Reunión de los lunes

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martes, 28 de octubre de 2014

Facua denuncia a Panrico por un anuncio sexista

Martes, 28 de Octubre, 2014

La asociación de consumidores lo califican de "estúpido y machista" y ha solicitado a las autoridades sanciones para la compañía de dulces
El anuncio de 'Qé!', marca de bollería de Panrico, muestra a una chica que se deja tocar a cambo de un dulce Facua.org
La asociación de consumidores FACUA ha denunciado ante las autoridades competentes uno de los últimos anuncios de los dulces industriales Qé!, propiedad de la compañía Panrico al considerarlo "estúpido y machista" además de sexista. Según los denunciantes, el mensaje de spot reduce a una adolescente a un mero objeto sexual que se deja tocar a cambio de un pastel.
  • "Dame tu caña y dejo que me masajees el culo"
  • Facua argumenta que el contenido del anuncio vulnera la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, que en su artículo 3 señala como ilícita la "publicidad que atente contra la dignidad de la persona".
  • contraviene el artículo 10 de la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que en lo relativa al ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación señala que "De acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio".

Fuente:
- Facua denuncia a Panrico por un anuncio sexista
http://www.lavanguardia.com/television/audiencias/20141028/54417626801/facua-denuncia-panrico-sexista.html

Violencia de género

Martes, 28 de Octubre, 2014
Escrito por Narcés Montes Buelvas
Otro problema bastante delicado por agredir al sexo presuntamente "débil"  es la violencia de género o familiar, llegando al feminicidio cuando matan la mujer y homofobia cuando atentan contra los homosexuales.
  • al principio la discriminaban con suma alevosía e inferioridad hasta satanizarla, por aquello del dominio machista, en cuya naturaleza prima la testosterona, hormona que lo hace más agresivo y violento, al extremo de siempre pretender ser "el rey".
  • La mujer desde el principio de la humanidad hasta hace pocas décadas fue considerada mala, diabólica, secundaria por "dar la manzanita prohibida, depender del varón a quien debe someterse" (según texto bíblico), de allí el mal trato que le da su agreste consorte, sobre todo el islámico, donde llegan a taparle la cara para ocultar su belleza, seducción y encanto.
  • Es injusto que la ley siga dando mayor prelación, castigando al buen marido leal y ofendido como víctima de una víbora excompañera que le fue infiel sentimental y sexualmente, "le jugó sucio poniéndole cacho".
Fuente:
- Violencia de género
http://www.elmeridianodesucre.com.co/editorial/columnistas/item/49334-violencia-de-genero

La madre de Ariadna habría fingido el secuestro de la niña para sacarle dinero a su esposo

Martes, 28 de Octubre, 2014
ARGENTINA
Tras ser confirmado que fue la mujer la que llevó a su hija, de 6 años, a Las Heras y luego denunció el rapto, la Justicia arrestó a la progenitora y la acusó por el delito de falso testimonio. El padre de la nena dio a entender, sin querer, que no es la primera vez que su esposa le exige dinero para salvar a sus hijas.
La madre de Ariadna Quiroga (6) denunció que su hija había sido secuestrada. Este lunes se corroboró que el rapto jamás existió y que fue la progenitora la que llevó desde Maipú, donde vive, hasta Las Heras a la nena con el fin de esconderla. El móvil de este hecho sería sacarle dijero al padre de Ariadna como ha sucedido en otras oportunidades, según se desprende del testimonio del hombre.
  • manifestó que recibió un llamado en el que le exigían $7.000 para liberar a la Ariadna.
  • El hombre “es medio inocente”, indicó una fuente y judicial y “le cree todo a la esposa. Le ha pedido que salga a buscar plata porque sus hijas padecen enfermedades muy graves y necesitan una vacuna”
  • el hombre dijo que después de conseguir el dinero que le solicitaba su esposa, las niñas se curaban.

