Reunión de los lunes

Nos reunimos todos los lunes a las 20,30 horas en la C/Vinaroz nº31, entrada por C/Pradillo, MADRID ¡TE ESPERAMOS!

lunes, 30 de noviembre de 2020

Sólo VOX vota en contra de impedir que con una denuncia de violencia de género se prohíba el contacto de los hijos con el padre

Lunes, 30 de Noviembre, 2020

El Parlamento Vasco aprueba una propuesta del EH Bildu, para impedir el contacto de los hijos con su padre (figura paterna) en caso de que éste se encuentre incurso en un procedimiento de violencia de género. Ya no sólo es la custodia compartida, que eso ya se impide aplicar si existe denuncia por medio, ahora extreman más, y pretenden impedir cualquier tipo de contacto y relación entre hijos y padre, siemplemente con una simple denuncia, en trámite o investigación.

El único partido que ha votado en contra es VOX, pues el Partido Popular y Ciudadanos, se han abstenido, pero no han votoda en contra. El resto, PNV, PSE-EE y Elkarrekin Podemos-IU, además de EH Bildu, a favor.

  • Vox votó en contra, ha votado en contra por considerar que se pretende "castigar al hombre" porque bastaría con "una denuncia" para que los padres "pierdan sus derechos". 
  •  PP-Cs, aunque no comparte el texto presentado por Bildu, se ha mostrado partidario de su modificación, y de ahí su abstención. 


Precisamente el jueves pasado, el día anterior a la aprobación de este texto, la asociación retransmitió en directo una charla para la defensa de un padre ante una denuncia de violencia de género, que en muchos casos tiene por finalidad última impedir a los hijos disfrutar de la custodia compartida.

Defiéndete ante una denuncia de violenca de género

 

Partes del texto aprobado en el Parlamento vasco:
 "la lucha contra la violencia debe realizarse desde una mirada global que abarque las diferentes relaciones de violencia y discriminación que se producen en entornos familiares y de convivencia, garantizando especialmente la protección de los niños y niñas". En este sentido, cuestiona que en estos momentos la ley permite que el cuestión indican que "el 97% de los hombres con orden de alejamiento de la madre por violencia de género, tienen otorgado por el Juez un régimen de visitas a sus hijos e hijas, e incluso, en algún caso, de custodia compartida", y considera que "la ausencia de perspectiva de género en la Administración de Justicia, está desembocando en fatídicas consecuencias para niños y niñas".
los hijos tengan "derecho a un contacto directo con sus progenitores de modo regular, y a que ambos participen en la toma de decisiones inherentes a la titularidad y ejercicio de la patria potestad, salvo cuando se encuentre el progenitor incurso en una causa por violencia de género, en cualquiera de sus modalidades legales, y se haya adoptado alguna medida de protección respecto de la víctima, o cuando la causa que se lleve adelante lo sea por violencia contra el menor o la menor sobre los que deba versar la medida".
"cuando alguno de los progenitores esté incurso en un procedimiento judicial por razón de violencia de género, se hayan adoptado o no medidas en relación con el mismo, no tendrá derecho a ejercitar la guardia y custodia compartida".
También se les suspenderá el derecho a visitas y comunicaciones con los hijos cuando el progenitor "esté incurso en procedimiento judicial por violencia de género, se hayan o no adoptado medidas en relación con el mismo y, haya o no al momento de la decisión, sentencia".


Fuente:
El Parlamento revisará la custodia compartida en casos de violencia machista https://www.diariovasco.com/sociedad/parlamento-revisara-custodia-20201127002521-ntvo.html Euskadi limitará el acceso de los maltratadores a la custodia compartida y a las visitas a sus hijos https://www.elmundo.es/pais-vasco/2020/11/26/5fbf84b4fc6c83f8318b4584.html

Defiéndete ante una denuncia de violencia de género 26-11-2020

 Domingo, 29 de Noviembre, 2020

Charla del pasado jueves, 26 de Noviembre de 2020, desde la sede de la Asociación de Padres con la custodia de sus hijos, en la Calle Vinaroz 31, entrada por la calle Pradillo 2 (Metro Concha Espina).

