Miércoles, 26 de Marzo, 2014
- El juez Francisco Javier Pérez Olleros defiende que ""las sentencias no deben estar basadas en la empatía con la víctima"
- "Se mantienen los estereotipos machistas entre nuestros jóvenes", advierte.
'Muñecas rotas', una visión personal sobre la violencia de género
El juez Francisco Javier Pérez-Olleros ejerce la difícil
tarea de impartir justicia en un tema tan sensible como el de la
violencia de género. Magistrado del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 8 de Madrid afirma que está en la profesión por vocación, y porque cree en la familia por encima de todo.
El juez se defiende de las críticas de algunas asociaciones
de mujeres ante la presunta falta de sensibilidad de los magistrados,
"la justicia es dar a cada uno lo suyo", afirma. Aunque reconoce la
dificultad que, en ocasiones, supone juzgar hechos que suceden de
puertas para dentro. "He puesto sentencias absolutorias respecto de
denuncias que no se han probado, aunque pudiera intuir que el denunciado
es una persona agresiva"
¿Cómo funciona un juzgado de violencia de género?
Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer son una clase órganos
judiciales unipersonales del orden penal, encargados de la investigación
y adopción de medidas cautelares, como son las órdenes de protección,
en los procesos relativos a las acciones cometidas con violencia o
intimidación contra quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o
haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, aún sin
convivencia. También dictan sentencias de conformidad en esta materia y
resuelven los juicios de faltas sobre vejaciones o injurias de carácter leve del hombre frente a su expareja o pareja.
Tienen competencia para resolver los procedimientos civiles entre
las mismas partes, sobre filiación, nulidad del matrimonio, separación y
divorcio, relaciones paternofiliales, adopción o modificación de
medidas de trascendencia familiar, medidas urgentes para evitar a los
menores un perjuicio o peligro, sobre asentimiento en la adopción, o que
tengan por objeto la oposición a las resoluciones administrativas en
materia de protección de menores, cuando se hayan iniciado actuaciones
penales por delito o falta de violencia de género y no se haya iniciado
la fase de juicio oral en el proceso civil.
En resumen, son como Juzgados de Instrucción en materia de violencia
de género, que además tienen competencias propias de un Juzgado de
Familia sobre parejas o matrimonios que han tenido problemas de
violencia de género. Pueden ejercer esas competencias de forma
exclusiva, o compatibilizarlas con las propias de un Juzgado de Instrucción o de Primera Instancia e Instrucción.
¿Aprecian un perfil común en agresores y víctimas?
No existe una sola causa que determine la violencia física o psíquica
del hombre contra la mujer, y esta violencia también puede manifestarse
de formas muy distintas en una pareja, pero cabe decir que suele ser su
causa más común el desamor, pues es una acción u omisión innecesaria y
destructiva, aunque no lo entienda así la ofendida siempre.
A mi juicio, cabe distinguir entre una violencia coyuntural por una
situación concreta, de la estructural o habitual derivada de una
maltratador con una personalidad manipuladora, dominadora, celosa, a
veces narcisista, que de forma habitual o permanente, y como medio de
mantener el dominio sobre la pareja la violenta física o psíquicamente.
Esté acompañada o no de abusos al alcohol u otro tipo de drogas o
sustancias.
Otras veces subyace en la situación de maltrato un trastorno de la
personalidad, como puede ser un Trastorno Delirante Paranoide, un
Trastorno Afectivo Bipolar, o una Esquizofrenia. En cualquier caso no se
castiga carácter determinado, sino lo que conscientemente se hace pese a
estar prohibido por el Código penal contra la pareja o expareja.
¿Aprecian un aumento de violencia de género entre los más jóvenes?
Investigaciones sociológicas recientes muestran que la situación no
ha mejorado respecto estudios anteriores. El sexismo y los estereotipos
de género perviven entre los adolescentes españoles. Tienen información
sobre que es la violencia de género y su problemática, pero no la
trasladan a su vida.
Empiezan sus relaciones sentimentales y sexuales en edad cada vez más
temprana, y las mantienen utilizando como medio de comunicación y
contacto las redes sociales y el teléfono. Estos estudios señalan
también que aumenta el número de adolescentes que afirman haber sufrido
situaciones de control extremo por parte de su novio o exnovio, y el
número de adolescentes de ambos sexos que no consideran como maltrato
conductas como que un chaval le diga a su novia con quien puede hablar,
dónde ir o qué hacer, o los celos, que muchas veces se conciben como una
manifestación de amor a la pareja.