Fuente.
- La madre de Ariadna habría fingido el secuestro de la niña para sacarle dinero a su esposo
http://www.diariouno.com.ar/policiales/La-madre-de-Ariadna-habria-fingido-el-secuestro-de-la-nia-para-sacarle-dinero-a-su-esposo-20141027-0129.html

“Aunque la denuncia era mentira le funcionó”

Martes, 28 de Octubre, 2014
WALTER ACOSTA PADRE DE UNA HIJA DE 9 AÑOS
“Hace dos años mi ex mujer me acusó de haber abusado de ella después de llevarse a mi hija a vivir a otra ciudad. Y aunque la denuncia era mentira le funcionó muy bien: un juez me restringió automáticamente la posibilidad de ver a mi hija hasta que demuestre que no soy un abusador. El problema es que desde que estoy acusado nunca me citaron a ninguna audiencia para que pueda defenderme. Mientras tanto, a mi hija sólo pude verla tres veces este año y sé que la madre tampoco le permite leer mis mails. Mi único consuelo es que ella tenía ya 7 años cuando esto pasó... de haber sido más chiquita quién sabe si se acordaría de mí”.



Fuente:
- “Aunque la denuncia era mentira le funcionó”
http://www.eldia.com.ar/edis/20141026/Aunque-denuncia-era-mentira-le-funciono-informaciongeneral9.htm#.VE_14R4rP1s.facebook

Sentencia del Tribunal Supremo 536/2014 JURISPRUDENCIA CAMBIO DOMICILIO AL EXTRANJERO

Martes, 28 de Octubre, 2014
Enlace:
- El Supremo legitima que madre brasileña se lleve a su país hijo de padre español
Id. Cendoj: 28079110012014100504
Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Sede: Madrid
Sección: 1
Tipo de Resolución: Sentencia
Fecha de resolución: 20/10/2014
Nº Recurso: 2680/2013
Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
Procedimiento: CIVIL
Idioma: Español
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
SENTENCIA
Sentencia Nº: 536/2014
Fecha Sentencia : 20/10/2014
CASACIÓN
Recurso Nº : 2680/ 2013
Fallo/Acuerdo: Sentencia Estimando Parcialmente

Votación y Fallo: 23/09/2014
Ponente Excmo. Sr. D. : José Antonio Seijas Quintana
Procedencia: AUD.PROVINCIAL DE CIUDAD REAL SECCION N. 1
Secretaría de Sala : Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Escrito por : AAV
Nota:
LA NACIONALIDAD COMO FACTOR DE PROTECCIÓN DEL INTERÉS DEL MENOR. INCIDENCIA DE LA ATRIBUCIÓN DE LA GUARDA Y CUSTODIA DEL MENOR CUANDO EL PROGENITOR TRASLADA SU DOMICILIO A OTRO PAÍS.
CASACIÓN Num.: 2680/2013
Ponente Excmo. Sr. D.: José Antonio Seijas Quintana
Votación y Fallo: 23/09/2014
Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
SENTENCIA Nº: 536/2014

