19/2/2011 Richard Solé
Más vale cientos de culpables en la calle que un inocente en la cárcel. Papel mojado. La realidad va por otro lado. Aquí detenemos al inocente y dejamos al culpable que siga haciendo de las suyas: son los modos y maneras de la Justicia en España.
Condenado a 18 años, cumple 13, por una violación que nunca cometió. Salió de prisión en 2008, aunque la policía alertaba de su inocencia desde el año 2000. Para “evitarle sufrimientos” no le informaron de las pruebas exculpatorias que habían encontrado. Uno de los “artistas”, dice, que fue condenado en un juicio justo con todas las garantías
En la sentencia que lo condenó, de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz, fechada en noviembre de 1996, se recoge que “la referida autoría y cooperación necesaria de Rafael Ricardi Robles resultó patentemente acreditada en el acto del juicio oral a través de las declaraciones de la propia víctima, que fueron tan claras, rotundas e inequívocas, que no dejaban lugar a dudas”. Ver fuente. La sentencia que le condenaba, determinaba, en su Fundamento de Derecho segundo, sobre la autoría del condenado en una de las violaciones y su cooperación necesaria en la otra se basan en:
1. “ las declaraciones de la propia víctima que fueron tan claras, rotundas e inequívocas que no dejaban lugar a dudas. No solo reconoció al acusado de forma indubitada en la Diligencia de reconocimiento realizada con todas las garantías legales y constitucionales que ratifico en juicio, sino que además en presencia judicial, sino que además reconoció su voz entre las seis personas que recitaron la misma frase, siendo ambos reconocimientos, el visual como el vocal, prueba de cargo tan directas, que por sí solas destruyeron el derecho a la presunción de inocencia que amparaba el acusado al inicio del juicio oral. “
2. “ por el informe biológico de ADN realizado por el Instituto Nacional de Toxicología de Sevilla en el cual se concluye que las muestras de semen recogidas de la ropa de …… se han encontrado todos los alelos correspondientes al semen del acusado, si bien aparecen alelos extras que no se corresponden con el de aquel. — Y tanto, como que no era el suyo.
Nosotros, cuando oímos eso de “sin ningún género de dudas” nos echamos a temblar porque sabemos que siempre es mentira, ya que no hay nada en el mundo que a ojos de la razón ofrezca duda alguna. Es simplemente imposible. Algo parecido cuando vemos aquello de “por el bien supremo del menor”. Normalmente sigue alguna perrería injustificable que se justifica con dicha frase.
Aquí una fiscal “muy preocupada”:
La Fiscalía de Cádiz, sin embargo advirtió ayer de, a pesar de las nuevas detenciones, no descarta la implicación de Rafael Ricardi, que cuenta con una sentencia de condena firme.
La fiscal explicó que uno de los dos detenidos recientemente fue identificado a través de su ADN en determinados casos pero el recluso cuenta en su contra con una resolución firme tras el recurso presentado al Tribunal Supremo y que no fue admitido. Asimismo, señaló que la sentencia condenatoria “no se basa en las pruebas de ADN”.
Según la sentencia, añadió, se parte de la base de que son dos personas las que cometen los hechos contra las víctimas. Por ello, aunque se ha identificado a otra persona por el ADN, “no hay una contradicción manifiesta” debido a que el hecho de que haya un tercero lo que indica es que el identificado por el ADN ha cometido unos hechos acompañado de otra persona, pero “no descarta al ya condenado”. La fiscal insistió en que “lo nuevo es que hay otra persona identificada y que el ADN que se detectó no pertenece” a Ricardi, actualmente preso en la cárcel de Topas (Salamanca).
Recordemos: La policía sabe que es inocente, pero sigue entre rejas. El País. ¡¡¡Para salir corriendo…!!!”
El reconocimiento que hizo la víctima de Ricardi, que nada tuvo que ver con los hechos, según el juez fueron ….“tan claras, rotundas e inequívocas que no dejaban lugar a dudas”
Lo dicho, ¡¡¡para salir corriendo …!!!”
El País en una línea un tanto desconcertante no ha parado, desde hace meses, de hacerse eco de este inocente en prisión. El primer artículo que conozco data del 16 de Abril de 2008. Después de que se hayan construidos muchos kilómetros de telarañas, el fiscal pide el descarcelamiento. No viene mal para la imagen del ministerio fiscal que se preocupe por un inocente, aunque sea trece años después de haber entrado en prisión. El violador que no violó, dice que confesó por la presión por las amenazas de la policía …. y sigue entre rejas, mientras la policía sabe que es inocente. Mientras tanto el fiscal se niega a revisar una condena que se practicó con todas las “garantías”, y claro, antes de sacar a un inocente en la cárcel, hay que solicitar más pruebas, pruebas que no siempre se conceden para meter a una persona a la cárcel. Parece que existe más interés en tomar más cautelas en sacar a un inocente juzgado y condenado de la cárcel, que en meterlo. Pero, con diferencia la noticia que más pone los pelos de punta es la que escribe Jesús Duva, noticia que merece una reflexión muy especial porque revela la claves del “error”, que hace pensar en cuántos inocentes no habrá en prisión, por eso lanzamos las reflexiones al hilo de la noticia.
Todo se reduce al chapucero tratamiento que los fiscales, abogados, psicólogos y jueces dan a las técnicas de credibilidad del testimonio y su empleo judicial. Así vemos cómo el Tribunal Supremo dice que los jueces, a través de la “magia” de la inmediación son capaces de saber quien dice la verdad y quien miente ….. lo que es claramente un error mayúsculo, que sólo sirve para que los jueces se crean seres superiores, sin serlo. Pero la cosa no queda ahí, ya que diversas Audiencias Provinciales, van más allá y dicen que gracias al lenguaje no verbal, son capaces de saber quien dice la verdad y quien no. Pues bien para dejar en su sitio tanta palabrería, nada mejor que leer, del papel del psicólogo este artículo sobre la verdad y la mentira, que concluye, como aquí sabemos:
1. la capacidad del ser humano para discriminar entre verdades y mentiras es extremadamente limitada; esto es así incluso en grupos profesionales para quienes la detección del engaño es una tarea importante en su trabajo;
2. las personas no tenemos conciencia de lo correctos o incorrectos que son nuestros juicios de credibilidad;
3. tendemos a sobreestimar capacidad de identificar verdades y mentiras;
4. utilizamos claves equivocadas al hacer juicios credibilidad;
5. las creencias populares sobre los del engaño son erróneas;
6. las creencias de profesionales para quienes la detección del engaño es una tarea importante son también erróneas y similares las de las otras personas; — incluidos jueces y magistrados .
7. no se ha demostrado los indicadores conductuales que se mencionan en mayoría de los libros “de autoayuda” permitan una adecuada discriminación entre verdades y mentiras;
8. existen muy pocas conductas que realmente permitan diferenciar verdades y mentiras;
9. al contrario de lo se da a entender en muchos libros “de autoayuda” y lo que sostiene la sabiduría popular, el significado y el poder de discriminación de las claves conductuales de una serie de variables situacionales;
10. también al contrario de lo que afirman determinados libros al gran público, aprender a discriminar entre verdades y mentiras es extremadamente difícil, como la limitada eficacia de distintos programas de entrenamiento; y
11. en lugar de incrementar la precisión, los entrenamientos al uso aumentan el sesgo decir que las declaraciones son falsas.
A pesar de todo la Audiencia gaditana dijo: “no puede producirse la revisión de la pena impuesta a Ricardi porque en su día fue condenado con todas las garantías porque la víctima le reconoció e identificó su voz entre seis personas” .Y es que estos conceptos de credibilidad, en manos de los jueces que se creen con capacidades especiales para detectar la verdad y la mentira …. son extremadamente peligrosos para los ciudadanos sometidos a la justicia española.
Cuando se pide la revisión de la “valoración” arbitraria del testimonio nos encontramos con las palabras de innumerables sentencias de Audiencias Provinciales (4004 sentencias que aparecen en la búsqueda de lenguajenoverbal) que parecen sacado de un libro de esos de autoayuda, y que habla por sí solo:
“Sin embargo, cuando la prueba tiene carácter personal, como ocurre tratándose del interrogatorio de la persona acusada (sin entrar en su discutida naturaleza probatoria) o de los testigos, e incluso de los peritos, cuando su intervención consiste en la emisión por primera vez de su informe, o en completarlo o aclararlo, importa mucho, para una correcta ponderación de su persuasividad, conocer la íntegra literalidad de lo manifestado y, además, percibir directamente el modo en que se expresa, puesto que el denominado lenguaje no verbal forma parte muy importante del mensaje comunicativo y es un factor especialmente relevante a tener en cuenta al formular el juicio de fiabilidad.” (sic)
Parece una exageración, pero es literal. Además si se busca el texto indicado arriba —lenguajenoverbal— en la base de datos del CGPJ de las sentencias de la Audiencias Provinciales, vemos que va por zonas, que podrían indicar la circulación de ese libro de autoayuda que parece haber deslumbrado a algún juez y que ha debido “filtrar” entre algunos de sus compañeros, sin darse cuenta que, a veces, los libros de autoayuda, dicen sandeces con tal de ser vendidos.
En este caso, la clave de su condena fue tener un ojo a la virulé. La víctima declaró tan contundentemente, que los pobre jueces no tuvieron más remedio que creerle, en base a la doctrina cuestionable, por ser contraria a la ciencia, que nuestros jueces se han sacado de la chistera para dar credibilidad a una víctima, cuando dice la verdad y también cuando miente. En este caso parecía claro, pero la falta de pericia de nuestros jueces en estos temas han dado con un inocente en prisión. Uno de los pocos que, para vergüenza de todos, ha salido a la luz pública. Vergüenza para todos, porque todos somos parte de esta sociedad judicialmente chapucera y damos nuestro voto a los que, luego, se ponen de acuerdo para repartirse el poder judicial quebrando así su independencia.
