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miércoles, 1 de febrero de 2012

A la cárcel por amenazar de muerte a su exnovia por 'sms'

Miércoles, 1 de Febrero, 2012
«Disfruta que no lo vas a hacer más». «Te prometo que hoy te mato y te corto el cuello». Así amenazó Ismael A. F. a su expareja. Lo hizo enviándole varios mensajes de texto vía telefónica. La Audiencia de Cantabria considera que estos 'sms' son «prueba de cargo válida y eficaz» para ratificar una sentencia que condenó al hombre a un año de prisión por un delito de violencia de género, en la modalidad de amenazas leves. Los hechos ocurrieron en febrero de 2010. El acusado envió varios mensajes de texto amenazadores y la mañana del día 20 se presentó en el puesto que la mujer regentaba en el mercadillo de Santoña y la amenazó diciéndole: «Te voy a matar» y «te voy a dar una paliza».
Por todo ello, el Juzgado de lo Penal número 5 de Santander le condenó como autor responsable de un delito de violencia de género (amenazas leves) a la pena de un año de prisión, la privación del porte y tenencia de armas durante tres años y la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros así como a comunicarse con ella por tres años. Sin embargo, la defensa de Ismael, que cuenta con numerosos antecedentes penales a sus espaldas, recurrió la sentencia. Alegó «error en la apreciación de la prueba» ya que la Juez otorgó «valor como prueba de cargo» a la declaración de la víctima y los citados mensajes.
En la sentencia, los magistrados de la Sección Tercera especifican que «la Sala comparte plenamente el razonado criterio de la juez de lo Penal» y, por ello, llegan a la misma conclusión condenatoria: consideran que hay «prueba incriminatoria más que suficiente para la condena del recurrente». Asimismo, la sentencia explica que, durante el juicio, la víctima «trató de minimizar la relevancia de lo sucedido» pero que se ratificó en su declaración inicial. Esto, según la jueza de lo Penal, otorgó «veracidad a esta imputación» y restó efecto a los intentos de desdeñar lo ocurrido que hizo la mujer en el proceso.
«Contenido indiscutible»
En cuanto a los mensajes de texto, en la resolución se argumenta que «las expresiones empleadas no dejan lugar a dudas de su sentido y significado». Asimismo, hace hincapié en que el contenido «no es que sea evidente, es que es indiscutible» y que Ismael no negó su titularidad ni haber mandado los 'sms', si bien afirmó que no recordaba su contenido. Así, la Sección Tercera de la Audiencia de Cantabria desestima «íntegramente» el recurso y reafirma la condena, impuesta por el Juzgado de lo Penal, al acusado por un delito de violencia de género, en la modalidad de amenazas leves.
http://www.eldiariomontanes.es/v/20120201/cantabria/otras-noticias/carcel-amenazar-muerte-exnovia-20120201.html

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