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martes, 3 de febrero de 2015

La indemnización por el accidente de circulación debe reintegrarse al esposo

Martes, 3 de Febrero, 2015
Tras el accidente que sufrió en el año 1999, el esposo fue declarado incapaz para regir su persona y bienes, siendo nombrada tutora su esposa. A resultas del accidente el esposo recibió una indemnización de 1.139.370,45 euros. Años después la esposa pidió el divorcio.
La esposa defendía que como el importe de la indemnización se ingresó en una cuenta común debía atribuírsele naturaleza consorcial, pero la Sentencia argumentó que “carece de toda lógica que se pretenda

 Enlaces:
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El TS condena a una mujer que abandonó a su marido inválido y le robó la pensión
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Fuente:
La indemnización por el accidente de circulación debe reintegrarse al esposo
http://www.lexfamily.eu/la-indemnizacion-por-el-accidente-de-circulacion-debe-reintegrarse-al-esposo/

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