Excmos. Sres.:
D. Francisco Marín Castán
D. José Antonio Seijas Quintana
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. Francisco Javier Orduña Moreno
D. Eduardo Baena Ruiz
D. Xavier O' Callaghan Muñoz
D. José Luis Calvo Cabello
En la Villa de Madrid, a veinte de Octubre de dos mil catorce. Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, como consecuencia de autos de juicio de divorcio nº 1238/2011, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Tomelloso, cuyo recurso fue preparado ante la citada Audiencia por la representación procesal de doña Candelaria, el procurador don Antonio Angel Sánchez Jauregui Alcaide. Habiendo comparecido en calidad de recurrido el procurador don José Manuel Merino Brav, en nombre y representación de don Romulo. Es parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO .- 1.- El procurador don José Luis Fernández Ramírez, en nombre y representación de doña Candelaria, interpuso demanda de juicio de divorcio, contra don Romulo y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que estimando la demanda en su integridad, se decrete y declare la disolución del matrimonio por divorcio de los esposos antedichos, decretando su inscripción en el Registro Civil correspondiente y al margen de las actas en las que conste el matrimonio de los litigantes, y todo ello con expresa imposición de costas a la contraparte si se opusiera a estas nuestras legítimas peticiones, y decretándose igualmente los siguientes efectos como consecuencia de dicha disolución instada:
1. Se atribuya a la madre la guarda y custodia del hijo menor de edad, siendo la patria potestad compartida, autorizando a mi representada a que la misma fije junto con su hijo menor de edad su residencia en país extranjero, concretamente en Brasil.
2. Con respecto al domicilio conyugal no hacemos pronunciamiento alguno, habida cuenta que mi representada ha fijado nuevo domicilio, quedando en el mismo el Sr. Romulo, quien ostenta la propiedad de dicha vivienda.
3. Se fije un derecho de visitas y estancias a favor del demandando con su hijo, en los términos que seguidamente se dicen, atendiendo a la solicitud de residencia en el extranjero:
La mitad de los períodos vacacionales, entendiendo tales como el de las vacaciones escolares, eligiendo el padre los años pares y la madre los años impares.
4. Se condene al demandado a abonar a la actora en concepto de alimentos para su hijo menor de edad Marco Antonio la suma mensual de 300.-€, que habrá de hacer efectivas a la madre del menor en la cuenta corriente que ésta designe, por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, y que habrá de ser actualizada anualmente, según las variaciones que experimente el índice de Precios al Consumo emitido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo supla.
5. Se condene al demandado a abonar a la actora el 50% de los gastos extraordinarios que el menor pudieran generar, de cualquier índole, médicos, quirúrgicos, escolares, clases particulares, actividades extraescolares, campamentos, colonias, material escolar y cualesquiera otros que puedan fomentar el desarrollo y educación del niño.
Todo lo anterior con expresa imposición de costas al demandado si se opusiera a estas nuestras legítimas peticiones.

La cumbre de mujeres juristas celebrada en Madrid no quiere oir ni hablar de la custodia compartida

Martes, 28 de Octubre,2014
 l Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) ha clausurado hoy la “I Cumbre de Mujeres Juristas” en la que se han analizado, en cinco grandes ponencias, la situación profesional que vive la mujer en ámbitos de la Administración de Justicia, Instituciones, Empresas, Derechos Humanos y Resoluciones Extrajudiciales de conflicto, como el Arbitraje y la Mediación, y los futuros retos y desafíos que les espera en el mundo jurídico.

 Durante la lectura de todo el artículo no hemos encontrado alusión alguna a la custodia compartida. Mucho reclamo de igualdad, mucha reivindicación de los derechos de la mujer, mucha presencia en  los puestos directivos que necesita la mujer, pero nada de un derecho fundamental para los hijos, y para la propia mujer, pues la asunción de todas las responsabilidades y cuidados del menor a cambio del uso y disfrute de la vivienda familiar y de una pensión de alimentos condiciona y sitúa a la mujer en los tiempos de la prehistoria en donde la mujer quedaba a cargo de la obligaciones del hogar y de los hijos y en hombre se marcaha a cazar.

Fuente:
-La cumbre de mujeres juristas pide a los poderes públicos que la igualdad sea una realidad efectiva
http://www.abogacia.es/2013/10/28/la-cumbre-de-mujeres-juristas-pide-a-los-poderes-publicos-que-la-igualdad-sea-una-realidad-efectiva/

La iglesia no sabe que hacer con los divorciados

Martes, 28 de Octubre, 2014
"Resulta injusto castigar sin comunión a un inocente"
El título del artículo recoge la duda de un servidor ante la pareja concreta, divorciada y vuelta a casar. No intenta, ni mucho menos, provocar de manera agresiva un tema de por sí complejo.
"Me pareció contrario al Evangelio prohibir comulgar a una pareja"
Aplicar la misericordia al inocente que desea-necesita la comunión.
Fuente:
- Con los divorciados: ¿justicia, misericordia o indisolubilidad?
http://www.periodistadigital.com/religion/opinion/2014/10/26/con-los-divorciados-justicia-misericordia-o-indisolubilidad-iglesia-religion-prohibir-persona-inocente-comunion-castigo-parejas-sacramento-experiencias.shtml