- PLATAFORMA PARA LA DENUNCIA DE LA LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
La fecha de publicación de la noticia fuente es: 27 de diciembre de 2011
El Tribunal Constitucional desestimó por sólo un voto el recurso presentado por la magistrada del Juzgado de lo Penal número 4, María Poza, que planteaba la inconstitucionalidad de la Ley de Violencia de Género
Este es un extracto de una entrevista publicada por el diarioLA OPINIÓN DE MURCIAMARÍA POZA: “LA LEY NO DEBE SOBREPROTEGER A LA MUJER, SÓLO GARANTIZAR LA IGUALDAD”.Olga López Torres / Murcia
Usted presentó una cuestión de inconstitucionalidad sobre la Ley de Violencia de Género, al considerar que podría violar el principio de proporcionalidad al condenarse con mayor pena a hombres que a mujeres por lo mismo. El Constitucional rechazó la cuestión, aunque solo faltó un voto para que prosperara. ¿Se arrepiente de haberlo presentado?No. Yo hice mi trabajo, cumplí con lo que creía que era mi obligación, y el Constitucional hizo el suyo. Lo que no se puede hacer es no tomar decisiones por miedo a salir e los papeles. En mi breve discurso de toma de posesión hablo precisamente de eso, del peligro que supone que un juez actúe movido por el miedo a la opinión pública, a los medios de comunicación. El juez es un servidor de la ley, y el miedo no le puede apartar de ese camino. Yo, por miedo a lo que digan los demás jamás dejaré de hacer mi trabajo, porque en ese momento dejaré de ser juez.Cuando cuestionó la ley al considerar que no era igualitaria entre hombre y mujer, ¿recibió críticas?Me sorprendió mucho que hubiera hombres que me paraban por la calle para darme las gracias “por ayudarles”. Yo les contestaba que habían entendido mal mi propósito, porque no se trataba de beneficiar a los hombres, y aún menos a los maltratadores, sino de buscar una ley igualitaria y, en todo caso, hasta podría entenderse como feminista. Porque lo que yo creo es que la mujer es igual que el hombre, y así debe ser tratada por la legislación. Sin una protección especial como si fuera más débil, sino garantizando la igualdad. Salimos de la protección maternal y entonces tenemos la protección del legislador.El Observatorio Nacional de Violencia de Género da un tirón de orejas a Murcia por su interpretación de la ley, al no condenar si no se demuestra sumisión. ¿Qué conlleva ese criterio?Sí, ese es el criterio que sigue la Audiencia Provincial de Murcia. La reforma de la ley de violencia de género supuso que en ocasiones, sin tener en cuenta ese criterio de sumisión, se pueda llegar a castigar en exceso determinadas conductas.¿Esto supone que pueda castigarse una discusión de pareja?Sí, aunque no digo que sea así siempre. El problema legislativo es que puede acabar castigándose en exceso una discusión de pareja. Y, por defecto, otras conductas que también en esa misma conciencia social debería ser más castigadas no lo son.
Enlaces:
- El TC rechaza la cuestión de inconstitucionalidad elevada por la titular del Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia en relación con el Artículo 171.4 del Código Penal
- A propósito de la magistrada María Jesús García Pérez
- 3.000 euros de multa a la jueza de Cantabria que cuestionó la Ley de Violencia de Género
- Un juez compara la Ley de Violencia de Género con Guantánamo
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Fuente:
La juez María Poza: "La ley no debe sobreproteger a la mujer, sino garantizar la igualdad"
http://pcimurcia.blogspot.com.es/2011/12/la-juez-maria-poza-la-ley-no-debe.html
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