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De nuevo el alto Tribunal Supremo "requetereitera" que la Custodia compartida" es el régimen a aplicar tras la separación o divorcio en beneficio del menor, no de sus padres.
Por más que la jurisprudencia y doctrina del Tribunal Supremo mantiene que la Custodia Compartida ha de ser aplicada bajo la consideración de buscar el mayor beneficio al menor tras la separación o divorcio de sus padres, las instancias inferiornes son renuentes a obedecer y aplicar las instrucciones que nuestro Tribunal Supremo dictamina en sus sentencias.
De nuevo JOSÉ ANTONIO SEIJAS QUINTANA, magistrado de Tribunal Supremo aplica en la resolución 52/2015 del 16 de Febrero del presente año, la custoida compartida, denegada en segunda instancia por la Audiencia Provincial de Cantabria:
‘la interpretación de los artículos 92, 5 , 6 y 7 del Código Civil debe estar fundada en el interés de los menores
Manifestación convocada para el día del padre 2015 en la Cibeles el próximo 19 de Marzo a las 12:30 en favor de la custodia compartida como norma:
- Dia del padre 2015 en Cibeles a las 12:30: ¿Si tu no te molestas en luchar por tu hijo, por tu nieto, por tu sobrino, por tu amigo, por tu vecino, por los niños, QUIEN CREES QUE LO HARÁ?
Para ver otras concentraciones en otras ciudades espanolas a favor de la custodia compartida, accede a través del siguiente enlace:
- SENTENCIA: El Tribunal Supremo vuelve a dictar otra Custodia Compartida Sentencia 52/2015 del 16-2-2015
Fuente:
El Supremo falla que la Custodia Compartida ha de considerarse normal y deseable para el menor
http://www.torres-amann.es/el-supremo-falla-que-la-custodia-compartida-es-ha-de-considerarse-normal-y-deseable-para-el-menor/
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