La custodia compartida no es un modelo rígido, es un régimen de guarda y custodia que busca la protección de los menores. Y la protección de los menores pasa por evitar el maltrato a estos menores, por lo que unos niños que ven como su padre se convierte en un visitante tras la separación o divorcio de sus padres están sin duda siendo sometidos a un maltrato.
Tenemos casos donde padres han llegado a una vista con un acuerdo firmado y la Fiscal y la juez han "cogido" a la madre y le han intentado hacer recapacitar sobre el documento que iba a firmar. Y es que en dicho documento la madre accedía por su propia voluntad a firmar una custodia paterna. Para ello desde luego de fondo tiene que haber "algo", entre otras cosas que el padre esté dispuesto y disponga de medios para cubrir no sólo las necesidades de sus hijos, sino para aceptar una medidas que favorezcan a la madre conforme en ganancia resulten éstas de las que como estándar establecería el juzgado por la imposición de la custodia materna de los hijos. Pero cuando se pone encima de la mesa una mejor golosina que la que el juzgado como tentación coloca a la madre, ese amor materno innato se olvida.
Pero también tenemos otros casos donde ambos progenitores han llegado a acuerdos y firmado una custodia compartida en beneficio de sus hijos, y casos de estos donde el padre también es militar. Pero por el bien de los hijos ambos progenitores han amoldado las circunstancias laborales presentes a evitar que sus hijos resulten perjudicados tras la ruptura de pareja, y una de las fórmulas que se amoldan a la compatibilidad del servicio militar con el cuidado de los hijos es por ejemplo una custodia compartida por trimestres.
En este caso no contamos con la sentencia para su lectura, ni con la demanda presentada a instancias de la figura paterna, pero sí vemos que en el caso de ser la madre quien su condición laboral se desarrollase en el entorno militar, difícilmente se habría negado el derecho a los menores a prescindir de su madre, pero una vez más vemos que cuando es el padre quien desaparece la vida de los menores aquí no pasa nada. Menores que van a ser criados realmente por la nueva pareja de la madre, que es con quien conviven.
Resaltar que aunque la Audiencia Provincial de Murcia ratifica el fallo de primera de instancia que deniega a los hijos el derecho de amparo por su figura paterna, sí amplio el tiempo de estancias con el progenitor paterno, en contra del objetivo de la madre.
Sería deseable que la sentencia animase al padre a buscar un horario más compatible para establecer esa custodia compartida que es denegada a los menores, e incluso dar las pautas de qué pide el Tribunal para romper con la orfandad de padre vivo.
- La sentencia señala que aunque sería la mejor solución para el menor, las circunstancias laborales lo desaconsejan, y además hay una mala relación entre los progenitores.
- en contra de lo sostenido por la madre, que se opuso a la modificación de las medidas fijadas en el momento de la separación, sí han variado las circunstancias de entonce
- los dos informes del equipo psicosocial, "de los que cada parte únicamente toma nota de lo que favorece a sus tesis", coinciden en que lo que mejor protege el interés del menor es continuar con la guarda y custodia materna y la ampliación del régimen de visitas del padre.
- Deniegan la custodia a un padre por ser cojo
- Una juez deniega la custodia compartida a un padre por ser ciego
- DESCANSE EN PAZ. Manuel Gancedo, padre tetraplégico denunciado por maltrato
Fuente:
Sin custodia compartida por ser militar
https://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2019/08/11/custodia-compartida-militar/1044241.html
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