Estos errores, no pueden verse como simples errores. A mi juicio son más bien consecuencia lógica de un modo poco riguroso de operar, que sólo puede tener como consecuencia, el ingreso de inocentes en prisión, sobretodo en cuestiones de abusos sexuales y violencia de género, en los entornos de divorcios contenciosos, en los que la credibilidad del testimonio suele ser la única prueba existente, y donde tanta denuncia falsa consentida parece producirse. No olviden que, en otros países, claro, existen estudios que concluyen que entre el 50 y 75% de las denuncias no se pueden confirmar. Los abonados a la ideología de género dicen que es que es muy difícil de confirmar, pero los que leen esta página saben cómo se obtienen “pruebas” falsas para condenar a inocentes.
Por otro lado, el Tribunal Supremo resuelve la solitud de revisión de un condenado por abusos sexuales de su hijo, que según parece, nunca cometió, pasando de lado sobre la cuestión central que se planteaba, que no es otra que el cuestionamiento de la fiabilidad del CBCA-SVA para este tipo de pruebas y el desamparo generado al plantear esta cuestión en el Colegio de Psicólogos que no la atienden por no estar colegiada la perito. Como prueba de la competencia y del conocimiento de nuestras ilustres autoridades en temas de credibilidad del testimonio, para aquellos que quieran profundizar en el tema y pedir responsabilidades, este artículo sobre el polígrafo.
Llevo tiempo tratando de encontrar una explicación lógica a tanto despropósito con la aplicación de esta técnica chapucera del CBCA-SVA, que sólo sirve a los intereses económicos de los que viven de ella, y para ello, he hecho el ejercicio de buscar en las bases de datos del Tribunal Supremo y de las Audiencias Provinciales sobre la validez de esta técnica. El resultado ha sido tan clarificador como desolador: en el TS sólo hay un auto que habla del tema que es el referido al principio del párrafo, y que fue promovido por mi persona; en la Audiencia Provincial he encontrado cinco, de lo cuales dos son míos. Es decir: ni abogados ni jueces se enteran de la perversión de esta técnica. Alguno dirá que voy de listo, y quizás sea así. Pero yo sólo digo lo siguiente:
1. ¿Quién me puede dar el índice de certidumbre de esta prueba?. El no darlo vulnera el artículo 48 del Código Deontológico del Psicólogo y es esencial para que el juez pueda hacer una ponderación del caso. No es lo mismo decir que mañana lloverá con una probabilidad del 98% que con el 50. En el primer caso, casi con toda certeza lloverá, y en el segundo la predicción no tiene más valor que la de una moneda lanzada al aire.
2. ¿Quién me puede dar el manual de aplicación de esta técnica?. ¡¡Ni existe!!.
3. ¿Que órgano de control para su correcta aplicación existe?. Sorpréndanse: ¡¡Ninguno!!.
Vrij, un auténtico experto reconocido como tal a nivel mundial concluye en su trabajo, que el CBCA-SVA, no cumple con los criterios objetivos existentes de cientifidad, es decir no es un método científico, ante la imposibilidad de determinar cual es el grado de certidumbre de sus conclusiones además de que no existe consenso sobre la validez de la técnica, sin olvidar que hay gente que le da un índice de error del 30% frente al 50% de una simple moneda al aire.
No obstante este método es muy querido por el fundamentalismo de género, pues al no ser capaz de evidenciar (pagina 27 del trabajo) la posible manipulación de los menores por la que tanto pelean estos grupos extremistas, permite el masivo encarcelamiento de hombres inocentes acusados de abusos sexuales, todo ello sin olvidar la facilidad con la que alguna psicóloga firma informes de sospecha de abusos sexuales inexistentes, que consiguen, como poco, separar a hijos y padres durante algún año, cuando es declarado inocente, que no ocurre siempre que lo es. Pero así opera cualquier doctrina fundamentalista, com la de género española.
Este informe del parlamento Británico, evidencia la chapuza que significa admitir pruebas, con apariencia de cientifidad sin más, tal como se hace en España. Supongo que el parlamento británico sabrá sabido valorar bien el tema. De lo que no cabe duda es que los argumentos son incontestables, por lo que recomendamos su lectura sobretodo a los juristas, y en especial, a los jueces del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, convencido de que algo podrán aprender que permita salvar a inocentes españoles de prisión. Hay que resaltar que frente a la argumentación técnico – jurídica en él expuesto sobre la necesidad de poder validar lo que es científico o no, nos encontramos con la chapuza hispana de la “sana” crítica, en la que “sana” se utiliza como eufemismo de arbitrariedad.
Quien quiera aprender en una semana, legos incluidos, lo que no saben ni supuestos expertos españoles, sólo tiene que leerse este libro sobre credibilidad del testimonio, escrito por un experto de reconocido prestigio mundial. Ahí podrá ver el alcance de la chapuza del método. Lo que viene a decir, es que la credibilidad del testimonio es algo que no debería usarse en los tribunales, y que si existe una técnica con cierto rigor, dentro de las limitaciones que establece el marco de lo que es la disciplina de la credibilidad del testimonio, tendríamos que quedarnos con el polígrafo, como instrumento más fiable.
El que con estos antecedentes, se pueda sentir seguro y protegido por la justicia española, merece una felicitación por el logro, que le permitirá vivir una vida más sana, hasta que, la que eligió por compañera para ser madre de sus hijos, decida, con sus mentiras, hacerle experimentar en carne propia, las “verdades judiciales” de género, que le harán pasar, con más probabilidad de la que se pueda imaginar, por la cárcel, y a hacerle sentir, en carne propia, el secuestro emocional de sus hijos.
Finalmente, quien quiera ver en manos de quien estamos, le invito a que se lea esta mesa redonda, que yo llamaría la mesa redonda de la miseria humana, compuesta por presuntos expertos. Si estos son los expertos, ya nos podemos hacer una idea del resto.
http://www.alertadigital.com/2011/02/19/otro-inocente-a-prision-%C2%A1con-todas-las-garantias-legales/
Reunión de los lunes
jueves, 24 de febrero de 2011
1MODIFICACIONES BÁSICAS A LA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA
Jueves, 24 de Febrero, 2011
"Articulo 2. Guarda y custodia de los hijos.
1. En el caso de ruptura de la convivencia, cada uno de los padres por separado, o ambos de común acuerdo, podrán solicitar al Juez que la guarda y custodia de los hijos menores o incapacitados sea ejercida por ambos o por uno de ellos.
2. En el caso de que la solicitud se realice por uno sólo de los padres, el Juez podrá acordar la guarda y custodia compartida como norma general ó preferente, o la custodia individual, oído el Ministerio Fiscal y previos los dictámenes y audiencias que estime necesarios recabar, cuando así convenga a los intereses de los hijos.
3. El Juez decidirá sobre la modalidad de custodia más conveniente para el interés de los hijos menores, teniendo en cuenta la solicitud que haya presentado cada uno de los padres, y atendiendo, además de a lo dispuesto en esta Ley Foral, a los siguientes factores:
a) La edad de los hijos.(SOLO SI ES LACTANTE DE PECHO)
b) La relación existente entre los padres, y en especial, la actitud de cada uno de los progenitores para asumir sus deberes, respetar los derechos del otro y, en especial, cooperar entre sí y garantizar la relación de los hijos con ambos progenitores y sus familias extensas.
c) El arraigo social y familiar de los hijos.
d) La opinión de los hijos, siempre que tengan suficiente juicio y, en todo caso, si son mayores de doce años, con especial consideración a los mayores de catorce años.
e) La aptitud y voluntad de los padres para asegurar la estabilidad de los hijos.
f) Las posibilidades de conciliación de la vida familiar y laboral de los padres.
g) Los acuerdos y convenios previos que pudieran existir entre los padres y que estos le hayan justificado.
h) Cualquier otra circunstancia de especial relevancia para el régimen de convivencia.
2.1.-
4. En cualquier caso, la decisión buscará conciliar, siempre que sea posible, todos los intereses en juego, considerando como prioritarios los intereses de los hijos menores o incapacitados y asegurando la igualdad de los padres en sus relaciones con los hijos en todo lo que vaya en beneficio de estos.
5. Si decide la custodia compartida, el Juez fijará un régimen de convivencia de cada uno de los
padres con los hijos, adaptado a las circunstancias de la situación familiar, que garantice a
ambos padres el ejercicio de sus derechos y obligaciones en situación de equidad.
6. Si decide la custodia individual, el Juez fijará un régimen de comunicación, estancias o visitas con el otro progenitor que le garantice el ejercicio de las facultades y deberes propios de la patria potestad que tenga atribuidos conforme a la Ley 63 de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
7. Salvo circunstancias que lo justifiquen específicamente, no se adoptarán soluciones que supongan la separación de los hermanos.
8. No procederá la atribución de la guarda y custodia a uno de los padres, ni individual ni compartida, cuando se den estos dos requisitos conjuntamente:
a) Esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos o hijas.
b) Se haya dictado resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad.
Tampoco procederá la atribución cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y de las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados y racionales de violencia doméstica o de género.
* No procederá la atribución de la guarda y custodia compartida al progenitor que realice denuncias no fundadas ó con intenciones dolosas.
Las medidas adoptadas en estos dos supuestos serán revisables a la vista de la resolución firme que, en su caso, se dicte al respecto en la jurisdicción penal.
La denuncia contra un cónyuge o miembro de la pareja no será suficiente por sí sola para concluir de forma automática la existencia de violencia, de daño o amenaza para el otro o para los hijos, ni para atribuirle a favor de este la guarda y custodia de los hijos."
* LIQUIDACION DE LOS BIENES GANANCIALES EN PLAZO TEMPORAL NO MAYOR A LOS DOS AÑOS, SALVO ACUERDO ENTRE LOS EX-CONYUGES.