APOYO A PADRES Reunión virtual y física de los lunes, mañana desde las 19:30


El letrado que imparte la charla es Victor Meño, colaborador del asesoramiento de la Asociación, y participante en las reuniones de los lunes, ahora también de forma telemática, y a partir de las 19:30: 


Defiéndete ante una denuncia de violencia de género






Fuente:
https://www.facebook.com/custodiapaterna

domingo, 29 de noviembre de 2020

Los jueces maltratan a los hijos cuando no aplican medidas provisionales que protejan el interés del menor

 Domingo, 29 de Noviembre, 2020

En relación a un tweet de la magistrada, Natalia Velilla, 

Al hilo en la plataforma Twiter de la magistrada Natalia Velilla, (@natalia_velilla Hilo de propuestas de modificación legislativa que servirían para agilizar los procedimientos de #familia. No todo es inversión económica. #DerechoDeFamilia ), el autor del artículo fuente (José Luis Sariego Morillo), saca el tema de como la justicia permite la posibilidad de aplicar unas medidas provisionales desde el mismo momento de la interposición de una demanda, de forma que los menores sufran las mínimas consecuencias (el autor utiliza el término: iatrogénicas, que son los efectos colaterales que en medicina surgen derivados de la utilización de ciertas prácticas o fármacos, legales).

Los jueces disponen de herramientas para amortiguar en los menores los daños provocados por la ruptura de sus progenitores. Otra cosa es que quieran dedicar tiempo a ello. El Tribunal Supremo ha establecido en su jurisprudencia lo que la legislatura aún mantiene aparacado, y es que la custodia compartida debe aplicarse como norma por ser el régimen más deseable a la hora de defender el inte´res del menor, salvo demostración de que ésta es perjudicial para los menores. Los menores llegan al juzgado conviviendo y criándose bajo la custodia compartida, pero la madre a sabiendas de que la justicia va a amparar (aunque sin apoyo legal alguno) que ella se apropie de los hijos, rompe dicha crianza compartida de los menores. En este punto es donde entran estas medidas provsionales o urgentes.

De hecho, el ejercicio del Derecho permite al demandante pedir unas medidas, provisionales, provisionalísimas, o urgentes, sin contar con la necesidad de un letrado por medio. Es una excepción dentro de la práctica del Derecho de familia, pero existe. Otra cosa es que muchos profesionales de los juzgados conozcan dicha herramienta, pues lo típico es que suelten: "tiene usted que acudir con su letrado". En muchos casos es por ignorancia, otros la ignoracia queda aparte, y son las ganas de no trabajar, mas, las que guian a estas personas que responden así a un padre o una madre que acude a un juzgado en busca de una solución, como por ejemplo cuando una madre se queda con los niños por el artículo 33 (ese que se aplica la madre porque le da la real gana y es amparada sino legalmente, sí, por la vía de los hechos, por la justicia). Son muchos los casos donde cuando la madre decide impedir al padre de los menores ver a los hijos, los perjudicados en mayor medida, que son los hijos, pasan mucho tiempo sin contacto con el padre.  Siendo un daño irreparable, pues muchas veces acotence este hecho cuando los niños cuentan con meses.

Textos legales que cita el letrado del artículo:

el artículo 102: 
 “Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes: 
 «1.º Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal. 
 «2.º Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro. 
 «Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica. 
 «A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en los de la Propiedad y Mercantil”. 
El artículo 771 de la LEC permite al Juzgado adoptar estas medidas sin vista ni comparecencia alguna de las partes.
 Esto se llama en otros países justicia preventiva. 


Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor (LOPJM) de 1996 modificada por la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y en especial su artículo 2 que habla del interés superior del menor y establece, entre otras cosas que:
1º.- El desarrollo del menor y la satisfacción de sus necesidades básicas, tanto materiales, físicas y educativas como emocionales y afectivas.
2º.- La conveniencia de que su vida y desarrollo tenga lugar en un entorno familiar adecuado y libre de violencia. Se priorizará la permanencia en su familia de origen y se preservará el mantenimiento de sus relaciones familiares.
3º.- La preservación…, garantizando el desarrollo armónico de su personalidad.
4º.- El irreversible efecto (de la decisión a adoptar) del transcurso del tiempo en su desarrollo.
5º.- La necesidad de estabilidad de las soluciones que se adopten para promover la efectiva integración y desarrollo del menor en la sociedad

