI
Martes, 31 de Julio, 2012
La imagen corresponde al enlace:
- Los delitos de menores contra la autoridad se cuadruplican en 2011
Moix atribuye esta cifra al desapego de los chavales a los valores hacia la autoridad
Las agresiones de hijos a padres representan un 8 por ciento de los delitos cometidos por los menores infractores de la Comunidad de Madrid, según datos de la memoria de la Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (ARRMI) de 2011.
Acompañada por el fiscal superior de Madrid, Manuel Moix, la consejera de Presidencia y Justicia, Regina Plañiol, ha detallado en una rueda de prensa los datos del documento. Un año más, las cifras reflejan que la delincuencua cometida por los menores desciende gracias al esfuerzo de la Comunidad de Madrid en este ámbito, así como por la eficacia policial.
En su intervención, Moix ha celebrado la bajada de los delitos cometidos por menores, si bien ha destacado que ha habido un aumento respecto a delitos como maltrato familiar o atentado a la autoridad. En este punto, ha atribuido estas cifras al "desapego" de los chavales a los valores que representan la autoridad tanto de agentes, maestros o padres, lo que a su juicio es "un reflejo de la sociedad".
Durante el pasado año se produjeron 2.564 altas de menores, quienes cumplieron 2.796 medidas judiciales. Si a estos sumamos las medidas que ya se estaban cumpliendo del año anterior, pasaron por la Agencia un total de 4.102 menores, que cumplieron 5.005 medidas judiciales.
Respecto a las medidas dadas de alta, 575 corresponden a Reparaciones Extrajudiciales (un 20,6%), 1.852 fueron medidas en Medio Abierto (66,2%) y tan sólo 369 fueron de internamiento (el 13,2%) en uno de los 9 Centros que dispone la Comunidad de Madrid, que afectaron a 337 menores.
Por su parte, Plañiol ha destacado que "estos datos siguen colocando a la Comunidad de Madrid como una de las regiones con menor número de menores condenador e infracciones penales de España, al igual que ya ocurrió el año pasado en el que fue la Comunidad que menos índice presentó en ambos aspectos. Además, ha destacado que el 90% de los menores "no vuelven a delinquir".
Entre las medidas de medio abierto, el 56% de las mismas se cumplen en régimen de libertad vigilada, mientras que entre las medidas de internamiento, predomina, con un 60% el régimen semiabierto, y sólo un 15% corresponden a régimen cerrado.

PREDOMINAN LOS ROBOS CON VIOLENCIA

Entre los delitos cometidos en 2011, predomina el robo con violencia (21%), seguidos de los delitos de lesiones o agresión, el 14%, el robo con fuerza (12%) y el huerto, con un 11,5%.
Asimismo, el maltrato familiar ascendente (de hijos a padres) ocupa el 8% de los delitos. Por el lado contrario, los menos numerosos con los que hacen referencia a homicidios, delitos de carácter sexual o tráfico de drogas, que entre los tres sólo suman el 1,5% del total de los delitos.
En régimen de internamiento, el robo con violencia más el de intimidación supera el 40% y el maltrato familiar ascendente está en segundo lugar con el 18% de las medidas. En este régimen, los delitos menos cometidos son los mismos que en medio abierto.
El perfil de los menores atendidos en medio abierto en 2011 fue de un 14,4% de población femenina, de una media de edad de 17,5 años y nacionalidad española (60%). Además el 23% fueron de nacionalidad latinoamericana y el 9% magrebíes.

UN DESCENSO EN EL NÚMERO DE ALTAS

Por cuarto año consecutivo se reduce el número de menores tratados en la Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor. Así, con respecto al año 2010, el pasado año se produjeron un 5% menos de ingresos en los Programas de la ARRMI. La tipología de delitos también desciende. Así en homicidio o asesinato, desciende un 35,7% respecto a 2010, un 27% en delitos de carácter sexual, un 14,6 en delitos de lesiones y un 1,8% en robos.
La práctica de actividades y talleres en cada uno de los Centros con los que cuenta la Comunidad de Madrid es fundamental en el proceso reeducativo de los menores infractores y una de las claves para mantener el éxito de la Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (ARRMI).
Así, el 90% de los menores que han pasado por estos Centros y otro tipo de programas de la Agencia del Menor, no vuelve a reincidir. "Pero no se trata sólo de que no cometan delitos, sino de aportarles las bases para una vida saludable y responsable", ha destacado Plañiol.
Así, en los diversos centros se desarrollan programas para tratar los casos de maltrato familiar, violencia en la relación de pareja, agresores sexuales, atención a madres con hijos menores de 3 años, atención a drogodependencias o programas terapéuticos de Salud Mental.
http://www.europapress.es/madrid/noticia-agresiones-hijos-padres-representan-delitos-cometidos-menores-20120731134106.html

Maltrato psicológico afecta desarrollo infantil

Martes, 31 de Julio, 2012
La falta de interacciones sociales con los padres, así como el rechazo de estos, aún de de forma no intecional provocan dificultades emocionales en los infantes.
Los maltratos psicológicos pueden dejar en los niños cicatrices para toda su vida, provocando graves dificultades emocionales, problemas de desarrollo y un comportamiento perturbador, aseguran investigadores.
La Academia Estadunidense de Pediatría (AAP) publica esta semana un informe actualizado titulado Maltrato psicológico, el cual indica que este tipo de abuso es de los más comunes contra menores, difícil de identificar y prevenir, y aún cuando no haya contusiones o fracturas de huesos deja marcas profundas.
Firmado por la doctora Roberta Hibbard, del Comité sobre Negligencia y Abuso Infantil de la AAP, el reporte precisa que en el maltrato sicológico o emocional a los niños se incluyen comportamientos de los padres o tutores como actos de omisión.
Entre estos está el ignorar la necesidad de las interacciones sociales, o de comisión, es decir, rechazando o aterrorizando al menor.
"El abuso emocional o psicológico es un patrón repetido de comportamiento de un padre o tutor que puede ser verbal o no verbal, activo o pasivo, intencional o no intencional, pero es interpretado negativamente por un niño y llega a convertirse en problemas de desarrollo social, emocional y físico, así como académico", señala.
Esta forma de maltrato puede ocurrir en muchos tipos de familias, pero es más común en los hogares con múltiples factores de estrés, como los conflictos familiares, problemas de salud mental, violencia física, depresión o abuso de sustancias, agrega el informe.
Asegura que este tipo de abuso infantil se ha relacionado con trastornos de apego en los niños, problemas de desarrollo, educativos y de socialización, mal comportamiento y psicopatología posterior.
Sin embargo, hasta la fecha no se sabe mucho acerca de las formas de intervención con los padres que maltratan psicológicamente a sus hijos.
"La prevención antes de su aparición requeriría tanto del uso de intervenciones universales destinadas a promover el tipo de crianza de los hijos que se reconoce como necesaria para el desarrollo óptimo del niño, junto con acciones de médicos dirigidas a mejorar la sensibilidad de los padres a las señales de un niño en la infancia y posteriores interacciones padre-hijo".
Los especialistas indican que la intervención debe, en primer lugar, centrarse en una evaluación a fondo y garantizar la seguridad del niño.
Como tratamientos potencialmente eficaces mencionan los programas cognitivo-conductuales para los padres, además de otras intervenciones psicoterapéuticas.
"Los pediatras deben estar atentos a la ocurrencia de maltrato sicológico e identificar formas de apoyar a las familias que tienen indicadores de riesgo o evidencia de este problema", apunta.
"El alto predominio de maltrato sicológico en las sociedades occidentales avanzadas, junto con sus graves consecuencias, muestran la importancia de tener una gestión eficaz en su manejo", afirma.
El informe puntualiza que los médicos deben ayudar a fomentar la paternidad sensible y en sintonía con una serie de enfoques, tales como las estrategias educativas.
La AAP, que agrupa a más de 60 mil pediatras estadunidenses, recomienda que si alguna persona sospecha de abuso psicológico o emocional contra un niño, debe contactar a los servicios de protección infantil para que al menor se le realice una evaluación y tratamiento adicional.
http://www.vanguardia.com.mx/maltratopsicologicoafectadesarrolloinfantil-1341925.html

