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viernes, 12 de junio de 2015

Aceptó pagar pensión compensatoria y el Supremo le obliga a seguir pagando tras la nulidad eclesiástica

Viernes, 12 de Junio, 2015

Primero el hombre solicitó el divorcio de su mujer por la vía civil en el juzgado. En él se llegó a un acuerdo en el cual el hombre se comprometía al pago de una pensión compensatoria de 600 euros a su exmujer con la cual no tenía hijos en común.
Posteriormente el hombre solicitó la nulidad eclesiástica del matrimonio, y la obtuvo. No es un proceso sencillo, pero la iglesia decretó la nulidad en base a que este hombre cuando contrajo matrimonio no sería consciente de los deberes que suponían tal estado, pues no procuro el debido cumplimiento de ellos. Vamos viene a decir más o menos que es muy probable que el hombre de por medio del matrimonio tuviera algún que otro devaneo amoroso con otra mujer.

Al aceptar en el divorcio civil unas medidas acordadas por el mismo éstas prevalecen hasta que por unas circunstancias posteriores pudieran ser significativamente afectadas por otros variaciones que pudieran producirse en el tiempo, pero el Tribunal Supremo señala que no existe variación alguna,  pues el hombre aceptó unas condiciones que persisten en la actualidad, sin oponerse en modo alguna a las mismas, y después solicitó la nulidad por la iglesia de su matrimonio, para una año después instar nuevo procediemiento para la extinción de la pensión compensatoria. Pero estos son unos hechos que no alteran para nada las condiciones que se daban en el momento del acuerdo que motivo el divorcio, y  desde el cual el hombre había pagado sin recurrir o alegar la decisión, la pensión compensatoria a la mujer.
Según las noticias consultadas el error que motiva la decisión del Supremo se encuentra en que para solicitar dicha nulidad este hombre no acudió de nuevo al juzgado, sino que se fue por la vía de la nulidad eclesiástica.


Fuente:
Deberá seguir pagando la pensión a su exmujer a pesar de obtener la nulidad eclesiástica
http://eldia.es/2015-05-09/sociedad/5-Debera-seguir-pagando-pension-exmujer-pesar-obtener-nulidad-eclesiastica.htm

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