En caso de discrepancia se deberá utilizar un servicio de mediación a arbitraje aportando que les sea exigida.
1. las normas de esta ley foral serán de aplicación a la revisión judicial d ellos convenios reguladores y de las medidas judiciales adoptadas con anterioridad a la entrada en vigor de la misma.
2. L solicitud de custodia compartida por uno de los progenitores será causa de revisión de los convenios reguladores y de las medidas judiciales adoptadas bajo la legislación anterior durante 3AÑOS ( en vez de uno) desde la entrada en vigor de la presente ley foral
3.0--Hasta la entrada en vigor de la ley foral de mediación familiar a que hace referencia la disposición final primera dicha materia se regirá por las disposiciones del anexo del decreto foral 209/1991, de 23 de mayo, sobre el régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones en materia de servicios sociales , modificado por orden foral 147/2007, de 23 de julio de la consejera de bienestar social deporte y juventud.
3.1--Hasta la entrada en vigor de la Ley Foral de Mediación Familiar a que hace referencia la Disposición final Primera, dicha materia se regirá por la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre de Servicios sociales.
Con esta disposición transitoria permitimos a esos hijos/as, la posibilidad de recuperar al progenitor ausente.
Por cuestiones de organización del sistema judicial cabria dar un plazo de tiempo (2-3 años) a partir de la publicación de la ley, para que los progenitores que deseen y estén facultados para ejercer la custodia compartida, la soliciten.-
Pamplona a 21 de febrero de 2011
MODIFICACION Nº 1
Articulo 1- objeto y finalidad. CAMBIO DE NOMBRE DE LA LEY
"Proposición de Ley Foral sobre custodia de los hijos en los casos de ruptura de la convivencia de los padres" MOTIVACIÓN
Debido a que la ley regula muchas mas instituciones , uso de vivienda, mediación familiar, pensión compensatoria, medidas cautelares, ..es más convenienteMODIFICACION Nº 2
Enmienda número 2, de modificación del articulo 5 por el siguiente texto: "Articulo 2. Guarda y custodia de los hijos.
1. En el caso de ruptura de la convivencia, cada uno de los padres por separado, o ambos de común acuerdo, podrán solicitar al Juez que la guarda y custodia de los hijos menores o incapacitados sea ejercida por ambos o por uno de ellos.
2. En el caso de que la solicitud se realice por uno sólo de los padres, el Juez podrá acordar la guarda y custodia compartida como norma general ó preferente, o la custodia individual, oído el Ministerio Fiscal y previos los dictámenes y audiencias que estime necesarios recabar, cuando así convenga a los intereses de los hijos.
3. El Juez decidirá sobre la modalidad de custodia más conveniente para el interés de los hijos menores, teniendo en cuenta la solicitud que haya presentado cada uno de los padres, y atendiendo, además de a lo dispuesto en esta Ley Foral, a los siguientes factores:
a) La edad de los hijos.(SOLO SI ES LACTANTE DE PECHO)
b) La relación existente entre los padres, y en especial, la actitud de cada uno de los progenitores para asumir sus deberes, respetar los derechos del otro y, en especial, cooperar entre sí y garantizar la relación de los hijos con ambos progenitores y sus familias extensas.
c) El arraigo social y familiar de los hijos.
d) La opinión de los hijos, siempre que tengan suficiente juicio y, en todo caso, si son mayores de doce años, con especial consideración a los mayores de catorce años.
e) La aptitud y voluntad de los padres para asegurar la estabilidad de los hijos.
f) Las posibilidades de conciliación de la vida familiar y laboral de los padres.
g) Los acuerdos y convenios previos que pudieran existir entre los padres y que estos le hayan justificado.
h) Cualquier otra circunstancia de especial relevancia para el régimen de convivencia.
2.1.-
4. En cualquier caso, la decisión buscará conciliar, siempre que sea posible, todos los intereses en juego, considerando como prioritarios los intereses de los hijos menores o incapacitados y asegurando la igualdad de los padres en sus relaciones con los hijos en todo lo que vaya en beneficio de estos.
5. Si decide la custodia compartida, el Juez fijará un régimen de convivencia de cada uno de los
padres con los hijos, adaptado a las circunstancias de la situación familiar, que garantice a
ambos padres el ejercicio de sus derechos y obligaciones en situación de equidad.
6. Si decide la custodia individual, el Juez fijará un régimen de comunicación, estancias o visitas con el otro progenitor que le garantice el ejercicio de las facultades y deberes propios de la patria potestad que tenga atribuidos conforme a la Ley 63 de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
7. Salvo circunstancias que lo justifiquen específicamente, no se adoptarán soluciones que supongan la separación de los hermanos.
8. No procederá la atribución de la guarda y custodia a uno de los padres, ni individual ni compartida, cuando se den estos dos requisitos conjuntamente:
a) Esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos o hijas.
b) Se haya dictado resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad.
Tampoco procederá la atribución cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y de las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados y racionales de violencia doméstica o de género.
MODIFICACION Nº 3
* No procederá la atribución de la guarda y custodia compartida cuando haya sentencia condenatoria de violencia familiar * No procederá la atribución de la guarda y custodia compartida al progenitor que realice denuncias no fundadas ó con intenciones dolosas.
* MOTIVACIÓN
Debido a que la separación de los hijos/as con el progenitor denunciado, provoca un desapego difícil ó imposible de recuperar luego, en caso de resultar absuelto, es importante evitar separaciones preventivas sin una sentencia condenatoria. No mencionamos violencia de género por entender que está encuadrada dentro de la violencia familiar. Las medidas adoptadas en estos dos supuestos serán revisables a la vista de la resolución firme que, en su caso, se dicte al respecto en la jurisdicción penal.
La denuncia contra un cónyuge o miembro de la pareja no será suficiente por sí sola para concluir de forma automática la existencia de violencia, de daño o amenaza para el otro o para los hijos, ni para atribuirle a favor de este la guarda y custodia de los hijos."
MODIFICACION Nº4
Introducir en nuestro derecho civil foral una mínima regulación que posibilite considerar la custodia compartida en un plano de igualdad con la custodia individual, dejando que sea el Juez quien decida cuál es la más idónea en cada caso concreto sometido a su enjuiciamiento, dando prioridad al interés del menor y conciliando, cuando sea posible, los intereses de los padres en situación de igualdad de derechos y deberes. MOTIVACIÓN
* NO PONER EN PLANO DE IGUALDAD LA CUSTODIA COMPARTIDA CON MONOPARENTAL, YA QUE ADEMÁS DE GENERAR MAS CONTENCIOSIDAD, LA MONOPARENTAL LESIONA GRAVEMENTE EL SUPERIOR INTERES DEL MENOR. MODIFICACION Nº 5
REFERIDOS AL PUNTO 7 (LIQUIDACION DE BIENES GANANCIALES) * LIQUIDACION DE LOS BIENES GANANCIALES EN PLAZO TEMPORAL NO MAYOR A LOS DOS AÑOS, SALVO ACUERDO ENTRE LOS EX-CONYUGES.
MOTIVACIÓN
De esta manera no persiste la contenciocidad por motivos económicos una vez extinguida la sociedad de gananciales. MODIFICACION Nº 6
Tras la ruptura de la convivencia de los padres, ambos contribuirán proporcionalmente con sus recursos económicos a satisfacer los gastos de asistencia de los hijos. Dicha proporcionalidad se calculará en función de su renta y se actualizará anualmente luego de la declaración de renta. En caso de discrepancia se deberá utilizar un servicio de mediación a arbitraje aportando que les sea exigida.
MOTIVACIÓN
El reparto proporcional con la renta, es mas justo y ya que esta puede variar con el tiempo y la circunstancia de cada progenitor dicho factor de proporcionalidad deberá actualizarse anualmente en función de dicha. Se tendrá en cuenta los recursos mínimos necesarios para la crianza de las hijas/os involucrados. MODIFICACION Nº 7
Derogación de la enmienda nº5 de supresión de la disposición transitoria, que dice: 1. las normas de esta ley foral serán de aplicación a la revisión judicial d ellos convenios reguladores y de las medidas judiciales adoptadas con anterioridad a la entrada en vigor de la misma.
2. L solicitud de custodia compartida por uno de los progenitores será causa de revisión de los convenios reguladores y de las medidas judiciales adoptadas bajo la legislación anterior durante 3AÑOS ( en vez de uno) desde la entrada en vigor de la presente ley foral
3.0--Hasta la entrada en vigor de la ley foral de mediación familiar a que hace referencia la disposición final primera dicha materia se regirá por las disposiciones del anexo del decreto foral 209/1991, de 23 de mayo, sobre el régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones en materia de servicios sociales , modificado por orden foral 147/2007, de 23 de julio de la consejera de bienestar social deporte y juventud.
3.1--Hasta la entrada en vigor de la Ley Foral de Mediación Familiar a que hace referencia la Disposición final Primera, dicha materia se regirá por la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre de Servicios sociales.
MOTIVACIÓN:
Es obvio y notorio que con la legislación anterior, muchos hijos/as navarras no han tenido opción a los beneficios de la custodia compartida. Con esta disposición transitoria permitimos a esos hijos/as, la posibilidad de recuperar al progenitor ausente.
Por cuestiones de organización del sistema judicial cabria dar un plazo de tiempo (2-3 años) a partir de la publicación de la ley, para que los progenitores que deseen y estén facultados para ejercer la custodia compartida, la soliciten.-
Pamplona a 21 de febrero de 2011
Ley de Custodia Compartida. Parlamento de Navarra
Luis Aleu Ferraté
Jueves, 24 de Febrero, 2011
Estimados;
Desde febrero del año 2010, en que empezamos a promocionar con Uds. la promulgación de una nueva normativa de convivencia, en parejas rotas con hijos, venimos trabajando y dando esperanzas a muchos progenitores que desean y pueden criar a sus hijos. (aunque en este momento estén impedidos por la utilización de la ley del 2005). Nunca hemos tenido intención de dar falsas esperanzas, actuamos creyendo firmemente en lo que cada uno de los grupos politicos nos decia.
