el derecho al uso a la vivienda familiar concedido por sentencia en un proceso de divorcio no constituye un derecho de tipo real oponible a la ejecución de la hipoteca del inmueble en cuestión.La sentencia reciente es de fecha 6 de marzo de 2015 Sentencia Tribunal Suprmero 118/2015, Rec. 2427/2013, Ponente: señor Baena Ruiz
Fuente:
El derecho de uso de la vivienda familiar establecido judicialmente, no puede oponerse en el proceso de ejecución hipotecaria
http://noticias.juridicas.com/juris/620-el-derecho-de-uso-de-la-vivienda-familiar-establecido-judicialmente-no-puede-oponerse-en-el-proceso-de-ejecucion-hipotecaria.html
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