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martes, 18 de febrero de 2014

Argumentos abortistas

Martes, 18 de Febrero, 2014

El derecho al propio cuerpo: "nosotras parimos, nosotras decidimos"

Incluso para sus defensores es un derecho a plazo limitado: 12, 14, 16 semanas. Pasado este tiempo, tal libertad no existe en ninguna parte. La pregunta es: ¿por qué? ¿Cuál es la diferencia entre digamos la semana 16 y la siguiente? La respuesta solo puede estar en el ser humano concebido. Por consiguiente, la simple fórmula de los plazos reconoce una realidad humana a respetar, en lo que discrepa es cuándo entra en vigor la protección. Hay un bien jurídico protegido en términos del Tribunal Constitucional. Los abortistas deben aceptar esta conclusión que surge de su propia lógica.
 La cuestión es qué establece el límite para pasar de la libre disposición hasta la muerte de ese ser humano, a su prohibición y a la intervención pública. ¿Qué explica la diferencia entre la semana 12 en algunos países y la 24 de Holanda, con una serie de variaciones intermedias? La respuesta, también lógica y que debe establecer una consenso, es que nada suficientemente importante, puesto que de ser así no existiría una dispersión tan grande. Lo único claro es que trascurridas unas pocas semanas no existe el proclamado derecho al propio cuerpo. El paso siguiente es considerar qué salto radical sufre el ser humano engendrado entre su formación inicial y la semana 12, el mínimo común denominador. La respuesta es que no hay tal salto y solo una solución de continuidad guiada por el mensaje cromosómico. El único cambio de significación se produce con el nacimiento, cuando cambia de medio en el que vive. Aquel desarrollo establecido por la genética se debe a su ADN, que desde el momento de su concepción es específico y distinto al de la madre. No hay un solo cuerpo sino dos. Eso es una evidencia, y la sola necesidad de recordarla dice poco del razonamiento abortista. De ahí que el límite temporal para abortar, los plazos, sea una simple convención legal pero no una razón objetiva. Existe no previo al acto sino en función de él, de la voluntad  de abortar por el reconocimiento de la política del deseo.
 El ser humano engendrado no es la madre aunque sí está en ella. No es su cuerpo pero si depende de su cuerpo. Es, eso sí, un ser dependiente cuya vida depende del cuidador. El eslogan correcto debería ser: “yo lo cuido, yo decido” (su muerte). Pero esa argumentación choca contra un principio ético universal. El cuidador nunca tiene derecho a decidir sobre la vida del cuidado, y si lo hace está asegurada su penalización por la justicia. ¿Por qué debe ser distinto con el dependiente engendrado? En realidad, bajo una lógica estrictamente materialista, su protección -podrían argumentar- debería ser mayor que la de un adulto dependiente absoluto, sobre todo si lo es por una enfermedad degenerativa incurable. La razón es evidente. El ser humano engendrado crece en autonomía con el solo el transcurrir del tiempo: el adulto en aquellas condiciones la pierde hasta morir. Un persona afectada por el Alzheimer, por demencia senil. todas ellas, junto con otras muchas enfermedades, castigan duramente al cuidador, sin la recompensa de la maternidad, pero ese sufrimiento real no le autoriza a poner fin a la vida del enfermo. Lo que si reclama son medios para cumplir esa tarea en las mejores condiciones posibles.
 No existe el derecho a matar al no nacido en razón de un pretendido derecho a la “propiedad”, primero porque tal concepción desapareció con el fin de la esclavitud, y segundo porque el que ha de nacer no solo es un bien jurídicamente protegido, sino un bien público, como el árbol que precisa de la autorización a su propietario para poder talarlo. La propiedad sobre el árbol no otorga el derecho a terminar con él. El absurdo del aborto a plazos, su brutal arbitrariedad, resulta tan evidente como esto: está prohibido destruir un huevo de Urogallo porque es una  especie protegida, pero puede decidirse la muerte del embrión humano solo con la manifestación del deseo. ¿Cuál es el sentido y coherencia de una sociedad construida sobre tales supuestos? ¿A dónde conducen sus dinámicas?
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