Es por ello que creemos que el jueves debe salir una ley de custodia compartida, aunque sea de mínimos, con ello se logrará mostrar a los afectados una hoja de ruta que marcará nuestro futuro. Tenemos en cuenta;
- El no promulgar la ley , creará desconfianza, aumentará el malestar en la sociedad ya que parecerá que todo este año de trabajo, es solo un globo sonda, como tantos a los que nos tienen acostumbrados algunos gobernantes.
- Dará un balón de oxígeno a los que pretenden continuar con el caducado modelo de custodia monoparental para todos.
- Profundizará los conflictos de parejas rotas con hijos, al ver el progenitor excluido que se le trata con injusticia y desigualdad.
- Disminuirá aún más la confianza en los legisladores, ya que se entenderá que son más los motivos espureos los que evitan ó facilitan una legislación, sin que el tema a regular, sea realmente importante.
- Tendremos la sensación que la Comunidad Foral de Navarra, deja en manos del Estado, materias que les son propias, no defiende el Fuero Nuevo Navarro, ni lo aplica en muchos casos que se podrian ( familia), creando indefensión a muchas hijas/os navarros, con custodias monoparentales no queridas.
- Aprobando la ley, en la próxima legislatura podremos tratar los temas que han sido vaciados por las enmiendas, pero no tendremos que empezar de cero.
- Con esta ley aprobada veremos el comportamiento de los operadores jurídicos, los afectados, la respuesta social, que permitirá desenmascarar a los que preconizan una cosa y hacen otra, permitiendo corregir los fallos en la próxima legislatura.
- Entre la aprobación de esta ley y la que teóricamente se tratará en el futuro, habrá unos cuantos hijos/as Navarras que ya podrán ejercer su derecho a ser criados por mamá y papá en régimen de convivencia compartida (patria potestad, según espiritu del fuero nuevo)
- En caso hipotético y remoto que el Estado Español promulgue una ley a nivel nacional, mejor que la que tengamos en nuestra comunidad, no habrá ningún problema en asimilarla, como si es peor no tenerla en cuenta.
POR LO EXPUESTO:
Solicitamos a los parlamentarios Navarros a no vetar la ley de custodia compartida, deseable es que al menos incorporen parte de las modificaciones que hemos propuesto, todas tendientes a fortalecer la ley y disminuir la contenciosidad.
Es importante que este proyecto salga adelante. La Asociación Hijos Separados, se compromete a seguir trabajando para actualizar la ley, en el 2012 y las veces que haga falta, ya que esta norma se tendrá que ir adaptando a las modificaciones sociales.
Luis Aleu Ferraté
pte. ASHISE
http://hijoseparados.blogspot.com/
hijoseparados@gmail.com
Tel 608 77 90 08
Recibido por email desde:
Asociación de Hijos Separados (ASHISE) c/ Joaquin Puy nº 3. Villava. Navarra
Jueves, 24 de Febrero, 2011
Estimados;
Desde febrero del año 2010, en que empezamos a promocionar con Uds. la promulgación de una nueva normativa de convivencia, en parejas rotas con hijos, venimos trabajando y dando esperanzas a muchos progenitores que desean y pueden criar a sus hijos. (aunque en este momento estén impedidos por la utilización de la ley del 2005). Nunca hemos tenido intención de dar falsas esperanzas, actuamos creyendo firmemente en lo que cada uno de los grupos politicos nos decia.
Es por ello que creemos que el jueves debe salir una ley de custodia compartida, aunque sea de mínimos, con ello se logrará mostrar a los afectados una hoja de ruta que marcará nuestro futuro. Tenemos en cuenta;
- El no promulgar la ley , creará desconfianza, aumentará el malestar en la sociedad ya que parecerá que todo este año de trabajo, es solo un globo sonda, como tantos a los que nos tienen acostumbrados algunos gobernantes.
- Dará un balón de oxígeno a los que pretenden continuar con el caducado modelo de custodia monoparental para todos.
- Profundizará los conflictos de parejas rotas con hijos, al ver el progenitor excluido que se le trata con injusticia y desigualdad.
- Disminuirá aún más la confianza en los legisladores, ya que se entenderá que son más los motivos espureos los que evitan ó facilitan una legislación, sin que el tema a regular, sea realmente importante.
- Tendremos la sensación que la Comunidad Foral de Navarra, deja en manos del Estado, materias que les son propias, no defiende el Fuero Nuevo Navarro, ni lo aplica en muchos casos que se podrian ( familia), creando indefensión a muchas hijas/os navarros, con custodias monoparentales no queridas.
- Aprobando la ley, en la próxima legislatura podremos tratar los temas que han sido vaciados por las enmiendas, pero no tendremos que empezar de cero.
- Con esta ley aprobada veremos el comportamiento de los operadores jurídicos, los afectados, la respuesta social, que permitirá desenmascarar a los que preconizan una cosa y hacen otra, permitiendo corregir los fallos en la próxima legislatura.
- Entre la aprobación de esta ley y la que teóricamente se tratará en el futuro, habrá unos cuantos hijos/as Navarras que ya podrán ejercer su derecho a ser criados por mamá y papá en régimen de convivencia compartida (patria potestad, según espiritu del fuero nuevo)
- En caso hipotético y remoto que el Estado Español promulgue una ley a nivel nacional, mejor que la que tengamos en nuestra comunidad, no habrá ningún problema en asimilarla, como si es peor no tenerla en cuenta.
POR LO EXPUESTO:
Solicitamos a los parlamentarios Navarros a no vetar la ley de custodia compartida, deseable es que al menos incorporen parte de las modificaciones que hemos propuesto, todas tendientes a fortalecer la ley y disminuir la contenciosidad.
Es importante que este proyecto salga adelante. La Asociación Hijos Separados, se compromete a seguir trabajando para actualizar la ley, en el 2012 y las veces que haga falta, ya que esta norma se tendrá que ir adaptando a las modificaciones sociales.
Luis Aleu Ferraté
pte. ASHISE
http://hijoseparados.blogspot.com/
hijoseparados@gmail.com
Tel 608 77 90 08
Recibido por email desde:
Asociación de Hijos Separados (ASHISE) c/ Joaquin Puy nº 3. Villava. Navarra
La historia y la entrevista con Eliseu
por Paula Ballesteros
MIÉRCOLES 23 DE FEBRERO DE 2011
Desde su tienda de campaña Eliseu, el padre que tomó la decisión de ponerse en huelga, reclamando la posibilidad de seguir siendo padre, nos envía su desesperada historia, desde las tierras Deltebre.
Sus compañeros, padres y nueva pareja la sufren con él por su justa reivindicación. Eliseu puede ir a la cárcel, no ha delinquido ni matado a nadie, solo reclama seguir siendo padre y por este motivo existe orden de ingreso carcelario.
La fecha de ingreso voluntaria ya ha pasado, el juez no revoca la orden y Eliseu espera, en la soledad de su tienda de campaña prestada, a que le declaren en busca y captura para compartir encierro, tal vez con delincuentes comunes, o tal vez con otros hombres que como él reclaman el derecho a ser padres.
En los últimos años, la violencia llamada de Género ha llevado a que la Justicia y su coro de palmeros, dependientes del partidismo político dictatorial, lleven a situaciones tan esperpénticas pero trágicas a todos aquellos hombres cuyo único delito es reclamar un derecho, seguir siendo padres.
- Estoy en huelga por que llevo un caso de 6 años, que no hay manera de solucionar. Y me veo en prisión y con la vida destrozada por algo que no he hecho.
- ¿Te sientes maltratado por la justicia?
- En un principio sí, por que la justicia toleró que me quitaran a mi hijo y ahora me condena a prisión sin ningún tipo de prueba, de testigo y sin escuchar mi inocencia.
- ¿Como empezó tu historia?
- Con un divorcio de mutuo acuerdo donde mi exmujer aprovaba la custodia de nuestro hijo hacia mi y ella obtenia otras cosas de la finalización del matrimonio. En el año 2005.
- ¿Quien te denunció y por qué?
- La primera denuncia la puse yo cuando mi exmujer, al cabo de poco tiempo y aprovechando su periodo de vacaciones, no devolvió a nuestro hijo cuando habíamos acordado. No volví a tenerlo más conmigo, durante tres años. Mientras tanto, mi denuncia puesta por la substracción del menor, no tenía fecha de juicio, ella solicitó una revisión de medidas y el Juez me quitó la guada de mi hijo para darsela a la madre. Al cabo de seis meses, por mi primera denuncia por la substracción a la madre la multaron con 150 €. Cuando llamaba a la madre, para poder hablar con mi hijo, siempre se acababa produciendo una denuncia contra
mí, por amenazarla o insultarla... en una primera me pusieron una orden de alejamiento y privación de comunicación con ella, pero tras una recepción de una llamada suya, indicando a un familiar mío que el
niño quería hablar conmigo, yo volví a llamarla y me denunció por insultarla con lo cual, el Juez de Motril entendió que su argumentación, todo y negarlo yo en todo momento, era delito y por tanto me sentenció a 7 meses de prisión con orden de ingreso voluntario en el centro penitenciario de Alcolote.
- La orden de ingreso a la cárcel voluntariamente ya está pasada de fecha ¿hasta donde estás dispuesto a llegar?
- Sí, la orden de ingreso voluntario está ya pasado, ahora estoy a la espera de que ejecuten la orden de busqueda y captura. ¿Hasta donde estoy dispuesto a llegar?, no puedo contestarte a esta pregunta, espero solo que la justicia me reconozca como inocente y me indulte o bien, que me cambien la prisión por trabajos comunitarios. Lo que no quiero, es que mis vecinos, mi familia, mis amigos,...me vean como algo que no soy, un maltratador, un supuesto delincuente criminal, un culpable.
