Este lunes, 3 de octubre, comienzan dos juicios, uno en Valencia y otro en Granada. Ambos ante las Salas de lo Penal de los respectivos Tribunales Superiores de Justicia, al tratarse de personas aforadas. Los acusados, Francisco Camps y Francisco Serrano Castro
Fernando Ferrin Calamita
Hispanidad, lunes, 03 de octubre de 2011
El primero, acusado de cohecho pasivo impropio, al aceptar regalos en atención a su cargo de presidente de la Generalidad Valenciana; el segundo, de prevaricación, por prorrogar como Juez de Familia en un día la estancia de un menor de doce años con su padre, a fin de poder salir en la \"madrugá\" sevillana.
Ignoro en estos momentos si el Fiscal le pedirá mañana a Camps que le exhiba la factura del traje que lleve puesto.
Ignoro del mismo modo si también serán procesados y sentados en el banquillo de los acusados los tres magistrados de la Audiencia Provincial de Sevilla que han confirmado la resolución de Serrano Castro.
Yo, particularmente, a quien sentaría en el banquillo es a los magistrados que han admitido a trámite las querellas -especialmente la de Serrano Castro-, y a los Fiscales que informaron favorablemente sobre ello y que ahora han presentado escritos de acusación.
Dice el artículo 3 del Código Civil que \"1.Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas.
2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la Ley expresamente lo permita\".
¡Que levante la mano el político -incluído el Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, Carlos Dívar, Pascual Sala, etc.- que no haya recibido un regalo, por mínimo que sea! Hoy en día son usuales tales dádivas o presentes, dentro de un orden.
¡Que levante la mano el Juez de Familia que no haya hecho uso del artículo 158 CC para modificar inaudita parte el régimen de visitas imperante para acceder a los deseos legítimos de un menor y de uno de sus progenitores! Yo, como juez de Familia que he sido, lo he hecho, no una, sino muchas veces: en Navidades, Semana Santa y verano, que es cuando se producen los conflictos entre ambos progenitores. Mea culpa.
Ambos procesos penales son políticos, como el mío. Espero que se haga justicia y que ambos salgan absueltos. Aunque ya se sabe que cuando la política entra en una casa, la justicia sale por la ventana...
Fernando Ferrín Calamita
Fernando Ferrín Calamita
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