Las feministas "alarmadas" por el "deterioro" de la igualdad en Santa Cruz

Martes, 31 de Julio, 2012
Enlaces:
- Feministas registran en el Congreso un manifiesto de repulsa a los PGE
- ¿POR QUÉ CALLAN LAS FEMINISTAS ANTE EL ISLAM?
imagen exterior del Palacete de Coviella, la actual sede del Centro Municipal de la Mujer
La Plataforma 8 de marzo de Organizaciones Feministas de Tenerife ha comunicado al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife "su alarma y desacuerdo" ante el progresivo desmantelamiento del Centro Municipal de la Mujer, así como el deterioro que a su juicio sufren las políticas de igualdad.
Las organizaciones agrupadas en la Plataforma 8 de Marzo de Tenerife han expresado su protesta en un documento entregado al alcalde, José Manuel Bermúdez, al que consideran "el último responsable de que las políticas transversales de igualdad sean atendidas y contempladas en la acción municipal".
Las feministas proponen en un comunicado que se reparen "los errores políticos" que han eliminado los programas de acción del Centro Municipal de la Mujer y que han parado la planificación estratégica de igualdad del Ayuntamiento de Santa Cruz.
Las organizaciones exigen la reapertura, en turnos de mañana y tarde, del Centro Municipal de la Mujer, el restablecimiento del equipo técnico y profesional, impulsar las políticas municipales contra la violencia de género y a favor de la igualdad y asumir los planes relacionados con éstas.
Los colectivos proponen también recuperar el Centro Municipal de la Mujer para el uso de actividades en favor de la igualdad de oportunidades y contra la violencia de género.
"El Palacete de Coviella (sede del Centro Municipal de la Mujer) es nuestro espacio y no estamos dispuestas a perderlo", afirman.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1222438

Rechazan dar a un padre la custodia compartida porque los hijos prefieren estar con la madre

Martes, 31 de Julio, 2012
Enlaces relacionados:
- El TSJA avala y cambia un fallo sobre custodia que obvió la ley autonómica
- El Tribunal Superior de Aragón obliga a una madre divorciada a vender la vivienda familiar
Los menores expresaron que su relación era "buena" con ambos progenitores pero que deseaban seguir bajo custodia de la madre.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rechazado conceder a un padre la custodia compartida de sus dos hijos menores de edad tras valorar el deseo de éstos de continuar bajo la tutela de la madre a pesar de llevarse bien con ambos progenitores.
La sentencia, hecha pública por el TSJA, argumenta que aunque la custodia compartida debe ser considerada como la opción "preferente" a la hora de producirse una separación o divorcio de una pareja, no es óbice para otorgarla en ocasiones a un solo progenitor cuando sea ésta la alternativa mejor para los hijos.
Para los magistrados, "solo en caso de que esté claramente acreditado que la prevalencia del interés general del menor se satisface mejor con la custodia individual que con la compartida es cuando podrá ordenarse judicialmente la inaplicación de la norma general de preferencia".
En el caso enjuiciado, el tribunal estima que tanto el juzgado de primera instancia que decidió mantener la custodia en la madre como posteriormente la Audiencia Provincial de Zaragoza que lo confirmó, valoraron tanto los informes psicosociales de los expertos como la opinión de los dos hijos.
Ambos menores, que tenían 10 y 12 años en el momento de revisarse el caso ante la Audiencia de Zaragoza, el pasado mes de febrero, expresaron "con juicio y madurez", a juicio del tribunal, que su relación era "buena" con ambos progenitores pero que deseaban seguir bajo custodia de la madre.
Unos meses antes, en septiembre de 2011, el Juzgado de Primera Instancia número seis de la capital aragonesa había rechazado la petición del padre de custodia compartida, en una sentencia en la que, sin embargo, decidía ampliar el régimen de visitas a su favor.
La representación legal del padre decidió recurrir ambas sentencias ante el TSJA al entender que se había incumplido la legislación civil aragonesa, que da carácter preferente a la custodia compartida.
Los magistrados de este tribunal objetan, no obstante, que los jueces podrán optar por la custodia individual cuando sea "más conveniente" para los menores, pero siempre que se justifique "adecuadamente" esta opción mediante la opinión de expertos o a través del testimonio de los propios hijos.
El TSJA rechaza los argumentos del padre en el sentido de que durante la tramitación del proceso no se practicó prueba alguna para acreditar como "más conveniente" la custodia individual ni se atendió la voluntad de los menores, y aseguran que las pruebas practicadas en anteriores instancias judiciales "tendieron a conocer lo que era realmente más beneficioso para los hijos".
http://www.heraldo.es/noticias/aragon/2012/07/30/rechazan_dar_padre_custodia_compartida_porque_los_hijos_prefieren_estar_con_madre_197896_300.html

BuroTex como medio de comunicación entre cónyuges separados o divorciados

Martes, 31 de Julio, 2012
Cualquier separación conyugal debería finalizar de forma amistosa, pues pocas cosas hay tan traumáticas en la vida como terminar mal con aquella persona que ha sido lo más importante de su vida durante años. Como esto no es siempre posible, veamos como puede ayudarnos BuroTex al respecto.
Esta solución de Redabogacía, que cuenta con la validez legal del propio Consejo General de la Abogacía, resulta una propuesta más económica que el Burofax, y también de entrega mucho más rápida. Múltiples aplicaciones para conyugues separados y divorciados, que se multiplican si estos conyugues tienen niños entre sí. Pero sea cual sea el caso y a pesar de las muchísimas otras aplicaciones que pueda tener BuroTex, existen dos muy claras:
Uno de los puntos básicos de controversia entre un matrimonio roto y un niño por medio es la custodia de éste, o mejor dicho, las fechas en las que cada uno lo vendrá a recoger y se lo llevará. En estos casos y para evitar la picaresca de “no me dijiste que vendrías a buscarlo hoy” o “no me dijiste esta hora y ahora el niño no te lo puedes llevar pues está con unos amigos”, lo mejor previamente a irlo a recoger es enviar un SMS certificado, un BuroTex, para confirmar fehacientemente que llegaremos y a que hora llegaremos.
El otro de los grandes puntos de discrepancia entre las parejas que han puesto fin a su relación, es el pago, si corresponde, de la cantidad económica estipulada judicialmente de una a parte a otra. En estos casos y ante los temidos impagos de la parte pagadora, es bueno utilizar el BuroTex con nuestro ex-cónyugue como lo haríamos con un moroso más: enviándole las reclamaciones que correspondan por BuroTex.
Dicho de otro modo, BuroTex no será la panacea, ni la solución a muchos de los problemas y controversias que pueden existir en una relación, pero sin duda será una solución ideal para muchos de los quehaceres diarios que han de abordar los separados y divorciados.
Para finalizar, os dejamos una oferta que es posible gracias al acuerdo que tenemos con la Asociación de Padres de Familia Separados (APFS), a través del cual podemos ofrecer 5€ de saldo inicial. Regístrate desde aquí: http://burotex.com/apfs.
http://blog.burotex.com/burotex-como-medio-de-comunicacion-entre-conyuges-separados-o-divorciados/

El envío de SMS de añoranza o cariñosos a la ex pareja no constituye delito de coacciones en el ámbito de la violencia de género

Martes, 31 de Julio, 2012
La imagen pertenece al enlace:
- La Audiencia de Castellón sentencia que las lesiones mutuas en una pelea conyugal no es violencia de género

Se revoca la sentencia que condenó al recurrente como autor de un delito de coacciones en el ámbito de la violencia de género, declarando la Sala su absolución.


Iustel
Y es que no conforma el tipo del delito examinado el envío de 24 SMS en un periodo de seis meses por el acusado a su ex pareja, al no apreciarse que su conducta estuviera inspirada o guiada por un dolo específico de atentar contra la libertad de obrar de la ofendida. Así, algunos SMS son simplemente añorantes de la relación o cariñosos, sin relevancia penal, no constando que se le dijera que no mandara más; otros, son muestra de rabia o frustración por la decepción de no ver receptiva a la persona querida, pero sin contenido intimidatorio.
Audiencia Provincial de Castellón
PENAL
Sentencia 127/2012, de 9 de marzo de 2012
Sede: Castellón de la Plana/Castelló de la Plana Sección: 2
N.º de Recurso: 793/2011
N.º de Resolución: 127/2012
Procedimiento: PENAL – APELACIÓN
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Ponente: JOSÉ LUIS ANTON BLANCO
En la ciudad de Castellón de la Plana, a nueve de Marzo de dos mil doce.
La SECCIÓN SEGUNDA de la Ilma. Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Ilmos. Sres. anotados al margen, ha visto y examinado el presente Rollo de Apelación Penal núm. 793/11, dimanante del recurso interpuesto contra la Sentencia de fecha 15 de Julio de 2012, dictada por la Ilma.Sra. Magistrado- Juez del Juzgado de lo Penal núm.2 de Castellón, en su Juicio Oral núm. 68/09, dimanante del Procedimiento Abreviado núm. 36/2008 del Juzgado de Violencia sobre la mujer núm. 1 de esta capital.
Han sido partes como APELANTES Romeo y el MINISTERIO FISCAL representado por la Procuradora Sra. Ballester Oscariz y como APELADA Gloria representada por la Procuradora Sra. Castro Campillo y defendida por la Letrada Sra. Vicente Rodríguez, y Ponente el Ilmo. Don JOSE LUIS ANTON BLANCO

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:
"ÚNICO.- Ha resultado probado y así se declara como consecuencia de la prueba practicada consistente en interrogatorio del acusado, testifical y documental que, el acusado Romeo -mayor de edad y sin antecedentes penales- y Gloria mantuvieron una relación sentimental con convivencia en el mismo domicilio durante unos años aproximadamente, finalizando la referida relación en el mes de Septiembre de 2007. A partir de dicho momento, el acusado, con la finalidad de privar a su ex pareja de la tranquilidad y sosiego en su vida diaria, comenzó a remitirle constantes mensajes a su teléfono móvil del siguiente tenor literal:
9/1 0/07, 02:48h..."Me haces falta porfi".
9/10/07, 02:50h..."Estás?".
9/1 0/07, 02:55h..."Joder contesta por lo menos" 9/10/07, 03:12h..."Ocho años bien y mal y ni siquiera contestas".
9/10/07, 03:22h..."No hace falta ni que vengas mañana te odio eres mala persona".
24/11/07, 07:02h..."Tú ya no me quieres pero yo te quiero un montón".
24/1 1/07, 07:05h..."Estoy en la tienda en un coche intentando dormir pero no puedo".
24/11/07, 07:lOh..."Siempre estaré contigo".
24/1 1/07, 07:1 9h..."Por lo menos podías contestar o soy un extraño?".
25/1 1/07, 1 3:50h..."Te echo de menos y quiero escuchar tu voz! Anda solo como amigo porfi".
27/1 1/07, 1 1 :53h..."Te parece bien que te invite a cenar el viernes en el Don Pepe? 27/11/07, 12:13h..."Joder Gloria es mi cumple" 01/1 2/07, 00:31 h..."Te odio eres una mentirosa es mi cumple!".
1 4/1 2/07, 1 5:41 h..."No sé Gloria pero me tratas como si fuera una puta mierda, juegas con mis sentimientos, me escribes besets solo para tu interés, gracias por joderme cada día más".
1 5/1 2/07, 1 8:06h..."Gracias por no llamarme solo quería darte un regalo. Pero no te preocupes en ésta vida cada uno tendrá lo que se merecerá".
26/1 2/07, 1 4:48h..."Más mentiras Gloria, buenos consejos de tu amiga en fin como no contestas ya tendrás noticias de mi".
26/1 2/07, 23:53h..."Mañana no creo que estés muy tranquila y no es una amenaza yo me voy a león a reírme un rato, yo sí que estoy tranquilo".
14/1/08..."Si llego a saber esto no te hubiera dejado ir al entierro. Estoy muy mal. Solo te pedí poder hablar para desahogarme pero veo que no. Para qué me ofreces tu ayuda si después me tomas por gilipollas.
He hablado con los Bancos y les he dicho que no puedo más. Esto es demasiado para mí, no quiero que me perdones, yo solo quería que me entendieras. Pero ni eso. Soy capaz de todo, lo juro por mi papi. Que se vaya todo a la mierda. Me dá igual. Ya no me queda nada que perder. Lo siento, con lo fácil que lo tenías".
1 5/1/08..."Necesito hablar contigo".
15/1/08..."Lo siento de corazón, que hables con mi familia. Voy a retirar todo lo de mi abogada. Me haces falta. Lo siento que he sido así.".
1 5/1/08..."Algún día estarás conmigo corazón? 1 5/1/08..."Sabes que no soy mala persona. Me haces malo pero dame tiempo".
1 2/3/08, 2:42h..."Gracias por ponerme los cuernos, gracias por destrozar mi vida, gracias por humillar, gracias por tu doble personalidad, gracias por jugar con mis sentimientos cuando se murió mi padre, gracias por ser tan mala persona, gracias por todo, gracias por acusarme del incendio y salir en el periódico, gracias por decir toda nuestra vida a tus amigas y no por contármelo a mi para solucionarlo. GRACIAS POR SER TÚ LA QUE ME ENGAÑÓ. GRACIAS".
313/08..."Una cosita dile a tu chulo de putas que la próxima vez que pase por mi lado y se ría en mi cara no lo reviento sino que lo mando al otro lado no juegues que al final te quemas prepárate para el juicio te vas a quedar en blanco todo por tu egoísmo yo ya he cambiado de nombre la empresa y todo lo que está a mi nombre yo también hago mis deberes"." SEGUNDO.- El Fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Romeo como autor penalmente responsable de un delito de coacciones leves ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de TRES MESES DE PRISIÓN, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por siete meses así como el pago de las costas procesales, incluidas de la acusación particular. Igualmente procede imponer al acusado la prohibición de aproximarse a Gloria a menos de 200 metros, y de comunicarse con ella a través de cualquier medio por un periodo de un año y tres meses; ABSOLVIÉNDOLE del delito de maltrato psíquico y de la falta de coacciones, por los que se formulaba acusación." TERCERO.- Notificada dicha sentencia a las partes, Romeo interpuso contra la misma recurso de apelación, que por serlo en tiempo y forma se admitió, y evacuado el trámite de impugnación, se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, donde se repartió a esta Sección, formándose el correspondiente Rollo y señalándose para deliberación y votación el pasado día seis de Marzo de dos mil doce en cuyos escritos las partes comparecidas a través de sus Letrados informaron en apoyo de sus pretensiones.
CUARTO.- En la tramitación del presente Rollo se han observado en ambas instancias las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS
Se aceptan parcialmente los de la sentencia apelada, en cuanto se elimina de los mismos la referencia del final del párrafo 1.º, que se refería a la finalidad de privar a su ex pareja de la tranquilidad y sosiego en su vida diaria, lo cual no se da por acreditado en función a los que se razonará.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
No se aceptan los de la sentencia apelada, siendo en su lugar aplicables los siguientes:
PRIMERO.- La sentencia apelada viene a condenar al acusado Romeo como autor de un delito de coacciones en el ámbito de la violencia de género del art. 172.2 del CP, y contra las consideraciones de la juzgadora de primer grado se alza el acusado, con el apoyo del fiscal, argumentando la falta de concurrencia en el factum de la propia sentencia de los elementos necesarios para que se de el delito de coacciones puesto que -se dice- los mensajes SMS están sacados de contexto, son el reflejo de una situación de crisis de pareja devenida de una infidelidad de la denunciante, con cruces de mensajes por los que se pretendía por el Sr.
Romeo normalizar la situación y, en todo caso, el contenido de tales mensajes no son exponente de una violencia intensa ni evidencian un ánimo tendencial para obtener o imponer algo a costa de la libertad de alguien.
La parte apelada se ha opuesto al recurso, dando otra versión sobre los hechos, aduciendo que la Sra. Gloria quiso desvincularse y cortar la relación sentimental que mantenía con el Sr. Romeo debido a los celos y al maltrato psicológico que venía padeciendo, lo que no siendo aceptado por éste, el Sr. Romeo pretendió con sus mensajes y bajo una " vis compulsiva ", amendrentarla para retomar la relación, lo que se ve confirmado por el dictamen médico que alude al acoso sufrido originador de un estrés postraumaútico, y por el dato de los encuentros nada casuales del acusado en locales de ocio donde acudía la denunciante y su amiga, que ha depuesto como testigo, como añadida acción de componente coactivo.
SEGUNDO.- Como es sabido las coacciones penales, graves o leves, precisan la confluencia de los siguientes elementos:
a) Una conducta violenta de contenido material ("vis físic a ") o intimidativa ("vis compulsiva") ejercida contra al sujeto pasivo de la infracción, bien de modo directo o indirecto a través de cosas -"vis in rebus" ( STS de 2-3-1989 )-, e incluso de terceras personas, cuyo modus operandi va encaminado como resultado a impedir hacer lo que la ley no prohíbe o a efectuar lo que no se quiera, sea justo o injusto, conducta que, según la intensidad de violencia podrá ser constitutiva de delito o de falta;
b) Que exista el ánimo tendencial consistente en un deseo de restringirla libertad ajena, como se deriva de los verbos "impedir" y "compeler" ( STS de 23 de Oct. de 2.001 ) c) Una ilicitud del acto, examinado desde la normativa de la convivencia social y la jurídica que preside o debe regular la actividad del agente.
En este caso, donde se describen una serie de mensajes telefónicos de texto (unos 24 SMS) enviados en un amplio periodo que va desde el 9 de octubre de 2.007 a marzo de 2.008, es decir en unos seis meses, en verdad no se describe en el factum de la sentencia un animo o una inspiración de imponer o tratar de impedir una determinada conducta en la Sra. Gloria.
Tratándose el ilícito de las coacciones de un delito que lesiona la libertad de determinarse y de obrar de una persona, para la apreciación de su comisión se requiere que la conducta del sujeto activo este inspirada o guiada por un dolo especifico (ánimo tendencial o intenso) de atentar contra la libertad de obrar del ofendido como se deriva de los verbos impedir y compeler (S.25-5-82 y 11/3/99).
Como refiere la SAP de Sevilla, sec.4.ª de 20 de diciembre de 2.011 ".es pacífica la Jurisprudencia que viene poniendo el acento en la necesidad de ese dolo específico de atentar a la libertad de obrar de otra persona, privándola de su libre determinación y venciendo física o moralmente su voluntad; esa y no otra ha de ser precisamente la línea divisoria no ya sólo con figuras afines sino también con comportamientos atípicos, y ya esta misma Sala ha advertido en numerosas resoluciones (valga, por todas, la sentencia 147/09, de 5 de marzo, y las que allí se mencionan) del riesgo de convertir el delito de coacciones en una especie de "cajón de sastre" en el que quepan cualesquiera otras conductas difíciles de encajar en tipos próximos e incluso afines so pretexto de que prácticamente todas las figuras delictivas acaban cercenando, de una u otra manera y en sus términos más generales, la libertad ajena".
Tampoco en otras partes de la sentencia se muestra una consideración sobre tal elemento finalista, pues solo se afirma que el acusado "obró con la intención de crear una situación de desasosiego e intranquilidad en la víctima", pero no se indica que la intención o dirección del acusado fuera que su ex pareja forzara su voluntad y se viera constreñida a seguir con él.
Podrá decirse, no sin razón, que la finalidad no es ciega, que ese desasosiego debió obedecer a una voluntad o razón concreta, dispuesta hacía un fin, pero no puede dejar de desconocerse que toda actividad obedece a ciertos motivos, y unos pueden ser reaccionales y sin perseguir un cambio de actitud (por ejemplo, por venganza), de modo que debe quedar expuesto el fin perseguido en forma de imponer o prohibir algo a alguien.
Más con todo, no es este el motivo básico de la no apreciación del delito de coacciones, pues tratándose de un delito eminentemente circunstancial, debe examinarse la situación en que se dieron esa serie de SMS telefónicos expuestos acumuladamente en la denuncia.
Como bien exponen los apelantes (acusado y fiscal adherido) se trata de 24 mensajes que se dieron a lo largo de seis meses. Alguno de esos mensajes, enteramente inocuos y propios del sentimiento del inicial desafecto notado, se acumularon en un día, por ejemplo los cinco primeros del día 9 de octubre de 2.007 o los de la madrugada de un fin de semana de 24 de nov. de 2.007. Nada en verdad relevantes en cuanto a un potencial de inquietud, y no dieron lugar a denuncia alguna.
Entre el Sr. Romeo y la Sra. Gloria no solo hubo una relación sentimental, sino que al parecer mantenían un negocio conjuntamente o bajo alguna forma de participación, lo que obligaba a finiquitar aspectos del mismo (algún mensaje se alude a bancos y a abogado). Por otro lado en ese periodo, fue el cumpleaños del Sra. Romeo, y también murió el padre de éste, y ello al parecer motivo un acercamiento condoliente de la Sra. Gloria aunque fuere sin la menor intención de reanudar la relación. No hay la menor duda que la Sra. Gloria de algún modo debió contestar a alguno de esos SMS, sin que se haya dispuesto de tal material para verificar el suceder de los mismos.Hubiese sido interesante conocer el cruce de SMS.
Tampoco hay duda, a la vista del contenido de los SMS, de que el Sr. Romeo añoraba a su ex pareja, y trataba de reanudar la relación de alguna forma, con invitaciones a cenar, también reproches por la falta de éxito o de respuesta, etc..
Si la menor duda la situación debió hacerse molesta para la Sra. Gloria, pero no vemos que pueda tener relevancia penal.
Tampoco consta que la Sra. Gloria le dijera o le contestara al Sra. Romeo, para que la dejara de llamar, ante una insistencia pesada de su ex novio por retomar la relación.
Lo que se ve es una razonable amenaza sentida a partir de un hecho muy grave, cual es el incendio del coche de la Sra. Gloria en el parking, hecho que constantemente ha sido puesto de manifiesto por la denunciante para exponer el peligro y el sentido amenazante que retrospectivamente habría de dar a los mensajes, más sin embargo se trata de un hecho que no es que no tenga nada que ver el Sr. Romeo, sino que el estudio e informe policial concluyó que había sido accidental, con lo que no puede aceptarse insinuación alguna de su autoría.
Consideramos lógico el temor, no inicial -puesto que no hubo denuncias-, una vez la Sra. Gloria sufrió un accidente semejante y se trata de justificar relacionándolo con una actitud de cierto acoso molesto de la ex pareja, pero el incendio del coche no puede dar significado retrospectivo a los mensajes del acusado.
Por ello creemos que el dictamen médico sobre el estrés postraumático no es relevante en este caso, por jugar causalmente el factor intimidante del casual incendio del coche, como decisiva concausa extraña al hecho enjuiciado.
Se dice - y se acredita por la testigo amiga de la denunciante- que el Sr. Romeo aparecía por establecimientos de ocio por donde antes no frecuentaba, pero no parece del todo ilógica tal coincidencia anta la nueva perspectiva de no tener pareja y salir por la noche, solo o con amigos. A esos nuevos lugares donde acudía el Sr. Romeo es de suponer que tampoco acudiría antes la Sra. Gloria porque salía junto con aquel como su pareja. Luego ambos acudirían de nuevas a esos locales, y el hecho de que la Sra.
Romeo se sintiera incomodada ante la presencia del ex novio, obviamente podrá entenderse, pero no podrá limitarse ni entenderse como acosante si no va acompañada de actos o actitudes significativos en algún sentido inquietante, y ciertamente los SMS son algunos simplemente añorantes o cariñosos -aunque solo puedan molestar en una situación terminal de pareja-,en cierto modo compresibles dado lo reciente de la ruptura y sin constancia de que se le dijere que no mandara más, y otros SMS son muestra de rabia o frustración por la decepción de no ver receptiva a la persona querida, pero en todo caso con contenido equívoco para una intención supuestamente intimidante.
Por ello cabe conceder la razón a los apelantes, debiéndose revocar la sentencia en favor de la absolución.
TERCERO.- La estimación del recurso, con resultado de sentencia absolutoria, supone la declaración de las costas de oficio en ambas instancias.
Vistos los arts. citados y demás de general aplicación:

FALLAMOS
Se estima el recurso de apelación interpuesto por la representación del acusado Romeo contra la sentencia de 15 de julio de 2.011 del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Castellón dada en el J. Oral núm. 68/2009, revocando la misma para declarar la absolución de Romeo con declaración de las costas de oficio en ambas instancias.
Notifíquese a las partes la presente resolución y con testimonio de la misma devuélvanse las actuaciones al juzgado de procedencia para su ejecución y cumplimiento.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al presente rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1103429&nl=1

La Cátedra sobre Igualdad y Género continúa potenciando el papel de la mujer en la sociedad

Martes, 31 de Julio, 2012
El IAM realiza una inversión de 80.000 euros para la ejecución de las actividades
El Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, a través del Instituto Aragonés de la Mujer, y la Universidad de Zaragoza continúan colaborando para el desarrollo de actividades relacionadas con la igualdad de género. Unas acciones que se materializan a través de la Cátedra sobre Igualdad y Género, creada en el año 2007.
   La ejecución de este tipo de actividades cobra protagonismo en el ámbito educativo ya que se consolida como uno de los instrumentos principales para el logro de la igualdad entre personas así como el refuerzo del papel de la mujer en la sociedad. Así, la perspectiva de género debe integrarse en la universidad y en la formación académica para sensibilizar acerca de esta temática.
   Bajo este contexto, ambas instituciones están desarrollando a lo largo de 2012 nueve acciones encaminadas a conseguir un objetivo claro: la formación, investigación y desarrollo en el ámbito de la igualdad y el género.
   Una de las acciones más consolidadas es el Seminario Interdisciplinar de Estudios de la Mujer (SIEM). Entre sus actividades formativas destaca la XV Muestra Internacional de cine realizado por mujeres o I Jornadas Interdisciplinares sobre el género que se estrena este año.
   El curso de 'Experto/a en el diseño e implementación de planes de igualdad en las empresas en las Administraciones Públicas' busca formar al alumnado en la elaboración de planes de igualdad. Las inscripciones y matriculas se formalizarán del 1 al 15 de septiembre y acogerá a un total de 20 alumnos.
   La elaboración de la revista bianual 'Aequalitas. Revista jurídica de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres' y la financiación de parte de la edición del libro 'Misoginia Romántica. Psicoanálisis y subjetividad femenina' son dos acciones destacadas y enmarcadas en la potenciación de publicaciones que abarcan la igualdad de género.
   Además de estas actividades, hay otras que ya se han realizado en el primer semestre del año como las acciones culturales y formativas en asociaciones de mujeres, la realización del XIII Seminario 'Estudio de Mujeres', la celebración del Día de la Mujer, el Máster universitario en relaciones de género y las actividades del Observatorio de Igualdad de Género de la Universidad de Zaragoza.
http://www.lavanguardia.com/20120724/54328922815/la-catedra-sobre-igualdad-y-genero-continua-potenciando-el-papel-de-la-mujer-en-la-sociedad.html