- ¿Te sientes apoyado por la opinión pública?
- Mucho, tengo que agradecer de todo corazón, el gran apoyo que desde el primer día, me han dado mis vecinos de Deltebre y el Ayuntamiento del pueblo. Y por otra parte el apoyo humano y de trabajo por parte de los miembros de APFS en Terres de l'Ebre y de Tarragona per la Custòdia Compartida. Y como no, con muchísimo cariño, de mi actual pareja y mis padres, hermanos y familiares próximos.
- ¿Existen muchos casos de hombres afectados por la justicia?
- En mi punto de vista, hay muchísimos casos que estan igual que yo o peor. Demasiados.
- ¿Cómo afecta al menor la negación de custodia compartida?
- Tanto la madre como el padre son imprescindibles para los niños, todos y cada uno de ellos tienen valores diferentes que pueden enriquecer el crecimiento de los niños. ¿Que punto de vista tendran nuestros hijos, cuando sean mayores, en cuanto a lo que es el sentido de la familia, si desde pequeños, los hemos enseñado a criarse sin uno de su progenitores? alguien que solo forma parte de ellos, por que un día determinado, o bien un progenitor, o bien un juzgado, o bien la negación de uno de sus progenitors, le ha privado de una de las partes más importantes de su vida, sea padre o madre.
- ¿Crees que en muchos casos los jueces ignoran el bien del menor entregando la custodia solo a la madre?
- Sin duda alguna, en mi caso, Sí se ha perjudicado al niño. Existen muchos casos y no todos son iguales.
- ¿Por qué y en qué casos?
- Tal y como he comentado antes, cada progenitor tiene criterios diferentes de educar, de cuidar, de mimar a nuestros hijos. Cuando en un juzgado, se decide alejar a un padre o una madre de su hijo o hija, todo y que él o ella desea formar parte de la vida de sus hijos, a los niños, se les priva y no se les favorece. Cuando uno de sus progenitores, por la razón que sea, no se percata de la importancia que juega en la vida de su hijo, y se desentiendo, hay que hacerle entender del daño que le esta creando a su hijo. En todo caso, que ambos progenitores, quieren y desean hacer de padres todo y vivir vidas diferentes, hay que mirar por el menor, dejar de lado los intereses como adultos y ejercer por partes iguales de lo que un buen día decidieron ser.... Madre y Padre.
- ¿Cómo se comportan contigo las fuerzas de orden público, aquí durante tu huelga?
- En pocas palabras, solo puedo agradecerles el comportamiento que día tras día tienen conmigo, desde la Policía Municipal, pasando por los Mossos d'Esquadra y Guardia Civil. Para tu conocimiento, todos los días vienen a visitarme, a informarse de la situación y a hacer su trabajo de control rutinario que no exista problema alguno.
- ¿Crees que se manipulan informes psicosociales para influir en la concesión de la Custodia?
- Paula, yo no puedo contestarte a esta pregunta, si en caso alguno de los miembros de las asociaciones, si te la contestarían por las conversaciones que hemos tenido y tenemos durante estos días. Lo que si pienso, es que demasiadas veces acabamos en los juzgados por tonterías y estas tonterías acaban haciendo mucho daño.
- ¿Te sientes tratado justamente?
- Por lo que en mi caso se refiero no tengo queja alguna, puesto que en el juicio que tuve, todos ellos, me dieron como hombre capacitado para ejercer de padre, otra cosa fue lo que el Juez creyó que se debía de hacer, que fue tolerar que me quitaran a mi hijo.
- Como portavoz de los hombres en tu situación ¿qué le pedirías a los jueces?
- A los jueces les pediría que no condenaran, cuando como en mi caso han hecho, sin pruebas, sin testimonios y tal y como dijo la Juez de Motril, poniendo por encima la palabra de ella sobre la mia independientemente fuera mentira o verdad.
- Por último Eliseu ¿cómo te sientes?
- ¿Cómo me puedo sentir, cuando veo que mi vida se puede ir totalmente al traste?. Mal, muy mal. Ante la Justicia, me siento desprotegido totalmente, a la espera de lo que resulte por la presión de mi abogado y del trabajo de las asociaciones, pero totalmente desprotegido.
Cuando más desfallecido me siento, solo puedo pensar en mi hijo, en mi pareja, en el hijo de ella que convive con nosotros, en mis padres, en mis hermanos... en mí, en los seres que quiero.
Gracias por todo Paula, todo lo que necesites, pídemelo.
http://www.eldigitaldemadrid.es/articulo_c/general/1952/la-historia-y-la-entrevista-con-eliseu
MIÉRCOLES 23 DE FEBRERO DE 2011
Desde su tienda de campaña Eliseu, el padre que tomó la decisión de ponerse en huelga, reclamando la posibilidad de seguir siendo padre, nos envía su desesperada historia, desde las tierras Deltebre.
Sus compañeros, padres y nueva pareja la sufren con él por su justa reivindicación. Eliseu puede ir a la cárcel, no ha delinquido ni matado a nadie, solo reclama seguir siendo padre y por este motivo existe orden de ingreso carcelario.
La fecha de ingreso voluntaria ya ha pasado, el juez no revoca la orden y Eliseu espera, en la soledad de su tienda de campaña prestada, a que le declaren en busca y captura para compartir encierro, tal vez con delincuentes comunes, o tal vez con otros hombres que como él reclaman el derecho a ser padres.
En los últimos años, la violencia llamada de Género ha llevado a que la Justicia y su coro de palmeros, dependientes del partidismo político dictatorial, lleven a situaciones tan esperpénticas pero trágicas a todos aquellos hombres cuyo único delito es reclamar un derecho, seguir siendo padres.
ENTREVISTA CON ELISEU ALIAU
"PIDO A LOS JUECES QUE NO CONDENEN SIN PRUEBAS"
- ¿Por qué estás en huelga?- Estoy en huelga por que llevo un caso de 6 años, que no hay manera de solucionar. Y me veo en prisión y con la vida destrozada por algo que no he hecho.
- ¿Te sientes maltratado por la justicia?
- En un principio sí, por que la justicia toleró que me quitaran a mi hijo y ahora me condena a prisión sin ningún tipo de prueba, de testigo y sin escuchar mi inocencia.
- ¿Como empezó tu historia?
- Con un divorcio de mutuo acuerdo donde mi exmujer aprovaba la custodia de nuestro hijo hacia mi y ella obtenia otras cosas de la finalización del matrimonio. En el año 2005.
- ¿Quien te denunció y por qué?
- La primera denuncia la puse yo cuando mi exmujer, al cabo de poco tiempo y aprovechando su periodo de vacaciones, no devolvió a nuestro hijo cuando habíamos acordado. No volví a tenerlo más conmigo, durante tres años. Mientras tanto, mi denuncia puesta por la substracción del menor, no tenía fecha de juicio, ella solicitó una revisión de medidas y el Juez me quitó la guada de mi hijo para darsela a la madre. Al cabo de seis meses, por mi primera denuncia por la substracción a la madre la multaron con 150 €. Cuando llamaba a la madre, para poder hablar con mi hijo, siempre se acababa produciendo una denuncia contra
mí, por amenazarla o insultarla... en una primera me pusieron una orden de alejamiento y privación de comunicación con ella, pero tras una recepción de una llamada suya, indicando a un familiar mío que el
niño quería hablar conmigo, yo volví a llamarla y me denunció por insultarla con lo cual, el Juez de Motril entendió que su argumentación, todo y negarlo yo en todo momento, era delito y por tanto me sentenció a 7 meses de prisión con orden de ingreso voluntario en el centro penitenciario de Alcolote.
- La orden de ingreso a la cárcel voluntariamente ya está pasada de fecha ¿hasta donde estás dispuesto a llegar?
- Sí, la orden de ingreso voluntario está ya pasado, ahora estoy a la espera de que ejecuten la orden de busqueda y captura. ¿Hasta donde estoy dispuesto a llegar?, no puedo contestarte a esta pregunta, espero solo que la justicia me reconozca como inocente y me indulte o bien, que me cambien la prisión por trabajos comunitarios. Lo que no quiero, es que mis vecinos, mi familia, mis amigos,...me vean como algo que no soy, un maltratador, un supuesto delincuente criminal, un culpable.
- ¿Te sientes apoyado por la opinión pública?
- Mucho, tengo que agradecer de todo corazón, el gran apoyo que desde el primer día, me han dado mis vecinos de Deltebre y el Ayuntamiento del pueblo. Y por otra parte el apoyo humano y de trabajo por parte de los miembros de APFS en Terres de l'Ebre y de Tarragona per la Custòdia Compartida. Y como no, con muchísimo cariño, de mi actual pareja y mis padres, hermanos y familiares próximos.
- ¿Existen muchos casos de hombres afectados por la justicia?
- En mi punto de vista, hay muchísimos casos que estan igual que yo o peor. Demasiados.
- ¿Cómo afecta al menor la negación de custodia compartida?
- Tanto la madre como el padre son imprescindibles para los niños, todos y cada uno de ellos tienen valores diferentes que pueden enriquecer el crecimiento de los niños. ¿Que punto de vista tendran nuestros hijos, cuando sean mayores, en cuanto a lo que es el sentido de la familia, si desde pequeños, los hemos enseñado a criarse sin uno de su progenitores? alguien que solo forma parte de ellos, por que un día determinado, o bien un progenitor, o bien un juzgado, o bien la negación de uno de sus progenitors, le ha privado de una de las partes más importantes de su vida, sea padre o madre.
- ¿Crees que en muchos casos los jueces ignoran el bien del menor entregando la custodia solo a la madre?
- Sin duda alguna, en mi caso, Sí se ha perjudicado al niño. Existen muchos casos y no todos son iguales.
- ¿Por qué y en qué casos?