Las asociaciones de víctimas hablan de falta de sensibilidad
de los titulares de los juzgados de violencia de género, ¿qué opina?
No reconozco esa crítica como generalizada en las asociaciones de
víctimas de violencia de género. En cualquier caso la óptica de una
asociación de protección de mujeres víctimas de violencia de género es
distinta a la de un juez, como la de un médico forense es distinta a la
de un médico de cabecera. El segundo no tiene por qué dudar de lo que le
dice su paciente, mientras que el forense sí.
El Juez imparte justicia no solo para la denunciante, sino también
para el denunciado, pues justicia es dar a cada uno lo suyo, y sus
resoluciones no deben estar basadas en la empatía con la supuesta
víctima, sino en la tutela judicial efectiva acordada en el marco de la
legalidad y en la convicción de lo probado, sin poder entrar al trapo de
las descalificaciones que una parte o una asociación efectúe como
consecuencia de que no se le haya dado la razón a su asociada.
¿Cree que la ley es suficiente?
Creo que existen instrumentos jurídicos suficientes para luchar desde
el punto de vista jurisdiccional contra la violencia de género en España, aunque existen mejoras importantes que podrían efectuarse en algunas de las leyes que regulan esta especialidad.
¿Qué se podría mejorar, desde el punto de vista judicial?
En el ámbito de la dotación que se facilita al juez que tiene que
instruir estos asuntos, podemos hablar no solo de mejoras básicas en la
dotación y coordinación de los recursos materiales y humanos de los que
dispone, como un equipo organizado por ellos, una policía judicial
dependiente orgánicamente de los jueces y no del ejecutivo, o peritos
adecuados a los asuntos que deben resolver, de los que no todos los
juzgados disponen, y dimensionamiento de esos asuntos que les permita
tener tiempo adecuado para su estudio, investigación y resolución.
En muchas ocasiones se acude a la tutela judicial ante la falta de
respuesta de los servicios de asistencia social, residencial o
sanitaria. Se podría estudiar la posible refundición de la especialidad
de los juzgados de familia con la de los juzgados de violencia sobre la
mujer, pudiendo crearse unos juzgados que conociesen los conflictos de
la pareja, homosexual o heterosexual, en igualdad, con competencias
civiles y penales.
Que las condenas conlleven en todo caso una prohibición de
aproximación y comunicación entre los progenitores, da lugar a
consecuencias no queridas por la propia víctima en algunos casos, por lo
que debería dejarse al arbitrio judicial en cada caso la pena accesoria
de alejamiento.
Es importante ahondar en la especialización de los juristas que
atienden estos casos, y no solo desde el punto de vista de la asistencia
a la denunciante, sino también del defensor del denunciado.
¿Qué opina del tema de las "denuncias falsas", es real?
Como en todo tipo de delitos, las denuncias falsas existen. Son menos
abundantes que las denuncias exageradas, aunque estas también son una
variante de la falsedad de los hechos.
El 40 por ciento de las sentencias son absolutorias... ¿cómo valora este dato?
La prueba en los delitos cometidos en la privacidad es complicada, y
además en este campo las penas afectan a veces a personas muy queridas
por las víctimas, como los hijos, y esto lleva a que las ofendidas a
veces no denuncien o no insten la persecución del delito. Por otro lado
no todas las acusaciones están suficientemente fundadas.
¿En alguna ocasión ha tenido que dictar una sentencia absolutoria según la ley, pero sabiendo que la persona podía ser agresiva?
No se enjuicia la hipótesis de si una persona puede ser agresiva,
sino lo que ha hecho. Por lo tanto sí he puesto sentencias absolutorias
respecto de denuncias que no se han probado, aunque pudiera intuir que
el denunciado es una persona agresiva.
Enlaces:
- La terrible historia de un padre por su hijo. Manuel Ruiz en Es La Tarde de Huesca en su sexto día de huelga de hambre
- Mitín el 7 de Abril ante la Fiscalía General del Estado
- "Bola de nieve" DENUNCIA DE LA LEY DE VIOLENCIA DE GÉNERO ante tribunales internacionales.
- PLATAFORMA PARA LA DENUNCIA DE LA LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
- DENUNCIA ANTE EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO EL DESAMPARO AL QUE ESTÁ SOMETIDA TU FAMILIA ASÍ COMO LOS MENORES
http://noticias.lainformacion.com/asuntos-sociales/familia/juez-de-violencia-de-genero-he-tenido-que-absolver-a-acusados-aun-sabiendo-que-eran-agresivos_EWfcLDMAcpAGmhwKqIp1y5/
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