El Supremo rechaza solicitar el indulto para el juez Serrano

Martes, 31 de Julio, 2012
El que fuera juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, inhabilitadora el juez Serrano
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado pedir al Gobierno el indulto parcial a fin de condenar a sólo seis meses de inhabilitación al que fuera juez de Familia Francisco Serrano, que ha sido condenado por el TS a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa al modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa.
En un escrito a la Sala Segunda del Supremo, el abogado del juez, Miguel García Diéguez, solicitó a la Sala que «aclarara» si mantenía el acuerdo adoptado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) –que condenó a Serrano a dos años de inhabilitación por prevaricación culposa– de solicitar al Gobierno central que concediera al magistrado el indulto parcial y redujera la condena a seis meses. En un auto, al que tuvo acceso Europa Press, el TS señala que «no ha lugar a la aclaración» formulada por el condenado, «toda vez que los términos contenidos en el fallo expresan el contenido del pronunciamiento, tanto en lo referente a lo que se revoca, sustituyendo la condena por delito culposo de prevaricación por delito doloso, como en lo que se ratifica que se determina expresamente, esto es, costas, responsabilidad civil y lo atinente al expediente disciplinario que se incoó en la instancia». Serrano calificó la decisión como un «atentado» a «la coherencia».
http://www.larazon.es/noticia/7575-el-supremo-rechaza-solicitar-el-indulto-para-el-juez-serrano

Dejan en libertad a un hombre porque la víctima no declaró

Martes, 31 de Julio, 2012
Audiencia de Alicante
La fiscalía pedía 28 años de cárcel que la Audiencia de Alicante negó ante las "serias dudas" sobre la veracidad de lo ocurrido
Un hombre para el que la fiscalía pedía 28 años de cárcel por varios presuntos delitos de maltrato y uno de violación a su pareja ha sido absuelto por la Audiencia de Alicante después de que la supuesta víctima no quisiese declarar en el juicio y ante las "serias dudas" sobre la veracidad de lo ocurrido.
Según la sentencia de la sección primera, el ministerio público pedía para el enjuiciado, el marroquí de 30 años Y.E.Y., 12 años de cárcel por una supuesta violación de la víctima, una compatriota de 26 años (G.A.), y 14 más por presuntos maltratos habituales, de obra, amenazas y hurto.
La mujer denunciante había sido detenida el 12 de mayo de 2011 en la calle Diagonal de Elche cuando agentes de la Policía Nacional identificaban al denunciado y a otro individuo, y G.A. llegó gritando que el primero le había robado una maleta con pertenencias.
Entonces, Y.E.Y. se dirigió a su domicilio y regresó al poco con la referida maleta, pero cuando los agentes se la devolvieron a la mujer, ésta reaccionó inesperadamente lanzándola al grupo de hombres y emprendiendo la huida.
Al ser interceptada unos metros más allá, los agentes descubrieron que estaba indocumentada en España y quedó detenida por infringir la Ley de Extranjería.
En comisaría se autolesionó arañándose la cara y, además, se presentó una de sus hermanas para denunciar que la mujer había sido objeto de malos tratos por parte de su pareja sentimental, el citado Y.E.Y., lo que fue ratificado por G.A., quien incluso detalló algunas de las supuestas agresiones con colillas de tabaco y un cable de la televisión.
Sin embargo, en el juicio el acusado ha negado cualquier agresión o haber mantenido relaciones sexuales no consentidas, y por su parte G.A. se acogió a su derecho a no declarar.
A causa de esto último y a partir de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la sección primera de la Audiencia alicantina no ha tenido en cuenta las declaraciones de los familiares de la supuesta víctima.
Entre los fundamentos de derecho, la sentencia aclara que el "testimonio referencial" de los allegados tiene un valor limitado cuando la supuesta víctima tiene posibilidad de declarar en la vista oral, y sólo adquiere más significación en los casos en los que el testigo directo del supuesto delito ha fallecido o se encuentra en paradero desconocido, lo que no ocurre en esta ocasión.
Al hecho de que la presunta víctima se negó a responder a las preguntas en la vista oral, se une que los partes médicos no son concluyentes sobre la autoría de las lesiones que presentaba la mujer y a que los agentes le apreciaron una actitud "violenta y descontrolada".
Se añade a todo esto "las continuas variaciones en la narración de lo sucedido" por parte de G.A. durante la instrucción, por lo que el tribunal concluye que no hay prueba de cargo suficiente para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia del enjuiciado.
Contra la absolución cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de cinco días. 
http://www.laverdad.es/alicante/20120716/local/provincia_alicante/tribunales-malos-tratos-201207161325.html

Un vecino de Cotobade que siempre negó la acusación de abusar de su hija de tres años, absuelto por la Audiencia

Martes, 31 de Julio, 2012
La Fiscalía solicitaba una pena de once años de prisión pero el tribunal duda de los datos periciales
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha decidido absolver a un vecino de Cotobade que estaba acusado de abusar sexualmente de su hija cuando tan solo contaba con tres años de edad. Así lo confirmaron fuentes de la Fiscalía, que solicitaba inicialmente una condena de 11 años de prisión para el acusado así como la retirada de la patria potestad sobre la pequeña. Sin embargo, el tribunal pontevedrés decide absolverlo tal y como reclamó la defensa del acusado en la vista oral.
Un juicio que se celebró el pasado 12 de julio en la Audiencia y en la que el acusado negó tajantemente los hechos que se le imputaban: "Jamás hice ningún daño a mi hija", manifestó ante los magistrados de la Sección Cuarta.
Durante el juicio también prestaron declaración varios peritos de la Universidad de Santiago, así como responsables del centro de acogida en el que actualmente reside la menor, que cuenta ahora con unos seis años de edad, quienes aseguraron que la menor presentaba "conductas que no tienen lógica en una niña de tres años".
Aunque estos últimos insistieron en que la niña, pese a su corta edad, les relató como había sufrido abusos por parte de su padre, el tribunal cuestiona los datos aportados por los peritos, así como la metodología utilizada durante las entrevistas con la menor y decide absolver al acusado.
También intervinieron en el juicio varios peritos aportados por la defensa que aseguraron que la menor no presentaba ningún indicio que permitiera confirmar que pudiera haber sido víctima de abusos.
No concluyentes
Después de que se desaconsejara la declaración de la propia víctima en el juicio debido a su corta edad, el tribunal se centró en el análisis de estas pruebas periciales que acabaron por determinar que no son lo suficientemente concluyentes para que constituyan una prueba de cargo suficiente contra el acusado y proceden a su absolución. Consideran que no se puede descartar que algún otro tipo de factor pudiera haber influido en los hechos que en su día relató la niña.
Fuentes de la Fiscalía Provincial de Pontevedra señalaron que actualmente están analizando el contenido del fallo emitido por la Audiencia Provincial y no descartan la posibilidad de presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Actualmente la menor cuenta ya con seis años de edad ya que este proceso se remonta al año 2009.
http://www.farodevigo.es/portada-pontevedra/2012/07/29/vecino-cotobade-nego-acusacion-abusar-hija-tres-anos-absuelto-audiencia/669584.html

Serie sobre Masculinismo: Erin Pizzey explica la Industria de la Violencia Doméstica

Martes, 31 de Julio, 2012

Publicado el 10/07/2012 por
La fundadora del primer refugio para víctimas de Violencia Doméstica del mundo, Erin Pizzey, ofrece su visión sobre el abordaje que debe hacerse de la Violencia Doméstica y describe cómo ha funcionado la industria multimillonaria de la violencia doméstica, que ha financiado organizaciones feministas, refugios y clínicas para mujeres, oficinas y proyectos en los departamentos de policía, campañas políticas y otras tantas instituciones alrededor del mundo durante los últimos cuarenta años.
http://www.youtube.com/watch?v=ohcm7PICw6I&feature=plcp

LA CUSTODIA COMPARTIDA Y LAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO

Martes, 31 de Julio, 2012

Publicado el 24/07/2012 por
Cuando la custodia compartida es una opción, un posible camino al que un padre puede optar, se convierte, automáticamente, en una posible víctima de proceso de violencia sobre la mujer. Gracias a la ley 1/2004, discriminatoria desde su concepción, muchos menores pierden la relación con sus padres y su familia extensa, y muchos varones pierden todo aquello que conformaba sus vidas injustamente.
https://www.youtube.com/watch?v=n1mUFSzWDaI&feature=player_embedded

EL VIERNES A PARTIR DE LAS DOS Y MEDIA DE LA TARDE: EMILIANO ANTONIO MEDINA MARTIN

Martes, 31 de Julio, 2012
La información procede del grupo de facebook  Si al JUEZ SERRANO le tocan un pelo, salimos a la calle! y fue publicada por  Emiliano Antonio Medina Martin
EL VIERNES A PARTIR DE LAS DOS Y MEDIA DE LA TARDE EN www.oidradiocantabria.com HABLAREMOS DEL TEMA:

Hola ,os voy a pedir un favor para un padre que tiene secuestrado a su hijo en Perú ,y no tiene medios suficientes para afrontar el viaje y los costes del Juicio.
Tiene Audiencia el próximo 27 de Agosto en Trujillo ( Perú ), por ese motivo necesita que cada uno de nosotros podamos ayudarle aunque sea en un pequeño donativo.
EMILIANO ANTONIO MEDINA MARTIN
2038 2457 35 4500163879 ( Bankia )

http://vuelveconpapa.blogspot.com.es/?m=1
https://www.facebook.com/groups/alacalleporserrano/

El Supremo rechaza pedir el indulto para el juez Serrano

El magistrado lo considera un "atentado" a la "coherencia"
Martes, 31 de Julio, 2012
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado pedir al Gobierno central el indulto parcial a fin de condenar a sólo seis meses de inhabilitación al que fuera juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, que ha sido condenado por el TS a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa al modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa. En un escrito elevado a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, el abogado del juez, Miguel García Diéguez, solicitó a la Sala que "aclarara" si mantenía el acuerdo adoptado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) --que condenó a Serrano a dos años de inhabilitación por prevaricación culposa-- de solicitar al Gobierno central que concediera al magistrado el indulto parcial y redujera la condena a seis meses.
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo señala que "no ha lugar a la aclaración" formulada por el condenado, "toda vez que los términos contenidos en el fallo expresan el contenido del pronunciamiento, tanto en lo referente a lo que se revoca, sustituyendo la condena por delito culposo de prevaricación por delito doloso, como en lo que se ratifica que se determina expresamente, esto es, costas, responsabilidad civil y lo atinente al expediente disciplinario que se incoó en la instancia".
En el mismo auto, la Sala pone de manifiesto que, "si bien los jueces y tribunales no pueden variar las sentencias y autos definitivos que pronuncien después de firmados, cabe sin embargo, en cualquier comento, la posibilidad de rectificar errores, aclarar algún concepto oscuro, suplir cualquier omisión que contengan".
Tras conocer esta decisión, el magistrado ha dicho a Europa Press que resulta "inaudito y una desconsideración" que un Tribunal aclare su resolución ante los medios de comunicación, "y sin embargo no aclare a la parte directamente afectada los verdaderos conceptos oscuros presentes en la misma, más aun cuando resulta crucial y trascendente para esa parte conocer si la condena se fija en diez años o sólo en seis meses de inhabilitación".
A su juicio, el Supremo "ha vuelto a reformar de oficio y en perjuicio del reo un pronunciamiento favorable, y ello pese a rechazar el motivo del recurso de la acusación en el que solicitaba no se concediera el indulto".

"AGRAVIO COMPARATIVO"

Tras ello, ha dicho que "resulta un atentado a las más elementales reglas de coherencia, consustancial a la Justicia, que se me condene reprochando falta de motivación en el hecho de no justificar adecuadamente las razones por las que una madre se veía separada de su hijo durante día y medio, y que el mismo Tribunal no se digne dar ni una sola explicación de las razones que le llevan a no mantener el indulto".
"Es patente el agravio comparativo, pues en tal caso el perjuicio se centra en reducir una condena de 3.600 días a tan solo 180", ha aseverado Francisco Serrano, que ha puesto de manifiesto que, "por lo visto, el desasosiego de la madre por ese día y medio es merecedor de muchísima más atención que el desasosiego y daño profesional, moral y familiar del juez enjuiciado, durante 3.420 días de su vida".
Por todo ello, ha anunciado que, en el mes de septiembre, cuando publicará un libro sobre este caso, "se hará público el verdadero complot político que se encuentra detrás del proceso, y ello en base a pruebas y no meras conjeturas y sospechas".
http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-supremo-rechaza-pedir-indulto-juez-serrano-ve-atentado-coherencia-20120730162756.html

lunes, 30 de julio de 2012

Papá

Lunes, 30 de Jullio, 2012
La imagen pertenece a la página de facebook:
H.P.S. Hijos de Padres Separados
Soy hija de padres separados, como tantos hijos de padres separados que ya son adultos y a su vez padres.
Gracias a las redes sociales, tengo “contacto” con muchas personas, entre ellas mi padre, lo que me permite ver fotos y reflexiones de él.
Hoy viendo algunas fotos, fui yo la que se puso a pensar y debo registrar algo. Después de todo ese dolor, de no saber de dónde eres o a donde perteneces, ya en la paz de saber que te tienes a ti misma: Reconozco que yo soy algo así como un paréntesis en la vida de mi papa.
Es paradójico, no pertenezco, no soy parte de su conjunto, ni de su vida. Su vida es aquella familia que formo después de desarmar su primer intento de familia.
En su vocabulario es normal hablar de su familia refiriéndose solo a aquellos vástagos nacidos en su segundo periodo. La prueba inicial, el experimento fallido, son un punto aparte.
De ese conjunto “fallido”, puedo decir que pertenezco y es raro, pues aunque no le tengo rencor, ni resentimiento, simplemente no pertenezco.
En su último cumpleaños, que fue en el que cumplió 60 años, se hizo una gran fiesta. Se supone que sus hijas, mis hermanas (de cierto modo), me trataron de ubicar sin resultados, para también estar presente, pues soy la única del conjunto no pertenezco, que no le trata mal ni anda sacándole cosas en cara o diciéndole lo mal padre que fue.
Quizás lo mejor fue no haber estado, porque el “no pertenece”, se hubiese hecho mayúsculo, no solo para el, también para mi.
Entre el y yo no hay historia, solo aquella que se acumulo hasta que tenía 5 años y uno que otro encuentro posterior. Posterior a mi sanación y a mi perdón por el abandono.
A veces me pregunto, ¿que seré yo en la vida de mi padre? ¿Tan desconocida como el para mi?
¿Que ideas, imágenes y pensamientos tendrá en la medida que se haga más viejo?, ¿se sentirá arrepentido de no haber sido padre y haber olvidado a las primeras tres hijas que tuvo?
Muchas veces creo que nada de eso pasa, mas aun cuando en su vida solo existen los que están presentes y se refiere a “mis hijos me esperaban” cuando las otras tres, las primeras, esas que al parecer fueron borradas de sus recuerdos, no estaban.
Siempre hubiese esperado frases como algunos de mis hijos…
Los no pertenece en la vida de mi padre son muchos y la lista se alarga en la medida que los nietos van naciendo.
Se acerca otro cumpleaños de papa y a veces creo que es más doloroso para él, que yo me haga presente y salude, mejor es no pertenecer y que permanezca anestesiado con la amnesia, viviendo y disfrutando su experimento de vida posterior.
http://dafne-en-viaje.blogspot.com.es/2012/07/papa.html

"Yo no me voy con mi madre"