- Tal y como he comentado antes, cada progenitor tiene criterios diferentes de educar, de cuidar, de mimar a nuestros hijos. Cuando en un juzgado, se decide alejar a un padre o una madre de su hijo o hija, todo y que él o ella desea formar parte de la vida de sus hijos, a los niños, se les priva y no se les favorece. Cuando uno de sus progenitores, por la razón que sea, no se percata de la importancia que juega en la vida de su hijo, y se desentiendo, hay que hacerle entender del daño que le esta creando a su hijo. En todo caso, que ambos progenitores, quieren y desean hacer de padres todo y vivir vidas diferentes, hay que mirar por el menor, dejar de lado los intereses como adultos y ejercer por partes iguales de lo que un buen día decidieron ser.... Madre y Padre.
- ¿Cómo se comportan contigo las fuerzas de orden público, aquí durante tu huelga?
- En pocas palabras, solo puedo agradecerles el comportamiento que día tras día tienen conmigo, desde la Policía Municipal, pasando por los Mossos d'Esquadra y Guardia Civil. Para tu conocimiento, todos los días vienen a visitarme, a informarse de la situación y a hacer su trabajo de control rutinario que no exista problema alguno.
- ¿Crees que se manipulan informes psicosociales para influir en la concesión de la Custodia?
- Paula, yo no puedo contestarte a esta pregunta, si en caso alguno de los miembros de las asociaciones, si te la contestarían por las conversaciones que hemos tenido y tenemos durante estos días. Lo que si pienso, es que demasiadas veces acabamos en los juzgados por tonterías y estas tonterías acaban haciendo mucho daño.
- ¿Te sientes tratado justamente?
- Por lo que en mi caso se refiero no tengo queja alguna, puesto que en el juicio que tuve, todos ellos, me dieron como hombre capacitado para ejercer de padre, otra cosa fue lo que el Juez creyó que se debía de hacer, que fue tolerar que me quitaran a mi hijo.
- Como portavoz de los hombres en tu situación ¿qué le pedirías a los jueces?
- A los jueces les pediría que no condenaran, cuando como en mi caso han hecho, sin pruebas, sin testimonios y tal y como dijo la Juez de Motril, poniendo por encima la palabra de ella sobre la mia independientemente fuera mentira o verdad.
- Por último Eliseu ¿cómo te sientes?
- ¿Cómo me puedo sentir, cuando veo que mi vida se puede ir totalmente al traste?. Mal, muy mal. Ante la Justicia, me siento desprotegido totalmente, a la espera de lo que resulte por la presión de mi abogado y del trabajo de las asociaciones, pero totalmente desprotegido.
Cuando más desfallecido me siento, solo puedo pensar en mi hijo, en mi pareja, en el hijo de ella que convive con nosotros, en mis padres, en mis hermanos... en mí, en los seres que quiero.
Gracias por todo Paula, todo lo que necesites, pídemelo.
http://www.eldigitaldemadrid.es/articulo_c/general/1952/la-historia-y-la-entrevista-con-eliseu
El juez Francisco Serrano cree que la ley establece un 'derecho penal de autor'
En respuesta a Soledad Cabezón, secretaria de Políticas de Igualdad del PSOE
Sevilla miércoles 01/12/2010
El juez de Familia de Sevilla y presidente de la Plataforma Ciudadana por la Igualdad, Francisco Serrano, ha asegurado que la ley de violencia de género "establece penas distintas por los mismos hechos por cuestión de sexo, y establece un derecho penal de autor".
El juez Francisco Serrano se ha pronunciado de este modo después de que la secretaria de Políticas de Igualdad del PSOE, Soledad Cabezón, le pidiera este martes que explique por qué critica "continuamente" la ley contra la violencia de género.
En este sentido, ha recordado que hasta cuatro magistrados del Tribunal Constitucional (TC) "criticaron" lo mismo que él en sus votos particulares sobre la ley, y en esa misma línea, según ha añadido, se sitúa el informe realizado sobre la ley en el año 2004 por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Al hilo de ello, ha criticado que la ley "presupone la culpabilidad masculina, quebrantando así la presunción de inocencia", mientras que "convierte todo enfrentamiento en la relación de pareja en maltrato si el autor es un varón, independientemente de su gravedad y de si ha existido una conducta que sea manifestación de discusión, desigualdad, dominación y sometimiento del varón sobre la mujer".
Asimismo, y tras indicar que "esta voluntariedad machista la está exigiendo ya el Tribunal Supremo", ha aseverado que "si el maltrato machista se interpretara en ese sentido, la calificación de maltratador quedaría reducida a menos de un tres por ciento, según los propios datos del Observatorio de Violencia sobre la Mujer".
De este modo, ha criticado que la ley "sigue dejando desprotegida a la mujer auténticamente maltratada", tras lo que ha instado a Soledad Cabezón a que "pida explicaciones" a la presidenta de la Comisión de Justicia de la Unión Europea, Viviane Reding, "que se ha negado a implantar la euroorden de protección diciendo que es un disparate", y que "al mismo tiempo que le pide explicaciones, le diga también que es una irresponsable".
Por último, el juez Serrano ha señalado que si la dirigente socialista "quiere un debate, establezcamos un cara a cara abierto y no manipulado para contrastar las opiniones, todo ello desde la serenidad y el rigor".
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/12/01/andalucia/1291206183.html
Sevilla miércoles 01/12/2010
El juez de Familia de Sevilla y presidente de la Plataforma Ciudadana por la Igualdad, Francisco Serrano, ha asegurado que la ley de violencia de género "establece penas distintas por los mismos hechos por cuestión de sexo, y establece un derecho penal de autor".
El juez Francisco Serrano se ha pronunciado de este modo después de que la secretaria de Políticas de Igualdad del PSOE, Soledad Cabezón, le pidiera este martes que explique por qué critica "continuamente" la ley contra la violencia de género.
En este sentido, ha recordado que hasta cuatro magistrados del Tribunal Constitucional (TC) "criticaron" lo mismo que él en sus votos particulares sobre la ley, y en esa misma línea, según ha añadido, se sitúa el informe realizado sobre la ley en el año 2004 por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Al hilo de ello, ha criticado que la ley "presupone la culpabilidad masculina, quebrantando así la presunción de inocencia", mientras que "convierte todo enfrentamiento en la relación de pareja en maltrato si el autor es un varón, independientemente de su gravedad y de si ha existido una conducta que sea manifestación de discusión, desigualdad, dominación y sometimiento del varón sobre la mujer".
Asimismo, y tras indicar que "esta voluntariedad machista la está exigiendo ya el Tribunal Supremo", ha aseverado que "si el maltrato machista se interpretara en ese sentido, la calificación de maltratador quedaría reducida a menos de un tres por ciento, según los propios datos del Observatorio de Violencia sobre la Mujer".
De este modo, ha criticado que la ley "sigue dejando desprotegida a la mujer auténticamente maltratada", tras lo que ha instado a Soledad Cabezón a que "pida explicaciones" a la presidenta de la Comisión de Justicia de la Unión Europea, Viviane Reding, "que se ha negado a implantar la euroorden de protección diciendo que es un disparate", y que "al mismo tiempo que le pide explicaciones, le diga también que es una irresponsable".
Por último, el juez Serrano ha señalado que si la dirigente socialista "quiere un debate, establezcamos un cara a cara abierto y no manipulado para contrastar las opiniones, todo ello desde la serenidad y el rigor".
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/12/01/andalucia/1291206183.html
miércoles, 23 de febrero de 2011
Sevilla acoge la presentación de dos libros sobre Derecho de Familia
22 Feb. 2011 - LAWYERPRESS
Las obras "Relaciones paterno-filiales", "Vivienda familiar y cargas del matrimonio" y la innovadora Suite Jurídica, centraron la atención del centenar de asistentes congregados en el Colegio de Abogados
El Colegio de Abogados de Sevilla fue el escenario de la presentación de los libros: "Relaciones paterno-filiales" y "Vivienda familiar y cargas del matrimonio", editados por El Derecho, cuyo autor es Francisco de Asís Serrano Castro, magistrado del juzgado de Primera Instancia nº 7 de Familia, Sevilla.
Además del autor de las obras, la mesa presidencial estuvo formada por de Manuel Altava Lavall, senador de las Cortes Generales, el magistrado Damián Álvarez, presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, Agustín Medina, director de Marketing y Desarrollo de Negocio de El Derecho, y el decano del Colegio de Abogados de Sevilla, José Joaquín Gallardo Rodríguez, que actuó de moderador.
Ante un centenar de asistentes del mundo jurídico que se congregó en la sede colegial hispalense, Manuel Altava Lavall destacó la necesidad de implantar la custodia compartida de régimen preferente en los procesos de separación o divorcio, puesto que en la custodia compartida se conjugan dos derechos básicos: el que tienen los hijos para mantener una relación con sus padres y del de éstos para educar y criar a los niños. El senador calificó al autor como un “juez anglosajón”, innovador y que se adelanta a la legislación.
Por su parte, el magistrado Francisco de Asís Serrano Castro hizo una rápida valoración de las situaciones conflictivas en un divorcio en las que siempre hay que “primar y anteponer el interés del menor”. Un interés que, no obstante, hay que analizarlo caso por caso, y “en el que las circunstancias económico-sociales influyen de manera determinante”, destacó.
En las obras “Relaciones paterno-filiales" y "Vivienda familiar y cargas del matrimonio", Francisco de Asís Serrano Castro analiza desde un punto de vista práctico y jurisprudencial las relaciones paterno-filiales en los procesos matrimoniales y de familia en general (patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia y gastos extraordinarios). Aborda los principales motivos de conflicto entre los progenitores y su problemática, y analiza minuciosamente las decisiones judiciales al respecto.
Además, profundiza en la controvertida atribución del derecho de uso de la vivienda familiar y ajuar doméstico en los procesos matrimoniales, así como la contribución a las cargas del matrimonio.
