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domingo, 3 de mayo de 2020

Leyes, convenios o tratados internacionales, pero los niños son apartados de su padre

Domingo, 3 de Mayo, 2020

El artículo es de la letrada, Flora Calvo, consultora académica de Winkels Abogados y profesora contratada del área de Derecho internacional privado de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.

Cuenta el caso de una hija, cuya madre es australiana y el padre español. Se sobreentiende que viven en España, donde nace la menor y es inscrita en el Registro Civil español. Parece ser que no viven juntos, y desde el comienzo, pero sí en España. La hija reside con la madre.

A la madre se le presenta una oportunidad laboral en Suiza, y decide marcharse con la menor. Y ahí comienzan los avatares del juego judicial, todos ellos bajo la etiqueta de la protección y el amparo del menor, pero que al final terminan con una  hija privada de su padre. Comenzando por el juzgado de primera instancia en España.

El juez español de Primera Instancia estima la demanda en su totalidad, estableciendo unos derechos de visita para el padre.


  • Tratado hispano-Suizo
  • Convenio de la Haya de 1996 sobre protección de menores
  • Tratado de reconocimiento de sentencias entre Suiza y España de 1896.
  • Ley de cooperación jurídica internacional de 2015.
  • Convenio de Lugano de 2007




Fuente:
Por qué es importante utilizar correctamente las fuentes del derecho internacional privado en el actual estado de alarma
https://confilegal.com/20200502-por-que-es-importante-utilizar-correctamente-las-fuentes-del-derecho-internacional-privado-en-el-actual-estado-de-alarma/

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