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martes, 13 de mayo de 2014

El CGPJ, a favor de que los ciegos puedan ser jueces

Martes, 13 de Mayo, 2014
Enlaces:
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Reunión de la Comisión Permanente del Consejo
El órgano estudia el informe que concluye que la ceguera no es un impedimento para valorar a un testigo, ya que es suficiente con el sentido del oído
Gabriel Pérez Castellanos escribe en un ordenador.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará hoy -y aprobará, previsiblemente- un informe favorable a que las personas invidentes puedan ejercer la función judicial en España, si bien con algunas limitaciones y condicionado a que se promuevan determinados cambios legislativos.
La iniciativa partió del joven graduado en Derecho Gabriel Pérez Castellanos, que es ciego y el verano pasado dirigió una consulta antes de comenzar a preparar las oposiciones de ingreso en la carrera. Inicialmente, la Secretaría General del CGPJ preparó una propuesta desfavorable, que no fue debatida. Tras la renovación en diciembre del órgano de gobierno de los jueces, su nuevo presidente, Carlos Lesmes, encargó un informe al vocal Juan Manuel Fernández y hoy se somete a aprobación.
El documento que ha elaborado Fernández, que preside el Foro Justicia y Discapacidad, recuerda que el artículo 49 de la Constitución ordena a los poderes públicos que procuren políticas para que los discapacitados puedan ejercer sus derechos fundamentales en condiciones de igualdad y que, de hecho, el artículo 301 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) obliga en las pruebas selectivas a reservar el 5% de las vacantes a discapacitados en grado igual o superior al 33%.
Además, señala que en la actualidad existen medios técnicos suficientemente avanzados para que el juez acceda casi de manera instantánea a toda la documentación de un procedimiento digitalizada, de forma que sea fácilmente convertible a un formato de audio o legible en Braille.
El informe concluye que la ceguera no representa un impedimento para ejercer la función judicial, salvo en supuestos excepcionales que nunca se producirían en determinados destinos, como en las jurisdicciones social o contencioso-administrativa o en los órganos colegiados de adscripción territorial. En este sentido, apunta que para valorar con inmediación a un testigo, por ejemplo, puede ser suficiente con el sentido del oído; no así en casos como una demanda por vulneración de la propiedad intelectual o en un deslinde de terrenos.
Por esa razón, propone una reforma del Reglamento de la Carrera Judicial -que competería al propio CGPJ- para que en las oposiciones se discrimine en sentido positivo a las personas invidentes que hayan aprobado para que tengan preferencia para escoger alguno de esos destinos y se prevean situaciones en las que un magistrado ciego pueda renunciar y ser sustituido por otro compañero.
Asimismo, pide la supresión del artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que dispone sin hacer precisiones que «están incapacitados para el ingreso en la carrera judicial y fiscal los impedidos física y psíquicamente para la función judicial», y determinar de forma taxativa qué incapacidades son invalidantes. Como el CGPJ carece de iniciativa legislativa directa, reservada al Gobierno y a los grupos parlamentarios, el vocal Álvaro Cuesta propondrá que se traslade al Ejecutivo la posición del órgano de gobierno de los jueces.
http://www.elmundo.es/espana/2014/05/13/53718a2e22601d192f8b456b.html?a=79a31f891aaa73be36fed4a80701b383&t=1399962431

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