La defensa, que estudia plantear una querella, destacó en el juicio que la denunciante acudió a la Justicia cuando recibió la demanda de divorcio
14.06.11
SILVIA TUBIO | CÁDIZ
Un agente de Policía sale de los juzgados de El Puerto
En su denuncia dibujó un pasado conyugal terrorífico. Nueve años de matrimonio salpicados de episodios de malos tratos, humillaciones y vejaciones. Ante el juzgado de Instrucción nº 4 de El Puerto, con competencias en violencia de género, esta jerezana aseguró que su esposo la había llegado a violar hasta en tres ocasiones y que había acabado marchándose de su casa con sus tres hijos por miedo. Desde ese momento se activó el protocolo habitual en este tipo de procedimientos que ha terminado con una sentencia absolutoria. No hay pruebas de esos malos tratos y ahora la denunciante se puede convertir en denunciada. La defensa de su expareja plantea querellarse por «haber formulado acusaciones falsas», confirmó a este medio el abogado del procesado, Antonio Domínguez Mompell.
La denuncia que desencadenó el procedimiento se formuló el 28 de mayo de 2008, pese a que la pareja se había separado casi un año antes y la mujer residía en otra vivienda con sus hijos. La defensa hizo hincapié durante el juicio que la denuncia se interpuso justo cuando la denunciante recibió la citación de la vista para fijar las medidas provisionales mientras se resolvía el divorcio. El marido le había planteado una demanda para romper legalmente la relación.
La mujer reconoció que no había testigos directos de ninguno de los episodios vividos, pero que dos familiares suyos sabían lo que estaba ocurriendo. Ambas personas fueron citadas a declarar, pero solo pudieron aportar la versión que les había contado la supuesta víctima. Tampoco ella supo aclarar en qué consistieron esas agresiones sexuales cuando fue interrogada por el juez instructor. Los forenses dictaminaron en su informe que su relato «era parco en detalles». Pese a todo, a su expareja le impusieron una orden de alejamiento a los pocos días de la denuncia.
Esos mismos especialistas terminaron por despejar cualquier duda sobre el perfil de la víctima. Tras explorarla aseguraron que: «no existen vestigios físicos de agresiones físicas ni sexuales, no existen vestigios psicológicos de lesiones psíquicas o de trastornos compatibles con un maltrato habitual». Atendiendo a este estudio, el fiscal formuló acusación solo por un delito menor de amenazas leves. Sin embargo, el abogado de la mujer elevó su petición de pena hasta los cuatro años y medio.
La jueza del Penal nº 4 de Cádiz cerró el proceso absolviendo por faltas de pruebas al marido. En su sentencia subrayó que el móvil del resentimiento o de la venganza que podría haber movido a la denunciante «no podía descartarse».
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