Domingo, 27 de Diciembre, 2015
El despacho lleva por nombre Moreno-Chocano Abogados, y quien representa y da voz al mismo en el artículo en Jesús Moreno.
Reconoce que a su despacho llegan clientes en busca de una solución al conflicto en donde hay casos que se ha hecho uso de la denuncia de violencia de género falsa, con el fin de obtener una ventaja en el proceso. No como otros, cuando son conscientes de este tema recomiendan que se retiren dichas denuncias, pues solo contribuirán a agravar el conflicto existente.
Son defensores de la mediación familiar, pero la mediación familiar hoy día en España es casi todavía un utopía. En ninguna normativa jurídica se obliga a los jueces o magistrados a imponer la custodia materna, y por contra la jurisprudencia del Supremo sí reitera que habrá de adoptarse el régimen de custodia compartida en el interés de los menores. Sin embargo, los jueces y magistrados de instancias inferiores son reacios a permitir que los menores se críen tanto con su madre como con su padre, y como norma estándar tras el divorcio el padre es relegado al papel de un visitante más en la vida de sus hijos. Dicha decisión conlleva para la madre una serie de ventajas o inconvenientes, depende cómo se mire, pero como lo primero que llega a los ojos es la pensión de alimentos (un sueldo del cual no habrá de dar explicación alguna de su gasto, a nadie), y el uso gratuito de la vivienda familiar a costa del padre, son todavía pocas las mujeres que están de acuerdo en que sus hijos no pasen a ser hijos huérfanos de un padre vivo. Ello sitúa a la mujer y madre en una posición de ventaja en el proceso frente al padre, y negociar en esos términos es un tanto complicado, pues o el varón accede a las peticiones de la madre, o sino, la amenaza del "vamos por las malas" está presente en la negociación.
La custodia compartida no es la panacea para los menores a la separación de su padre y madre, pero sí es la solución menos mala en la mayor parte de casos. Ese inconveniente que refleja en el artículo el letrado, referente a los cambios de domicilio de los menores, se solventa rápidamente cuando se establece que el domicilio familiar se convierta en el domicilio fijo de los menores, siendo su padre y madre quienes han de cambiar de vivienda cada vez que no están con sus hijos. ¿Qué esto en un problema? Que se lo cuenten a los papás que llevan años y años expulsados de sus únicas viviendas, y con mucha suerte pueden volver a casa de los abuelos paternos, como si fueran niños o adolescentes que han cometido el error de abandonar e independizarse demasiado pronto.
Frente al supuesto problema para adoptar la custodia compartida en los casos de graves conflictos, seguro que no siempre es el mejor método, pero seguro también que si se paran a pensar un poco, llegarán a la conclusión de que muchos de los menores que han perdido por completo la relación con su figura paterna, proceden de estos casos, en donde la madre dispone de la mayor parte de tiempo para manipular a los menores contra la figura paterna (por regla general, que por supuesto que hay casos contrarios, pero la disposición de tiempo en esencial). Más bien echamos en falta una crítica a un sistema judicial, a un Ministerio Fiscal, y a un gabinete psicosocial, que siendo consciente de tal grave maltrato infantil, solo acuerdo cambios en algunas ocasiones, las menos, cuando los menores ya sufren y padecen en extremo ese grave maltrato infantil que es la alienación parental.
Fuente:
http://www.lawyerpress.com/news/2015_12/1512_15_011.html
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