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jueves, 3 de diciembre de 2015

El Supremo establece criterios para aportar pruebas de whatsapp en el divorcio

Jueves, 3 de Diciembre, 2015

La sentencia de la sala de lo Penal del Tribunal Supremo, 300/2015, establece los criterios que van a permitir presentar pruebas de medios como whatsapp, facebook, email, u otras aplicaciones o servicios que permiten acreditar y justificar ciertas acciones.

Ignasi Vives (despacho de Sanahuja Miranda), es quien aparece en la noticia como especialista en derecho informando de los requisitos necesarios para que puedan ser admitidos como prueba en un proceso judicial.
Para ello será necesario disponer de un perito informática que acredite la veracidad de esa prueba, justificante su procedencia original, y acreditando que se encuentra libre de manipulación.

Fuente:
Criterios para que los watsaps sirvan de prueba en un divorcio
http://www.lavanguardia.com/vida/20151202/30530507379/criterios-watsaps-prueba-divorcio.html

1 comentario:

Alberto S dijo...

Por un lado bien, pero por el otro y mas real bienvenidos al club de la fantasía de lo que se denuncia en muchos casos y bienvenidos al club del gasto ilimitado en más gastos paran que ,los page el denunciado perjudicado.
Las leyes para el maltrato de verdad y los divorcios ya existían.
La ley debería de desaparecer de la historia de España, y quedar sólo en las universidades y en la conciencia colectiva para que no se vuelva a imponer semejante aberración. Sera estudiada en todas las universidades del mundo ara saber que no hay que hacer co0ntra la población.
NO LEY 1/2004,28.12 Y OTRAS DE LA GENOROLOGIA.