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La imagen pertenece al siguiente enlace:Según una nueva circular de la Fiscalía del Estado- Una circular actualiza los criterios que deberán seguir en diligencias de investigación
- Accederán a teléfonos, ordenadores o datos bancarios sin contar con permiso judicial
El fiscal general, Eduardo Torres Dulce, conversa con el fiscal superior de la Comunidad, Antonio Montabes.Una circular de la Fiscalía General del Estado sobre diligencias de investigación da carta blanca a los fiscales para que ordenen pruebas videográficas o intervengan agendas y anotaciones sin la necesidad de contar con autorización judicial. Se validan los registros de Fiscalía si son urgentes y a continuación se lleva el caso a un juzgado. La orden, con fecha de 30 de diciembre, ha sido remitida a la Jefatura en la Comunidad Valenciana para unificar criterios y evitar defectos en los procedimientos.
El escrito, firmado por Eduardo Torres-Dulce, busca actualizar y regular las diligencias de investigación que pueden acordar los fiscales hasta que el nuevo modelo de código procesal penal anunciado por el Ministerio se materialice. También pretende «potenciar» su papel investigador en un momento en el que se pone en duda su independencia por su vinculación con el Gobierno.
La orden recuerda a los fiscales la obligación de abrir diligencias de investigación siempre que detecten la comisión de un delito penal bajo el principio de «legalidad y el de imparcialidad». Además, según el documento, los fiscales no «precisan del aval del secretario judicial que dé fe de ellas» lo que «refuerza la obligación de que el fiscal esté presente en la práctica de diligencias que acuerde».
No obstante, el escrito puntualiza que los investigadores tendrán que «emplear el máximo rigor para que las actas de declaración prestadas tanto por sospechosos como por testigos» sean un reflejo fiel de lo acontecido. Además estas diligencias previas a la judicialización de un delito «no interrumpen la prescripción» tal y como falló el Tribunal Supremo.Tendrán que 'emplear el máximo rigor' en el proceso para evitar posibles nulidades
Sobre la toma de declaración a un investigado, los fiscales de la Comunidad tendrán que informar de inmediato al Colegio de Abogado de la designación de un letrado de oficio en el caso de que no disponga de asistencia legal.
Se trata de una «garantía básica» e «inexcusable». En este sentido, la instrucción fija que los fiscales deberán facilitar al investigado y su abogado una copia de su testimonio «a efectos de que puedan solicitar la modificación de lo que entienda que no ha sido correctamente transcrito». Y si de su testimonio se desprenden hechos que podrían afectar a las pesquisas, el ministerio público tendrá que entregar el caso al juez para que decrete el secreto de actuaciones.
El escrito remitido a las jefaturas también aborda cuestiones relativas al derecho de la intimidad que podrían ser causa de nulidad en un procedimiento si se constata la vulneración de derechos fundamentales.
«Puede también el fiscal adoptar determinadas medidas limitativas del derecho a la intimidad, como puedan ser la intervención de agendas o dietarios» de los acusados pues la Fiscalía subraya que «no existe en nuestro ordenamiento exclusividad jurisdiccional para la adopción de medidas limitativas del derecho a la intimidad».Se validan registros de domicilios si son urgentes y se lleva el caso a un juzgado
Los fiscales valencianos podrán, además, acordar pruebas que impliquen «grabaciones videográficas de personas o cosas», aunque estarán limitadas a la jurisprudencia del TS y el TC en este sentido. Lo que «no cabrá ordenar la realización de grabaciones de audio o conversaciones».
La Fiscalía también ha tenido en cuenta la irrupción de nuevos sistemas de comunicación y avala el acceso «no integrados en un proceso de comunicación y archivados en teléfonos móviles, ordenadores o asimilados, siempre que concurra urgencia». Los fiscales podrán analizar las agendas de teléfonos de los sospechosos e, incluso, pedir información a entidades bancarias para investigar los delitos de blanqueo de capitales, según la nota.
Duración de diligencias
Los fiscales valencianos podrán investigar a sospechosos sin autorización de un juez durante seis meses, prorrogable a otros seis en el caso de que cuenten con el visto bueno del fiscal general del Estado. Si tras ese periodo de tiempo se detectan hechos delictivos se presentará correspondiente denuncia.
El ejemplo más cercano es la investigación de Anticorrupción sobre los contratos que el ex conseller Rafael Blasco habría dado al presunto cerebro de la trama del caso Cooperación. La Fiscalía prepara una denuncia tras un año de sigilosas pesquisas.
- MARIANO ORTA TOSCANO. MITIN ANTE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO. RESUMEN DE LAS INTERVENCIONES.
- MARIANO ORTA TOSCANO. SANTIAGO ALVAREZ -BARON. MITIN ANTE LA FISCALIA GENERALDEL ESTADO. 09-12-2.013
- Subsanación de error: MARIANO ORTA TOSCANO. ANTONIO MUÑOZ BERNAZA. MITIN FISCALIA GENERAL DEL ESTADO. 09-12-2.013
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http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2014/01/18/52d995e822601d0c258b4589.html
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