artículo 771,2 de la LEC establece desde entonces que:
“De esta resolución (decreto del letrado de la Administración de Justicia) dará cuenta en el mismo día al Tribunal para que pueda acordar de inmediato, si la urgencia del caso lo aconsejare, los efectos a que se refiere el artículo 102 del Código Civil y lo que considere procedente en relación con la custodia de los hijos y uso de la vivienda y ajuar familiares. Contra esta resolución no se dará recurso alguno.”

 
Fuente:
[Opinión] ¿Es posible atribuir la custodia compartida de los niños sin juicio previo? https://confilegal.com/20201129-es-posible-atribuir-la-custodia-compartida-de-los-ninos-sin-juicio-previo/
Yatrogenia en los procesos de familia, según el modelo de custodia https://confilegal.com/20190903-yatrogenia-en-los-procesos-de-familia-segun-el-modelo-de-custodia/

miércoles, 25 de noviembre de 2020

Charla por videoreunión: ""Defiéndete ante una denuncia de violencia de género" 26-11-2020 a las 20:30

 Miércoles 25 de Noviembre, 2020

Puedes entrar en videoreunion con este enlace. Se te mantendrá el micrófono en silencio hasta que te den la palabra en el coloquio. Se exige mucha concreción y brevedad en las preguntas. http://meet.google.com/gux-qcgz-gcp 





  "Defiéndete ante una denuncia de violencia de género" El próximo 26 de Noviembre

Charla telemática anterior: - Consejos para la Ruptura de Parejas 21-10-2020 CHARLA INFORMATIVA

Fuente:
https://www.instagram.com/tv/CHzwyamo-Lx/?igshid=1bq2alxwyl4zh

lunes, 23 de noviembre de 2020

Condenan a una madre a pagar 10.000 euros por denuncia falsa para impedir que el marido consiga la custodia compartida

 Lunes, 23 de Noviembre, 2020

Precisamente este jueves, 26 de Noviembre, puedes asistir a la charla, a partir de las 20:30:

"Defiéndete ante una denuncia de violencia de género" El próximo 26 de Noviembre

Esta la herramienta dispuesta a favor de las mujeres que pretendan impedir que el padre de sus hijos demande la custodia compartida, pues con la simple denuncia presentada, mientras ésta se esté resolviendo los jueces no pueden dictar el régímen de custodia compartida.

En este caso a la mujer el tiro le salió por la culata, y mucha suerte ha tenido el padre de poder demostrar que fue así, y ser creído, pues en muchos casos aunque interiormente son conscientes los juzgadores que los hechos denunciados no son creíbles, mantienen el proceso abierto, impidiendo de ese modo dictar la custodia compartida por mantenerse incursos en un procedimiento de violencia de género.

La falsa denunciante, o mentirosa, es vecina de Oviedo, y fue juzgada en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, quien ha considerado que la denuncia era falsa y delictiva y que debe indemnizarle porque llegó a ser detenido a consecuencia de sus manifestaciones. 

El Juzgado dictó un Auto sobreseyendo el asunto, y manifestando que los hechos allí relatados fueron: 
«con intención de perjudicar a su marido» y que las lesiones sufridas por la niña fueron por una caída accidental anterior a la discusión de los padres. 

Ni siquiera el parte médico justificó que las lesiones que presentaba la mujer fueran compatibles con los hechos que declaró fueron objeto de las mismas. Unas grabaciones confirmaron que la mujer provocó el llanto de sus hijos por las discusiones y es estado, frente al del padre de los menores que se mantuvo tranquilo.

