Reunión de los lunes

Nos reunimos todos los lunes a las 20,30 horas en la C/Vinaroz nº31, entrada por C/Pradillo, MADRID ¡TE ESPERAMOS!

domingo, 4 de noviembre de 2012

Novedades en la guarda y custodia compartida> Por Marta Gómez Toledo

Domingo, 4 de Noviembre, 2012
El Tribunal Constitucional (TC), en una novedosa y reciente sentencia, ha declarado inconstitucional y, por tanto nulo, un precepto del Código Civil relacionado con la guarda y custodia compartida, dando un cambio importante en los procedimientos judiciales de familia.
Hasta ahora para que un Tribunal concediera a los progenitores una guarda y custodia compartida, si no había acuerdo entre ellos, el Código Civil exigida como requisito necesario y preceptivo el informe favorable del Ministerio Fiscal (figura preceptiva en los procedimientos de familia en lo que existen menores). Pues bien, sin este informe favorable del Ministerio Público el juzgador no podía conceder la guarda y custodia compartida a los progenitores.
El Código Civil establecía que si una de las partes solicitaba la guarda y custodia compartida, y el otro progenitor se oponía, el juez sólo podría acordar la guarda y custodia compartida con el informe a favor de la misma del Ministerio Fiscal, ya que de lo contrario el juez no está legitimado para acordarla o establecerla.
La reciente sentencia del Constitucional ha declarado nulo tal precepto, ya que considera que se le ha impedido con dicha limitación al órgano judicial valorar sopesadamente el resto de la prueba practicada. A partir de esta sentencia, el juzgador podrá acordar la guarda y custodia compartida si es solicitada por uno de los progenitores aún sin el informe favorable del Ministerio Fiscal. Lo que se pretende es que prime siempre el beneficio o interés del menor.
El juzgador deberá valorar por lo tanto la necesidad como la proporcionalidad de la medida de la guarda y custodia compartida. El TC recuerda en su Sentencia que el interés del menor debe prevalecer siempre sobre el de sus progenitores, por lo que el Fiscal deberá velar por los derechos de los hijos y deberá hacer lo necesario para tener conocimiento de cada caso y emitir un dictamen fundado.
GÓMEZ TOLEDO ABOGADOS-HISPAJURIS ÁREA DE DERECHO DE FAMILIA
www.gomeztoledoabogados.com
http://www.diariodeavisos.com/novedades-en-guarda-custodia-compartida-por-marta-gomez-toledo/

No hay comentarios: