- Sentencia nº 894/2014 de AP Madrid, Sección 22ª, 21 de Octubre de 2014
Aunque sólo tenía 22 años y se encontraba en paro, la Sentencia de la AP de Madrid, Sec. 22.ª de 21 de octubre de 2014 declaró extinguida la pensión alimenticia que se fijó en el procedimiento de divorcio tramitado en el año 2011. El argumento jurídico para tal decisión fue que la situación de la hija dejaba de ser el supuesto fáctico contemplado en el art. 93 del CC.Enlaces:
- TS: el abono de la pensión de alimentos a los hijos en caso de divorcio se reconocerá desde el momento de presentación de la demanda
- La pensión alimenticia a los hijos debe pagarse aunque se ingrese en prisión Tribunal Supremo Sentencia Nº: 564/2014
- Aunque haya dejado de tener ingresos, deberá responder con su patrimonio
Desde este siguiente enlace accedes a otros más relacionados con la pensión de alimentos:
- La compasión de los medios cuando es la madre quien no paga la pensión de alimentos
Fuente:
Si la hija ha terminado la formación se extingue la pensión dentro del proceso de familia
http://www.lexfamily.eu/si-la-hija-ha-terminado-la-formacion-se-extingue-la-pension/
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