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domingo, 10 de marzo de 2019

Décadas de lucha por la custodia compartida y miles de menores aún declarados hijos huérfanos de padre vivo

Domingo, 10 de Marzo, 2019

Han cambiado las circunstancias, sí, han cambiado, y no esperamos una tolerancia cero, si bien está es sin duda más que deseable. A partir del 8 de Julio de 2005 los términos "custodia compartida" pasaron a ser incluidos dentro del Código Civil, pero entonces, tiempo atrás a esta fecha, ya había hijos que disfrutaban y disponían del derecho a ser también cuidados y atendidos por su figura paterna.

Estos regímenes de los ahora habla el artículo, ya se establecían entonces entre los progenitores de los menores. Tan sólo era necesario lo mismo que ahora, que el padre estuviese de acuerdo en destinar a la madre unos beneficios mayores que los que el juzgado concedería. Claro, no sólo se trata de la buena disposición de la figura paterna, sino que éste también debe contar con los medios para poder al menos proponer a la madre la ejecución de sus fines, pues muchos se quedan tras la ruptura con una mano delante y otra detrás, y convertidos en visitantes, muertos en vida como padres que pasan, con mucha fortuna, a mantener, desarrollar o crear con sus hijos una relación que se constriñe a 4 días al mes.

En justicia cada caso en diferente, cada caso es particular, y se estudia atendiendo a las circunstancias que rodean en concreto el asunto. Manifestar que se estudia caso a caso, es para cuestionar como se ha debido obtener el título de Derecho. La realidad no es otra que aún hoy día en los juzgados se impone la custodia materna, o dicho de otra forma, se impide a los hijos la custodia compartida, se anula ese derecho a los menores que venían ejerciendo antes que los jueces aplicasen su práctica judicial: la imposición como norma sistemática de la custodia materna.

Hemos avanzado, sí, pero en un porcentaje sumamente bajo, si nos atenemos al porcentaje de custodia compartida en procesos contenciosos, es decir, donde padre y madre no llegan a un acuerdo, los niños son privados del derecho de disponer y disfrutar de una padre en un casi 90% de casos aún.


  • Es uno de los datos que arroja el Primer Observatorio del Derecho de Familia que fue presentado ayer por María Dolores Lozano y María Dolores Azaustre, presidenta y vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA).
  • En la práctica, cuando la guarda y custodia compartida se decreta en los procesos contenciosos, lo ha sido después de que el juzgado ha estudiado el caso concreto y determina que en esa situación concreta es el sistema más adecuado para los hijos.
  • Desde AEAFA se es consciente de que cada caso es muy específico y hay que estudiarlo bien.
  • Sin embargo, “lo cierto es que la custodia compartida empieza a generalizarse, y eso hace que empecemos a normalizar entre los juristas y la ciudadanía un sistema de reparto de tiempo igualitario que antes era excepcional y generaba miedo y reticencias”, afirma Lozano.






Fuente:
El 79% de los abogados de familia están satisfechos con el sistema actual de custodia compartida
https://confilegal.com/20190310-el-79-de-los-abogados-de-familia-estan-satisfechos-con-el-sistema-actual-de-custodia-compartida/

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