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martes, 25 de noviembre de 2014

Una sentencia pionera de la Audiencia de León ratifica la custodia de los hijos por el padre al no poder atenderlos la madre

Martes, 25 de Noviembre, 2014
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ratificó el pasado miércoles una sentencia procedente del juzgado de Primera Instancia número 10 de los de León (Familia) por la que se retira la custodia a una madre y se le concede al padre «porque la actitud y conducta de la madre durante el tiempo en que los dos menores han permanecido con ella ha sido negativa para los menores, tanto en el aspecto educativo escolar como en los reiterados incumplimientos de las visitas», explica el ponente.
  • fue revocada por entender que sus horarios laborales le impedían atender debidamente a los pequeños y que los confiaba a amistades o personas externas
  • «Además ha mejorado ostensiblemente el rendimiento de los menores». La decisión de la Audiencia además no se debe entender «como una descalificación a la recurrente como madre, sino que se intenta determinar cuál es la opción de guarda más adecuada para los menores, cuyos intereses están por encima de los legítimos de la madre a ostentar la guardia y custodia».
Fuente:
- La Audiencia ratifica una sentencia que otorga la guarda de los hijos a un leonés
http://www.diariodeleon.es/noticias/leon/audiencia-ratifica-sentencia-otorga-guarda-hijos-leones_937620.html


 La Audiencia Provincial de León ha ratificado la sentencia del juzgado de Primera Instancia número 10 de Familia que ordenaba que un padre recuperase la custodia de sus dos hijos al quedar en evidencia que la madre no podía atenderlos de la forma adecuada y que se negaba a cumplir el régimen de visitas, según informaron los servicios jurídicos de Robher Asesores. Con esta resolución de la Audiencia Provincial la sentencia se considera firme y la madre deberá respetar los acuerdos adoptados para visitar a los menores no dando tampoco lugar a sus alegaciones.
  • «alto absentismo escolar, con reiteradas faltas de indisciplina, generando en suma la demandada con su comportamiento un importante perjuicio para su hijos y siendo por ello procedente el cambio de custodia peticionado».
  • marca un antes y un después en la disputa legal española sobre la custodia de los menores, generando un nuevo criterio jurisprudencial que posibilita a los padres la custodia en exclusiva de sus hijos sin necesidad de aplicar las tesis de la custodia compartida y sobre todo, ante la negativa de la madre a la cesión de la custodia al padre
  • «reiterados incumplimientos del régimen de visitas no solo al padre, sino también de los abuelos paternos, negándose a entregar a los menores con la pertinente documentación, obstaculizando las comunicaciones con los menores y además fomentando y permitiendo un importante absentismo escolar de los niños, con reiteradas faltas de indisciplina, generando la demandada con su comportamiento un importante perjuicio para sus hijos»
  • «objetivamente el entorno que les ofrece él, es o parece más beneficioso para ellos que el ritmo de vida, ambiente y entorno que les ofrece la madre»
  • El equipo jurídico de Robher Asesores,a través de su abogado portavoz Pablo Roberto Herrero: «una mayor estabilidad y se encuentre en mejores condiciones para otorgar a sus hijos la quietud y el equilibrio que por su edad y circunstancias precisan» abandonando así la antigua tesis de prevalencia de la madre ante el padre, porque «un padre no es peor que una madre ni al revés sin necesidad de un incumplimiento grave por parte de uno de los progenitores»

Fuente:
-  Una sentencia pionera de la Audiencia de León ratifica la custodia de los hijos por el padre al no poder atenderlos la madre
http://www.elnortedecastilla.es/leon/201411/23/sentencia-pionera-audiencia-leon-20141123174247.html

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