Presentación de la Suite Jurídica El Derecho
El acto comenzó con una demostración de la Suite Jurídica El Derecho, a cargo de Agustín Medina, un innovador y revolucionario sistema integrado de contenidos, servicios y herramientas para el profesional jurídico basado en el iPad 3G de Apple, el dispositivo de movilidad más avanzado del mercado. Gracias a la Suite Jurídica, el profesional jurídico puede disponer de un conjunto integrado de contenidos, servicios y herramientas que ofrecen respuesta a todas sus necesidades de información. Eficiencia y calidad de vida en su trabajo diario.
http://www.lawyerpress.com/news/2011_02/22_02_2011_007.html
Las obras "Relaciones paterno-filiales", "Vivienda familiar y cargas del matrimonio" y la innovadora Suite Jurídica, centraron la atención del centenar de asistentes congregados en el Colegio de Abogados
El Colegio de Abogados de Sevilla fue el escenario de la presentación de los libros: "Relaciones paterno-filiales" y "Vivienda familiar y cargas del matrimonio", editados por El Derecho, cuyo autor es Francisco de Asís Serrano Castro, magistrado del juzgado de Primera Instancia nº 7 de Familia, Sevilla.
Además del autor de las obras, la mesa presidencial estuvo formada por de Manuel Altava Lavall, senador de las Cortes Generales, el magistrado Damián Álvarez, presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, Agustín Medina, director de Marketing y Desarrollo de Negocio de El Derecho, y el decano del Colegio de Abogados de Sevilla, José Joaquín Gallardo Rodríguez, que actuó de moderador.
Ante un centenar de asistentes del mundo jurídico que se congregó en la sede colegial hispalense, Manuel Altava Lavall destacó la necesidad de implantar la custodia compartida de régimen preferente en los procesos de separación o divorcio, puesto que en la custodia compartida se conjugan dos derechos básicos: el que tienen los hijos para mantener una relación con sus padres y del de éstos para educar y criar a los niños. El senador calificó al autor como un “juez anglosajón”, innovador y que se adelanta a la legislación.
Por su parte, el magistrado Francisco de Asís Serrano Castro hizo una rápida valoración de las situaciones conflictivas en un divorcio en las que siempre hay que “primar y anteponer el interés del menor”. Un interés que, no obstante, hay que analizarlo caso por caso, y “en el que las circunstancias económico-sociales influyen de manera determinante”, destacó.
En las obras “Relaciones paterno-filiales" y "Vivienda familiar y cargas del matrimonio", Francisco de Asís Serrano Castro analiza desde un punto de vista práctico y jurisprudencial las relaciones paterno-filiales en los procesos matrimoniales y de familia en general (patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia y gastos extraordinarios). Aborda los principales motivos de conflicto entre los progenitores y su problemática, y analiza minuciosamente las decisiones judiciales al respecto.
Además, profundiza en la controvertida atribución del derecho de uso de la vivienda familiar y ajuar doméstico en los procesos matrimoniales, así como la contribución a las cargas del matrimonio.
Presentación de la Suite Jurídica El Derecho
El acto comenzó con una demostración de la Suite Jurídica El Derecho, a cargo de Agustín Medina, un innovador y revolucionario sistema integrado de contenidos, servicios y herramientas para el profesional jurídico basado en el iPad 3G de Apple, el dispositivo de movilidad más avanzado del mercado. Gracias a la Suite Jurídica, el profesional jurídico puede disponer de un conjunto integrado de contenidos, servicios y herramientas que ofrecen respuesta a todas sus necesidades de información. Eficiencia y calidad de vida en su trabajo diario.
http://www.lawyerpress.com/news/2011_02/22_02_2011_007.html
El menor, víctima sin derechos
por Paula Ballesteros
SÁBADO 19 DE FEBRERO DE 2011
En un Estado de Derecho disfrazado de democracia, al menor se le trata como a un rebaño de ovejas, cosa por otra parte nada diferente de la justicia con la que los ciudadanos adultos nos sentimos tratados. La palabra democracia viene muy grande para referirse al gobierno bajo el que estamos. El ciudadano de a pie comprueba con estupor cómo bajo el disfraz demócrata se esconde la tiranía de unas leyes prohibitivas y castrantes de derechos fundamentales como ser libre.
Hemos llegado a dudar de todos esos organismos que bajo nombres biensonantes, esconden nidos de corrupción que a la ciudadanía le cuestan la parte de los impuestos que pagaríamos con gusto si los servicios que publicitan fuesen reales. Defensor del Menor, Centros de Reinserción, Fiscalía de Menores, Centros de Acogida para mujeres y niños víctimas de Violencia de Género... etiquetas todas que sugerían la seguridad y bienestar en los que podríamos vivir, pero que con el paso del tiempo y los efectos devastadores de su existencia, lamentamos haber dejado que nuestros votos hayan permitido al gobierno crear cuevas de Alí Babá con cargo a los presupuestos del Estado y al dolor de muchas personas necesitadas de verdadera ayuda.
Lo políticamente correcto sería decir que nuestros gobernantes se ocupan de crear organismos para todas y cada una de las necesidades del ciudadano, pero es la gran patraña en la que muchos han querido vivir, tildando de fascistas a quienes hemos manifestado desacuerdo. Ahora se lamentan y solo unos pocos, comparado su número con los que defendían la honestidad de nuestros gobernantes, seguimos en la brecha denunciando la gran mentira en la que hemos vivido bajo un gobierno que se llama Partido Socialista Obrero Español.
Lo terrible no es para los adultos, los votantes; lo escandaloso son los menores que sin haberlo votado sufren las consecuencias de los votos irreflexivos y guiados por el talante, de sus mayores.
El Estado tiene poder para condenar a un niño a la vergüenza de tener un padre tratado como delincuente por el método de la denuncia falsa. El Estado tiene poder para cambiar el plan de estudio tantas veces como le dé la gana, aunque el precio sea el índice de preparación de nuestros escolares, de los más bajos de Europa, en un país con el mayor número de abandono de la educación elemental y básica, esa etapa indispensable para conseguir que al menor le dé tiempo a extraer el beneficio de una buena lectura.
El Estado tiene poder para aborregar a la sociedad con programas alienantes de telebasura con gran índice de audiencia y publicitar al mismo tiempo todos esos organismos que nos mecen en el sueño de los santos inocentes, hasta que se necesitan sus servicios.
Gran número de familias estarían dispuestas a acoger a esos menores en periodos de necesidad. Otras adoptarían a esos menores necesitados del amor que les pueden dar ellos, sin embargo lo terrible y escandaloso es que muchos menores, que tiene familia y no solo los padres, también tíos, abuelos que les ofrecen acogida, están alejados de todo eso porque el Estado tiene poder.
El Estado tiene poder, pero con la Ley de Violencia de Género las mujeres asesinadas no descienden. El Estado tiene poder para someter al niño a la tortura de un trauma que como a todo nos tienen acostumbrados, le ponen nombre y le llaman SAP para justificarlo, cosificando el dolor y el desconcierto que cualquiera sentiríamos al ver nuestro mundo terminado: en el caso del menor, con la separación de los padres.
Pero el Estado tiene poder para seguir desviando fondos, en su mayor parte, como estamos comprobando, hasta las cuevas de latrocinio y corrupción con nombres tranquilizadores socialmente. El Estado tiene tanto poder, que aunque se descubran estos nidos, las ratas que los regentan, siguen haciéndolo. El Estado tiene tanto poder que en este país nunca pasa nada y los delincuentes adquieren el estatus de intocables, renovándose las mesnadas de estómagos agradecidos en cargos que garanticen su nivel de vida a costa de los Santos Inocentes en los que nos han convertido.
Puede que, como en alguna ocasión ya me ha sucedido, alguno de esos estómagos agradecidos, me escriba una carta exigiendo su publicación en la que me diga que no doy cifras. Publicaré la carta, tienen el mismo derecho que yo para hacerlo con este artículo de opinión.
Respecto a las cifras lo mismo que en otras ocasiones les recomendaré que salgan de sus palacios y bajando a la calle vivan la realidad, el sufrimiento y la crispación de una sociedad que aunque sí conoce el verdadero precio del café, ya no puede tomarlo porque no tiene dinero o los autónomos de la hostelería han dejado de cotizar a la Seguridad Social: el Estado tiene tanto poder que han cerrado su medio de vida.
Los adultos protestamos, nos indignamos y sufrimos pero los niños, los menores inocentes sufren el peor maltrato que se puede infligir a nadie, la ignorancia de su existencia. Eso es lo que se está haciendo con nuestros menores y si el día de mañana, cuando como adultos tengan capacidad de voto nos desprecian, tendrán sobrados motivos para hacerlo porque hemos dado tanto poder al Estado que el sufrimiento de su infancia continuará con la deuda, que nosotros permitimos y ellos tendrán que pagar.
Algunos mayores reaccionan, se unen y forman asociaciones para la defensa del menor, luchan por los derechos de los que ahora no tienen voto y pagan las consecuencias de una sociedad que le permite tanto poder al Estado.
Hoy mis dedos han querido expresar mi reconocimiento por una asociación en defensa del menor, merece la pena leer sus estatutos y reclamaciones, lo que con esfuerzo tratan de conseguir por ellos mismos ya que el Estado, su poder y los organismos con nombre biensonante creados para ello, no hacen.
Se hacen llamar APRODEME, tienen web y correo electrónico (asociaciondefensamenores@gmail.com) disponibles para todo aquel lo necesite, y en su estupendo memorándum de presentación, que puedes leer íntegro pinchando en el enlace, dicen cosas tan de sentido común como ésta:
APRODEME nace con el fin prioritario de defender a las familias afectadas por decisiones de la Administración responsable en materia de Menores. Entre nuestros objetivos destaca:
· Denunciar las actuaciones arbitrarias de la Administración Pública en materia de menores, que confunden desamparo y riesgo, que no dudan en apartar a niños de sus familias antes que darles apoyo.
