Sobre la modificación del artículo 94 del Código Civil (CC) que se públicó el viernes 3 de Septiembre.
Antes de esta modificación ya el padre era apartado de sus hijos como medida cautelar. Pero no sucedía igual si la denuncia era contra la madre.
Autor del artículo, el letrado, José Luis Sariego Morillo.
Muchos juristas y no juristas, nos hemos indignado por el hecho de que los legisladores ahn impuesto la idea de que cualquier padre o madre que es denunciado por viogén (violencia de género) o por viodon (violencia doméstica) debe ser privado del derecho de “visitas” de sus hijos por una simple denuncia.
https://confilegal.com/20210905-opinion-el-tiempo-de-los-ninos-durante-un-proceso-judicial/
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