Lunes, 30 de Julio, 2012
La imagen pertenece al enlace:
- El Cabildo de Fuerteventura destina 45.000 euros para sufragar 15 becas de mediadores interculturales
La familia paterna pide a la Fiscalía de Menores que escuche a la chica que no quiere regresar a Galicia con su progenitora.
«Por favor, escuchen a la chiquilla». Es lo que pide la tía paterna de la niña de 15 años que se resiste a volver a Galicia con su madre Dolores B. y que mientras tanto reside en el centro de acogida del Cabildo por decisión materna. Y lo que reitera la chica es, ante quien sea, el «yo no me voy con mi madre».
Es Juana Montelongo, tía paterna de la menor que se negó a regresar a Galicia con su madre y que permanece desde hace una semana en un centro de acogida de menores de Puerto del Rosario por decisión materna. No quiere ocultar su nombre, ni le importa nada, salvo el respeto por la decisión de la chica de 15 años de quedarse en Fuerteventura. «Por favor, escuchen a la chiquilla».
Y lo que la menor de 15 años repite, una y otra vez desde que se marchó en marzo de Vitoria para Fuerteventura tras la muerte de su padre en enero, es el «yo no me voy con mi madre». La chica, aclara la tía paterna, no se fugó a la Isla sino que salió corriendo ante la inminente cercanía de la Semana Santa, cuando su madre anunció que la iría a buscar. «Hasta llama mamá a la segunda mujer del padre», antes que a la madre biológica.
Mientras la niña permanece en un piso tutelado del Cabildo majorero, Juana espera por la decisión de la Fiscalía de Menores, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, sobre su futuro que pende entre el traslado a otro centro de menores en Galicia, cerca de su madre, o permitir que viva con la familia paterna.
No secuestro. La tía paterna aclara que no secuestró a la chica, sino que se vino por voluntad propia. «La matriculé en el IES y la empadroné. Le he comunicado a todas las instancias que la niña está en Fuerteventura conmigo». También ha tramitado el acogimiento familiar ante la Dirección General del Menor del Gobierno de Canarias, que se pronunciará en septiembre de este año.
Mientras llega la decisión final del Gobierno canario, Juana ha intentado sacar a la niña del centro de menores y que por lo menos viva con otra de las tías paternas. Esgrime a su favor, aparte de que la sobrina no quiere volver a Galicia con la madre, que el padre la nombró administradora de la hija en el testamento.
También niega la influencia perniciosa sobre la sobrina que sostiene la madre. «Apenas lleva viviendo conmigo cuatro meses en Fuerteventura y en ese tiempo nadie puede haber influido sobre nadie». Tampoco es que quiera tener otra hija más, con independencia del cariño que le profesa a la chica: «yo no le quiero quitar a la hija porque simplemente yo ya tengo hijos. Pero, mi sobrina me dice que quiere quedarse aquí y algo tendré que hacer, no puedo quedarme con los brazos cruzados y contemplar como vive en un piso tutelado o se la llevan contra su voluntad»
Alcohol y amenaza de muerte. El último argumento que esgrime Juana Montelongo es del que menos le gusta hablar y el que su sobrina trajo bajo el brazo en forma de informe psiquiátrico del hospital gallego donde su madre estuvo ingresada durante una semana en 2010. El ingreso, por voluntad propia, fue previo al mes que Dolores permaneció fuera de casa.
El informe describe «alteraciones conductuales continuas con tentativas de suicidio (..) y agresiones hacia la hija». La unidad de salud mental programa entonces su ingreso «por imposibilidad de manejo ambulatorio y desbordamiento familiar». También refiere «conductas autodestructivas con asistencia posterior a urgencias en tres ocasiones en 2009 y dos en 2010», alcohol y múltiples enfrentamientos con la hija. La chica relata todo eso y más, todavía se acuerda cuando la amenazó con matarla con un cuchillo mientras dormía o de llamar a la ambulancia con 10 años para recoger a su madre y tener que subir también ella para no quedarse sola.
La mayor queja de la tía paterna de la chica se refiere a la inexistencia de la Fiscalía de Menores en Fuerteventura, «es el órgano defensor de los niños y sin embargo no hay ninguno». La protesta también se extiende a la Fiscalía majorera que no ha querido escuchar a la chica. «Tienen que oírla y saber lo que tiene que decir de su madre y de sus razones para permanecer aquí». En cambio, sí oyó a la niña el juez del Juzgado capitalino número 6 que archivó la denuncia de la progenitora contra la hija al negarse a acompañarla de regreso a Galicia.
http://www.canarias7.es/articulo.cfm?id=269797

Detenida por agresión e intento de robo a una prostituta en Bilbao

Lunes, 30 de Julio, 2012
Agentes de la Ertzaintza han detenido esta madrugada en la calle Cortes de Bilbao a una mujer por haber agredido supuestamente a una prostituta después de que ésta se hubiera negado a darle dinero por trabajar en la calle.
Según ha informado el departamento vasco de Interior, hacia las 4.00 horas de hoy una patrulla de la Ertzaintza ha visto una pelea entre dos mujeres.
Una de ellas ha relatado a los agentes que había estado ejerciendo la prostitución cuando la otra mujer le ha exigido que le pagara 100 euros para poder trabajar en la calle.
Ante la negativa de la prostituta, la otra mujer le ha zarandeado, arrebatado el bolso y quitado el dinero que guardaba, justo cuando ha aparecido la patrulla policial.
Los agentes han arrestado a la presunta agresora por un delito de robo con violencia.
http://bilbao.portaldetuciudad.com/es-es/noticias/detenida-por-agresion-e-intento-de-robo-a-una-prostituta-en-bilbao-bilbao-006_1_1_337004_112.html

La Fiscalía pide cárcel para una mujer por desnutrición de sus hijos

Lunes, 30 de Julio, 2012
La mujer, de Vigo, no llevó a los niños al médico ni los vacunó . La fiscal dice que los menores vivían en condiciones insalubres
La Fiscalía de Vigo solicita una pena de prisión así como inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad durante un período de diez años para una madre acusada de un presunto delito de abandono de menores por omitir los más elementales deberes "de atención médica, alimentación, cuidado y protección" respecto de sus dos hijos desde su nacimiento. Se trata de un niño y una niña que en la actualidad tienen 5 y 4 años, respectivamente. El menor llegó a ser encontrado por un viandante al lado de una iglesia totalmente pálido y con un grave estado de desnutrición.
La fiscal señala en el escrito de acusación que la mujer actuó con "claro desprecio a sus obligaciones paternofiliales". Así, relata que el niño pese a haber nacido con un síndrome polimalformativo "solo fue llevado una vez a cita médica de forma que su enfermedad no pudo ser valorada", añadiendo que tanto este menor como su hermana no fueron vacunados ni llevados al médico para someterse a controles de salud, concretándose en el caso de la pequeña que ni siquiera estaba inscrita en el Registro Civil. "Ambos carecían de documentos sanitarios e identificativos y vivían en condiciones insalubres", agrega.
Debido a esta situación y al constatarse "alteraciones conductuales" en la madre, en mayo del pasado año 2008 se acordó decretar el desamparo y la tutela pública con respecto a los menores, "no pudiendo materializarse ante el traslado de los niños a ignoradas localidades", se agrega en el escrito de calificación presentado por el Ministerio público.
Fue el 31 de julio de ese mismo año 2008 cuando un viandante encontró en la parte de atrás de la iglesia de Santa Clara al menor, que en esa época solo tenía un año. Estaba, dice la Fiscalía, "envuelto en un chaleco, totalmente pálido, frío y convulsionando". De inmediato, este transeúnte reanimó al pequeño y dio la alerta a los sanitarios del 061 y a la Policía Local, que se trasladaron al lugar. La acusada, se añade en el escrito, "llegó poco tiempo después con la niña", en ese momento un bebé de apenas seis meses. Ambos hermanos fueron hospitalizados.
http://www.laopinioncoruna.es/sucesos/2012/07/30/fiscalia-pide-carcel-mujer-desnutricion-hijos/632088.html

Igualdad, el reclamo del colectivo masculino

Lunes, 30 de Julio, 2012
Las «políticas de género» actuales son discriminatorias para los varones
La directiva de Avilegen, junto con algunos socios de la Asociación de Víctimas de la Ley de Violencia de Género
 Las «políticas de género» intentan por todos los medios erradicar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo. Sin embargo, parece que existe un vacío legal a la hora de tratar a los distintos miembros de la familia por igual.
Por esta razón, se han constituido a lo largo de la geografía española, distintas asociaciones de afectados por la ley de Violencia de Género, que denuncian el trato no-igualitario del hombre y la mujer. «Intentar conseguir la igualdad entre hombres y mujeres persiguiendo al varón y creando discriminaciones legales en materia penal, constituye un grave atentado contra la igualdad» dicen desde la asociación de Afectados por la ley de Violencia de Género (Alvige). Dicha agrupación tiene sede en Madrid y Valencia y busca conseguir cambiar la ley vigente, ya que considera que desplaza completamente al hombre del supuesto en el cual él se vería afectado por una situación de «violencia».
Además, afirman que otro problema al que muchos varones se enfrentan es, tras una separación o divorcio, la posibilidad de obtener la custodia de los hijos. «En la gran mayoría de los casos, la custodia se ofrece a la madre, y no siempre es esta la mejor opción. Es muy difícil si no hay acuerdos entre ambos, demostrar que el padre está en algunos casos más capacitado para cuidar a los niños».
La ley vigente acepta la custodia compartida solo de manera «excepcional». Sin embargo, en tres comunidades autónomas, Aragón, Cataluña y Comunidad Valenciana, ya hay regulaciones que contemplan este régimen de manera preferente, pero el vicepresidente en Valencia de la asociación, Jorge Requena, asegura que no se lleva a cabo porque «los jueces tienen miedo a aplicar la ley porque está pendiente de resolución por el Tribunal Constitucional».
El ministro de justicia, Alberto Ruiz Gallardón, se comprometió el pasado mes de junio a impulsar una ley «única y nacional» para facilitar la custodia compartida de los hijos en caso de separación o divorcio.
Sin embargo, algunas asociaciones feministas ante la propuesta, solicitada por UPyD, del ministro de Justicia enviaron una carta a los diputados y senadores indicando que los principios en los que se sustenta la propuesta de la ley de custodia compartida, «son una descarada falacia». En la carta tratan de justificar las razones por las cuales son las mujeres las que reciben en el mayor número de casos la custodia de los hijos. «Las mujeres están más dispuestas a sacrificar la vida laboral para atender a sus hijos, y los jueces, en el 90% de los casos, han estimado que son las más idóneas para ello».
El pasado martes, la asociación, junto con otras muchas entidades que persiguen el mismo fin, como la Asociación de Víctimas de la Ley de Violencia de Género (Avilegen) se reunió en Madrid ante la sede del Tribunal Supremo para leer un manifiesto en defensa de la igualdad y del menor, y en apoyo al juez Francisco Serrano Castro, precursor de la igualdad entre el hombre y la mujer y de la custodia compartida, el cual ha sido condenado a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación. «Paco Serrano ha sido tachado de delincuente por oponerse a la ideología de género, una ideología injusta que se ha convertido en legal, de la mano de la demagogia política».
No pierden la esperanza de conseguir una ley «que ampare a todos por igual».