· Denunciar las actuaciones y los informes basados en suposiciones o pruebas sin fundamento y sin tener en cuenta a la familia extensa.
· Articular medidas de ayuda, apoyo e información a las familias.
· Exigir el respeto a los derechos del menor y de sus familias, sin que el supuesto “interés superior del menor” se convierta en una carta blanca de la administración para la toma de decisiones que se saltan cualquier derecho del menor con actuaciones injustas e injustificadas.
· Colaborar para que la lentitud de determinados trámites y procesos no revierta en daños mayores a los menores.
· Exigir que se acabe con la falta de transparencia, la negación del derecho a la información y la elaboración de expedientes a partir de "una denuncia anónima" o basándose "en sospechas" no probadas.
· Constituirse como Observatorio para asegurar la aplicación correcta de la ley y detectar qué aspectos legislativos pueden ser mejorados. La asociación aporta también apoyo jurídico y psicológico a las familias a través de varios gabinetes profesionales.
APRODEME quiere ser un interlocutor con la administración, uniendo las voces de las familias afectadas, para que se conozca la situación real y mejorar el funcionamiento del sistema, que en la práctica tiene graves disfunciones.
SÁBADO 19 DE FEBRERO DE 2011
En un Estado de Derecho disfrazado de democracia, al menor se le trata como a un rebaño de ovejas, cosa por otra parte nada diferente de la justicia con la que los ciudadanos adultos nos sentimos tratados. La palabra democracia viene muy grande para referirse al gobierno bajo el que estamos. El ciudadano de a pie comprueba con estupor cómo bajo el disfraz demócrata se esconde la tiranía de unas leyes prohibitivas y castrantes de derechos fundamentales como ser libre.
Hemos llegado a dudar de todos esos organismos que bajo nombres biensonantes, esconden nidos de corrupción que a la ciudadanía le cuestan la parte de los impuestos que pagaríamos con gusto si los servicios que publicitan fuesen reales. Defensor del Menor, Centros de Reinserción, Fiscalía de Menores, Centros de Acogida para mujeres y niños víctimas de Violencia de Género... etiquetas todas que sugerían la seguridad y bienestar en los que podríamos vivir, pero que con el paso del tiempo y los efectos devastadores de su existencia, lamentamos haber dejado que nuestros votos hayan permitido al gobierno crear cuevas de Alí Babá con cargo a los presupuestos del Estado y al dolor de muchas personas necesitadas de verdadera ayuda.
Lo políticamente correcto sería decir que nuestros gobernantes se ocupan de crear organismos para todas y cada una de las necesidades del ciudadano, pero es la gran patraña en la que muchos han querido vivir, tildando de fascistas a quienes hemos manifestado desacuerdo. Ahora se lamentan y solo unos pocos, comparado su número con los que defendían la honestidad de nuestros gobernantes, seguimos en la brecha denunciando la gran mentira en la que hemos vivido bajo un gobierno que se llama Partido Socialista Obrero Español.
Lo terrible no es para los adultos, los votantes; lo escandaloso son los menores que sin haberlo votado sufren las consecuencias de los votos irreflexivos y guiados por el talante, de sus mayores.
Fotograma de 'Los Santos Inocentes', basada en la obra de Delibes: ha cambiado la época, la edad y el atuendo; pero sigue habiendo inocentes como ellos
El Estado tiene poder para separar a los niños de sus padres cuando éstos no tienen medios y recluirlos en un centro atendido por extraños en lugar de ayudar a esos padres para que puedan atender sus necesidades dentro de la familia a la que conocen.El Estado tiene poder para condenar a un niño a la vergüenza de tener un padre tratado como delincuente por el método de la denuncia falsa. El Estado tiene poder para cambiar el plan de estudio tantas veces como le dé la gana, aunque el precio sea el índice de preparación de nuestros escolares, de los más bajos de Europa, en un país con el mayor número de abandono de la educación elemental y básica, esa etapa indispensable para conseguir que al menor le dé tiempo a extraer el beneficio de una buena lectura.
El Estado tiene poder para aborregar a la sociedad con programas alienantes de telebasura con gran índice de audiencia y publicitar al mismo tiempo todos esos organismos que nos mecen en el sueño de los santos inocentes, hasta que se necesitan sus servicios.
Gran número de familias estarían dispuestas a acoger a esos menores en periodos de necesidad. Otras adoptarían a esos menores necesitados del amor que les pueden dar ellos, sin embargo lo terrible y escandaloso es que muchos menores, que tiene familia y no solo los padres, también tíos, abuelos que les ofrecen acogida, están alejados de todo eso porque el Estado tiene poder.
El Estado tiene poder, pero con la Ley de Violencia de Género las mujeres asesinadas no descienden. El Estado tiene poder para someter al niño a la tortura de un trauma que como a todo nos tienen acostumbrados, le ponen nombre y le llaman SAP para justificarlo, cosificando el dolor y el desconcierto que cualquiera sentiríamos al ver nuestro mundo terminado: en el caso del menor, con la separación de los padres.
Este vídeo de Amnistía Internacional pone el dedo en la llaga como pocos
El Estado sigue teniendo poder, pero ante el verdadero maltrato de un menor, no votante, seguimos presenciando cómo esos mismos niños son maltratados en el ámbito familiar ignorado por aquellos encargados de la defensa del menor, que se enteran por la prensa de un desgraciado asunto. El Estado tiende sus tentáculos y no evita el maltrato del profesorado y el acoso escolar que conduce a uno de esos menores, para los que crea organismos y figuras que los representan, hasta el suicidio.Pero el Estado tiene poder para seguir desviando fondos, en su mayor parte, como estamos comprobando, hasta las cuevas de latrocinio y corrupción con nombres tranquilizadores socialmente. El Estado tiene tanto poder, que aunque se descubran estos nidos, las ratas que los regentan, siguen haciéndolo. El Estado tiene tanto poder que en este país nunca pasa nada y los delincuentes adquieren el estatus de intocables, renovándose las mesnadas de estómagos agradecidos en cargos que garanticen su nivel de vida a costa de los Santos Inocentes en los que nos han convertido.
Puede que, como en alguna ocasión ya me ha sucedido, alguno de esos estómagos agradecidos, me escriba una carta exigiendo su publicación en la que me diga que no doy cifras. Publicaré la carta, tienen el mismo derecho que yo para hacerlo con este artículo de opinión.
Respecto a las cifras lo mismo que en otras ocasiones les recomendaré que salgan de sus palacios y bajando a la calle vivan la realidad, el sufrimiento y la crispación de una sociedad que aunque sí conoce el verdadero precio del café, ya no puede tomarlo porque no tiene dinero o los autónomos de la hostelería han dejado de cotizar a la Seguridad Social: el Estado tiene tanto poder que han cerrado su medio de vida.
Los adultos protestamos, nos indignamos y sufrimos pero los niños, los menores inocentes sufren el peor maltrato que se puede infligir a nadie, la ignorancia de su existencia. Eso es lo que se está haciendo con nuestros menores y si el día de mañana, cuando como adultos tengan capacidad de voto nos desprecian, tendrán sobrados motivos para hacerlo porque hemos dado tanto poder al Estado que el sufrimiento de su infancia continuará con la deuda, que nosotros permitimos y ellos tendrán que pagar.
Algunos mayores reaccionan, se unen y forman asociaciones para la defensa del menor, luchan por los derechos de los que ahora no tienen voto y pagan las consecuencias de una sociedad que le permite tanto poder al Estado.
Hoy mis dedos han querido expresar mi reconocimiento por una asociación en defensa del menor, merece la pena leer sus estatutos y reclamaciones, lo que con esfuerzo tratan de conseguir por ellos mismos ya que el Estado, su poder y los organismos con nombre biensonante creados para ello, no hacen.
Se hacen llamar APRODEME, tienen web y correo electrónico (asociaciondefensamenores@gmail.com) disponibles para todo aquel lo necesite, y en su estupendo memorándum de presentación, que puedes leer íntegro pinchando en el enlace, dicen cosas tan de sentido común como ésta:
APRODEME nace con el fin prioritario de defender a las familias afectadas por decisiones de la Administración responsable en materia de Menores. Entre nuestros objetivos destaca:
· Denunciar las actuaciones arbitrarias de la Administración Pública en materia de menores, que confunden desamparo y riesgo, que no dudan en apartar a niños de sus familias antes que darles apoyo.
· Denunciar las actuaciones y los informes basados en suposiciones o pruebas sin fundamento y sin tener en cuenta a la familia extensa.
· Articular medidas de ayuda, apoyo e información a las familias.
· Exigir el respeto a los derechos del menor y de sus familias, sin que el supuesto “interés superior del menor” se convierta en una carta blanca de la administración para la toma de decisiones que se saltan cualquier derecho del menor con actuaciones injustas e injustificadas.
· Colaborar para que la lentitud de determinados trámites y procesos no revierta en daños mayores a los menores.
· Exigir que se acabe con la falta de transparencia, la negación del derecho a la información y la elaboración de expedientes a partir de "una denuncia anónima" o basándose "en sospechas" no probadas.
· Constituirse como Observatorio para asegurar la aplicación correcta de la ley y detectar qué aspectos legislativos pueden ser mejorados. La asociación aporta también apoyo jurídico y psicológico a las familias a través de varios gabinetes profesionales.
APRODEME quiere ser un interlocutor con la administración, uniendo las voces de las familias afectadas, para que se conozca la situación real y mejorar el funcionamiento del sistema, que en la práctica tiene graves disfunciones.
Suena bien, suena valiente, suena necesario: el toro por los cuernos, que es lo que hay que hacer cuando de verdad se quiere ayudar en lugar de vivir de un terrible problema.
http://www.diariodealcala.es/articulo_c/general/1936/el-menor-victima-sin-derechos
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