  • deberá afrontar el pago de una multa de 3.600 euros y una indemnización de 6.000 euros por los daños morales causados a su marido al que acusó, en pleno proceso de divorcio y de negociaciones sobre la custodia de sus dos hijos, de haberla vejado y maltratado. 
  • La mujer había asegurado en su denuncia ante la policía que sufría vejaciones desde hacía años y que el 5 de abril de 2018 había tenido una discusión en la que su marido había agarrado fuertemente su brazo y le había dado un empujón a consecuencia del cual se había golpeado con el marco de la puerta del coche y que posteriormente intentó pillarla con ella cuando tenía en brazos a su hija de dos años, que sufrió distintas lesiones al caer al suelo. 
  • «evidenció su animadversión hacia su ex marido» que mantuvo que su exesposa «se inventó todo» con la única intención de conseguir la custodia de sus hijos

Fuente:
Condenada por acusar falsamente a su marido de maltrato en pleno divorcio https://www.lavozdeasturias.es/noticia/oviedo/2020/11/23/condenada-acusar-falsamente-marido-maltrato-pleno-divorcio/00031606129326251126464.htm

La custodia compartida beneficia a los más pequeños

 Lunes, 23 de Noviembre, 2020

Es absurdo cuestionar que la custodia compartida podria afectar de forma negativa a los pequeños, siquiera a los recién nacidos, porque desde el comienzo los menores comienzan a percibir el cariño en su alrededor, y más si éste es tan natural como el de su padre. 

Antes, cuando no existían los divorcios ni las rupturas, y puesto que los hombres eran quienes no sólo tenían que trabajar fuera de casa, sino ir a guerras o ausentarse del domicilio familiar por motivos laborales, este hecho resultaba algo negativo en la sociedad de cara a los hijos, incluso a los recién nacidos. Sin embargo ahora en esta sociedad donde se anima y fomenta la ruptura de los padres del menor, se aparta a la figura paterna como si nada. Convierten al padre en un visitante en la vida de sus hijos, y si antes era todo negativo para los hijos la ausencia de la figura paterna, pasamos al escenario donde ni los psicólogos han advertido del grave problema para la formación y desarrollo del crecicimiento de la autoestima de los hijos apartar a su padre de su vida.

Los menores cuando sus padres conviven juntos nacen bajo la custodia compartida. Padre y madre organizan sus tiempos, como pueden, haciendo compatibles los cuidados del recien nacido con sus obligaciones laborales (una vez los periodos de baja han pasado). Y no hay ningún problema, ni nadie ve aspectos negativos hacia los menores, incluso cuando éstos deben trasladarse a casa de los abuelos para su cuidado, las veces que sean necesarias. El problema sólo surge cuando de por medio se presenta la ruptura, entonces ahí no se protege el derecho de los menores a seguir manteniendo no sólo los cuidados de sus progenitores, sino a seguir formando el vínculo con ambos y lo necesario de ese cariño que sólo un padre y una madre ofrecen.

La fuente presenta varios modelos de custodia compartida, pero no deja claro que la custodia compartida es el único régimen que realmente protege y más beneficia al menor, pues permite a éstos seguir disfrutando y disponiendo de los cuidados y atenciones de tanto su madre como su padre.



 


Fuente:
Por qué la custodia compartida no afecta tan negativamente a los peques https://diariodecastillayleon.elmundo.es/articulo/publirreportajes/custodia-compartida-afecta-tan-negativamente-peques/20201117103958019130.html

domingo, 22 de noviembre de 2020

APOYO A PADRES Reunión virtual y física de los lunes, mañana desde las 19:30

 Domingo, 22 de Noviembre, 2020

No estás solo. Todos los lunes a las 19,30 videoreunion de #apoyoapadres. El débil en las #rupturas de pareja, los #Divorcios, en las #separaciones eres tú cómo hombre y/o padre. Con LETRADOS y GRATUITA. Calla, no tomes decisiones sin darte tiempo para aprender aquello que ni en casa y la escuela jamás te enseñaron. La #custodiacompartida cada veZ es más posible y frecuente. Aún sin hijos o estos ya independientes, necesitas conformar el mejor criterio desde el conocimiento específico, no vale lo que te han dicho o has oído. Pide el enlace a la videoreunión por WhatsApp al 676529651 ¡TE ESPERAMOS! 



 Y el martes charla con coloquio en DIRECTO a las 20,39 Defiéndete ante una Denuncia de Violencia de Género en facebook.com/custodiapaterna e industrias bcluso puedes participar preguntando por escrito e incluso por vídeoreunuon pidiendo el enlace por WhatsApp al +34676529651.