http://www.larazon.es/noticia/4559-igualdad-el-reclamo-del-colectivo-masculino

La DGA protege a más de mil niños desamparados por sus familias

Lunes, 30 de Julio, 2012
Enlace:
- Niños, el gran negocio para Bienestar Social
El Gobierno autonómico ha asumido la tutela de 420 menores de edad y tiene la guarda de 40 más. Vigila la evolución de otros 443 en sus casas y mantiene en proceso de valoración la de 161
Los juzgados --en la imagen, el de Menores-- y la Fiscalía han denunciado 90 situaciones de desamparo en lo que va de año
El Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón aplica medidas de protección de distinto grado a más de un millar de menores de edad que padecen situaciones de desamparo en sus familias.
El Código Civil define como desamparo el "incumplimiento" y el "imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material". Incluye desde menores con problemas de desnutrición hasta víctimas de malos tratos pasando por cuadros de desestructuración familiar e, incluso, episodios continuados de absentismo escolar.
Los datos facilitados por la consejería que dirige Ricardo Oliván indican que en Aragón había el 30 de junio un total de 1.121 "menores bajo acción protectora de la comunidad autónoma". Tres cuartas parte de ellos --868-- residen en la provincia de Zaragoza, mientras en Huesca se encuentran bajo esa situación 181 y en Teruel, otros 72.
La cifra de niños y adolescentes desamparados en Aragón se ha mantenido en un nivel estable, sin altibajos, a lo largo de los últimos cinco años. Así, la comunidad pasó de aplicar medidas protectoras a 1.117 niños en el 2008 a 1.127 en el 2009 y 1.118 en el 2010. Sanidad cerró el ejercicio del 2011 con la cifra más elevada de ese periodo --1.159--, que se ha reducido un 3,3% en solo seis meses.

INTERVENCIÓN El programa incluye diferentes tipos de intervenciones que van desde el seguimiento de la familia en la que vive el menor hasta la asunción de la guarda o la tutela por parte de la comunidad.
Esta última situación conlleva la suspensión de la patria potestad --autoridad familiar, en Aragón-- y de la tutela ordinaria, aunque no invalida "los actos de contenido patrimonial que realicen los padres o tutores en representación del menor y que sean beneficiosos para él", según señala el Código Civil.
La DGA tutela actualmente a 420 menores: 324 en Zaragoza, 49 en Huesca y 29 en Teruel. Esta cifra ha experimentado un ligero aumento desde el cierre del 2011 --cuando el Gobierno de Aragón tutelaba a 414 niños--, aunque el crecimiento es notable --10,2%-- si el dato se compara con el del 2010. Con todo, sigue por debajo de los registros del 2008 --436-- y el 2009 --434--.
El cuadro familiar de otros 40 menores de edad --treinta zaragozanos y diez oscenses-- era todavía peor, hasta el punto de que los padres o tutores admitieron que, por circunstancias de especial gravedad, no podían cuidarlos, por lo que solicitaron por escrito a la DGA que asumiera su guarda. En dos de los casos, la asunción de la guarda fue motivada por una orden judicial.
La cifra de niños en esta situación ha frenado la constante caída iniciada en el 2008. La DGA pasó de dustodiar 67 menores ese año a 44 en el 2009, 43 en el 2010 y 38 al cierre del 2011.
APOYOS Y EXPEDIENTES Por otro lado, los servicios sociales de la DGA protegen con medidas de apoyo técnico a sus familias a otros 443 menores de edad, tiene en proceso de valoración --si haber adoptado ninguna medida-- la situación de otros 161 niños y controla a otros 27 chavales --19 en Huesca, cuatro en Zaragoza y otros tantos en Teruel-- "en acogida familiar"
La DGA recibió de enero a junio 499 denuncias y demandas por menores desamparados. Dos de cada cinco --204-- procedían de servicios sociales municipales o comarcales, oenegés e incluso --22-- del albergue de Zaragoza. La Fiscalía presentó 61; los juzgados, 29; las fuerzas de seguridad, 46; los centros educativos, siete; los hospitales, diez, y los equipos de educadores, 92 más.
http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/aragon/la-dga-protege-a-mas-de-mil-ninos-desamparados-por-sus-familias_777840.html

Quitan custodia de hijos a madre adicta

Lunes, 30 de Julio,2012
Mercedes. La mujer dejó la rehabilitación
La Unidad Especializada en Violencia Doméstica de Mercedes intervino para proteger a dos niños que vivían con su madre, que recayó en el consumo de pasta base. El mes pasado, en esa ciudad un niño de 10 años denunció a su madre adicta.
En el operativo cumplido en inmediaciones del cementerio de la capital de Soriano, sobre la zona oeste de la ciudad, también intervino el director Departamental del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU) de Soriano, Horacio Perazza.
La mujer, de 26 años, es adicta a la pasta base y estaba haciendo un tratamiento en la organización no gubernamental (ONG) "Los Juncos". Esa organización notificó a la Policía que la joven madre había dejado de concurrir a la terapia e, incluso, algunos vecinos contaron que iba con su bebé, de un mes de vida, a la boca de venta para comprar sus dosis.
El Juzgado de Familia, a cargo de la magistrada Pura Book Silva, determinó que la bebé quedará al cuidado de su padre, mientras que el otro hijo, un niño de 6 años, fruto de una relación anterior, fue internado provisoriamente en el INAU en régimen de amparo.
LOS JUNCOS. La ONG de Mercedes avanza en la creación de un centro regional de adicciones para atender a pacientes de Soriano y Río Negro. Tiene planificado remodelar el edificio del ex Hogar Asencio, un viejo albergue que dejó de funcionar como tal hace cuatro décadas: está ubicado sobre la ruta que conecta Mercedes con Villa Soriano y a unos 13 kilómetros de la capital departamental.
"En principio pensamos reformar el edificio para atender a unas 30 personas, pero dado el problema creciente, no descartamos en un futuro ampliarlo ya que el predio es de 5 hectáreas, fue cedido en comodato por INAU durante los próximos 20 años", explicó Eduardo Sarutte presidente de la ONG.
Nancy Díaz Da Silva vive en el barrio Cerro de Mercedes. Tiene 12 hijos, cinco de los cuales están presos como consecuencia de la pasta base.
"Yo he sufrido mucho por la pasta base. Mis hijos me robaban para drogarse hasta que me dejaron sin nada y tuvieron que salir a delinquir en la calle para comprar esa droga maldita", cuenta Nancy, que se dedica a cortar y vender leña con sus hijos más chicos.
"Hablé en el INAU y con decenas de personas para que me ayudaran a sacarlos de la droga pero, como nunca conseguí apoyo, siguieron robando hasta que los metieron presos y los perdí. Tienen para seis años en la cárcel y allí se siguen drogando con pasta base", denunció la madre.
Entre los hijos que ahora están recluidos, el mayor tiene 35 años y el más chico -que fue procesado hace un mes- tiene 19 años.
http://www.elpais.com.uy/120730/pciuda-654790/informe/quitan-custodia-de-hijos-a-madre-adicta/

Los abogados del turno de oficio amenazan con dejar de prestar servicio

Lunes, 30 de Julio, 2012
La imagen pertenece al enlace:
http://www.madridiario.es/2012/Julio/suceso/sucesos_madrid/220189/renuncia-abogados-oficio-altodo.htmlml
La intención es paralizar por completo el servicio a partir del día 1 de octubre si la Comunidad no atiende sus reivindicaciones
Los letrados del turno de oficio amenazan con dejar de prestar servicio desde el 1 de octubre ante el «brutal recorte».
Según un comunicado de la Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno (Altodo), la medida se debe al «recorte del 55% de las retribuciones de los abogados de oficio impuesta por la Comunidad de Madrid desde 2.004, y ante su decisión de no abonar a los abogados el servicio ya prestado en los casos de denegación o archivo de la justicia gratuita ».
Altodo ya está organizando la renuncia colectiva a todos los servicios de guardia que dependen de la Comunidad de Madrid durante los meses de octubre y noviembre de 2012. En consecuencia, dejará de prestarse el servicio de guardia en materia penal, de menores, de violencia de género y de extranjería, añade la nota.
Según Altodo, el 21 de septiembre a las 13.00 se presentarán en la sede del Colegio de Abogados de Madrid, «de forma conjunta y masiva», todos los escritos de renuncia, con la intención de paralizar por completo el servicio a partir del día 1 de octubre si la Comunidad no atiende sus reivindicaciones.
http://www.abc.es/20120730/local-madrid/abci-abogados-turno-oficio-201207292045.html