Las declaraciones de la niña ante los psicólogos contenían «importantes imprecisiones»http://sevilla.abc.es/provincia/20140516/sevi-absuelta-pareja-para-pidieron-201405161640.html
La Audiencia de Sevilla ha absuelto a una pareja para quien la acusación particular pidió 19 años de cárcel por abusar sexualmente de la hija de la mujer, entonces de 4 años de edad, y mantener relaciones delante de ella.Una sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido acceso Efe, dice que las declaraciones de la niña ante los psicólogos contenían "importantes imprecisiones y contradicciones en cuanto al núcleo fundamental de los hechos que se imputan a los acusados" y la pequeña no respondió a las preguntas "de forma espontánea, abierta y desenvuelta", sino que sus respuestas fueron "inducidas e influenciadas".La Audiencia, por tanto, absuelve a José Alberto G.R. y a Bibiana M.A., madre de la menor, para quienes la Fiscalía pidió once y dos años de cárcel, respectivamente, por delitos de abuso sexual y exhibicionismo.El padre de la menor, que ejerció la acusación particular, pidió para cada uno un total de 19 años de cárcel por entender que las agresiones sexuales supuestamente cometidas por José Alberto fueron conocidas y consentidas por la madre, por lo que en su calificación incluyó una indemnización de 100.000 euros a la menor.La Audiencia únicamente considera probado que el 14 de diciembre del 2009, el padre de la niña denunció en la Comisaría de Camas (Sevilla) que su hija, fruto de la relación de cinco años que había mantenido con la procesada, había relatado espontáneamente a su tía paterna que "se había tragado un pene" cuando estaba en casa con su madre y un amigo.La denuncia añadió que "en múltiples ocasiones" la pareja había visto películas pornográficas delante de ella, había mantenido relaciones sexuales y que la niña afirmaba que el amigo de su madre "le tocaba mucho".Junto a las imprecisiones de la niña en la declaración que fue visionada en el juicio, los jueces añaden que a dicho acto no fueron convocados los defensores de los procesados.Según la sentencia, "la menor incurre en importantes imprecisiones y contradicciones en cuanto al núcleo fundamental de los hechos que se imputan a los acusados", pues "no hace unas manifestaciones concluyente y firmes" y "tampoco se detectan unas manifestaciones espontáneas y sí, por el contrario, que responde prácticamente con monosílabos o con un 'no me acuerdo'".Junto a ello, el testimonio de los familiares paternos de la menor "que no han sido testigos directos" no puede convertirse en "el pilar de un pronunciamiento condenatorio al no reunir tal prueba de referencia los requisitos de prueba de cargo válida y suficiente".Desde junio del 2010 la madre de la pequeña, ahora absuelta, perdió la custodia de su hija y tuvo prohibido cualquier tipo de contacto, según la sentencia de divorcio dictada por el Juzgado de Familia.
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viernes, 16 de mayo de 2014
Absuelta una pareja para la que pidieron 19 años por violar a una niña
Viernes, 16 de Mayo, 2014
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