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viernes, 27 de abril de 2018

Un magistrado afirma que deberían ser absueltos los condenados de "la manada" y que se quebró la presunción de inocencia

Viernes, 27 de Abril, 2018

Noticia de otros casos:
- La joven que denunció a la "Manada" reconoce que fue una denuncia falsa para evitar el castigo de sus padres en casa

En España los varones no gozan del principal derecho del Código Penal: la presunción de inocencia. Tras una denuncia vinculada a la ley de violencia de género, el protocolo policial establece a los agentes que deben proceder a su localización y detención, para ser encerrados en un calabozo.

Tras la sentencia de condena para 5 varones, en todas las televisiones y medios de prensa e información, se ha desatado un sentimiento de repulsa contra la sentencia, pero sentimiento que considera que la condena es muy leve, y que debería haber sentencia por violación, y no por abuso.

Uno de los magistrados, Ricardo Javier González, de la Audiencia que ha juzgado a "la manada", considera además que ni debieran haber sido condenados. Pero la presión pública, sin duda, es la que marca en España la mayor parte de este tipo de condenas, pues la mujer debe llevar la razón, sí o sí, y el resto de mujeres deben percibir que si denuncias hechos falsos no va a pasar nada.

el magistrado Ricardo Javier González quien establece que se ha producido una “quiebra de la presunción de inocencia” y que no ha sido “un juicio justo”

“Como conclusión a cuanto acabo de exponer, considero que los acusados han ofrecido una versión alternativa de los hechos que, abstracción hecha de los juicios morales que pueda suscitar y que no pueden tener cabida en este voto particular, resulta persistente, coherente, lógica y razonable en su exposición, corroborada en la parte que se ha resaltado por la prueba objetiva practicada en juicio y no desmentida por la prueba de cargo que ha sido aportada por las acusaciones, de modo que ha configurado por sí sola la duda razonable que junto a todo lo argumentado en la valoración del resto de la prueba practicada y considerando ésta en su conjunto impide, a mi juicio, la quiebra de la presunción de inocencia”.

Corresponde la absolución

“De conformidad con lo razonado en la sentencia mayoritaria que, a este respecto comparto, no cabe considerar los hechos declarados probados en dicha resolución ni en este voto particular como constitutivos de cinco delitos continuados de agresión sexual de los Arts. 178, 179, 180.1. 1ª, 2ª y 3ª del Código Penal, por lo que procede la libre absolución de todos los procesados respecto del mismo”.

“Se trata, por tanto, desde mi punto vista, de una condena “sorpresiva”, que, en mi opinión, vulnera las exigencias de un juicio justo”.





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Fuente:
El voto particular de Ricardo Javier González afirma que ha habido “quiebra de la presunción de inocencia” y que no ha sido “un juicio justo”
http://ramblalibre.com/2018/04/26/el-voto-particular-de-ricardo-javier-gonzalez-afirma-que-ha-habido-quiebra-de-la-presuncion-de-inocencia-y-que-no-ha-sido-un-juicio-justo/

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