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lunes, 4 de marzo de 2013

La Guardia Civil no ejecuta la entrega de los tres menores de Alboraia (Valencia) a su padre

Lunes, 4 de Marzo, 2013
 Enlaces:
- Una juez ordena que tres menores vuelvan a México con su padre
- Condenan a una mujer a llevar a sus tres hijos a México para que los vea el padre 
- Telma Ortiz regresa a Barcelona por imposición de un juez
- Una juez impide a una mujer trasladarse con su hijo a Madrid para que su padre le vea una tarde a la semana (La madre alegaba que había perdido su empleo en Alicante a los pocos meses del divorcio)
- Un juez concede la guarda compartida y obliga a la madre de origen búlgaro a vivir en Barcelona
La Guardia Civil no ha ejecutado este domingo la entrega a su padre de los tres menores que residen junto a su madre en Alboraia (Valencia), tal y como estaba previsto en virtud de la resolución judicial que ordena a trasladar "inmediatamente" a México a los tres hijos, uno de 14 años y dos gemelos de 10, para que el progenitor, del que está divorciada, pueda ejercitar sus derechos de visita.
Unos 300 vecinos se han apostado desde primera hora de la mañana frente a las puertas del domicilio de Isabel Monrós
Así lo han confirmado a Europa Press fuentes de la Guardia Civil, que han apuntado que los agentes no han podido entrar en el domicilio y han abandonado finalmente el lugar, procediendo ahora a la instrucción de las diligencias sobre lo ocurrido. La juez está a la espera de la entrega de un informe escrito sobre la incidencia que ha impedido la ejecución, han informado desde el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
Un familiar de la madre ha relatado a Europa Press que a las 6.30 horas agentes de la Guardia Civil se han personado en la vivienda y más de media docena de efectivos esperaban en la puerta de la finca, mientras que otros estaban dispuestos en la azotea.
Numerosos vecinos han acudido hasta las puertas de este edificio para mostrar su solidaridad con la madre, Isabel Monrós, y de hecho, una asociación pidió permiso para concentrarse hoy en este emplazamiento, de tal modo que no pudieran ser desalojados.
La entrega de los menores a su padre, que esperaba en la planta baja de la finca, estaba prevista a las 8.00 horas, pero finalmente no se ha producido. La madre ha sufrido una crisis de ansiedad, según este familiar, que ha apuntado que los niños "se han vuelto locos" cuando se les ha informado de que la Guardia Civil estaba allí "para llevárselos".
Así, ha indicado que también han sido atendidos por el mismo profesional sanitario que se encontraba en la casa y, posteriormente, por los psicólogos que siguen su tratamiento.
Según ha comentado, la Guardia Civil ha pedido a la familia que pidiera calma a los vecinos concentrados para que el padre pudiera abandonar el edificio de forma pacífica, como ha ocurrido, y en torno a las 14.30 horas, tal y como apunta este familiar, la situación ha vuelto a una "calma relativa" al irse los agentes.
ORIGEN DEL CONFLICTO
La sección décima de la Audiencia de Valencia confirmó la decisión de un juzgado de primera instancia de Moncada que ordenó a la mujer a trasladar "inmediatamente" a México a sus tres hijos menores, que trasladó a España en 2010, un hecho que fue denunciado por el progenitor.
El Abogado del Estado pidió al juzgado de primera instancia que se ordenara la restitución inmediata de los menores a México, una petición a la que se unió el ministerio fiscal, al entender que se había incurrido en un "traslado ilícito", de acuerdo con el Convenio de La Haya.
En apoyo de esta pretensión, se esgrimió que los padres estaban afectados por una sentencia de 2009 dictada por un juzgado de México, que se confirmó posteriormente y que daba la guarda a la madre con un "amplio" régimen de visitas a favor del padre, y exigía que, para el caso de que los niños tuvieran que viajar tanto fuera como dentro del país, debían obtener autorización del progenitor.
Sin embargo, la mujer viajó a España en junio de 2010 con los tres niños y comunicó al juzgado dos meses después que fijaba aquí su residencia. El padre solicitó la restitución de los hijos, y se tramitó la petición a las autoridades españolas.
"GRAVE RIESGO"
La madre alegó que no existía régimen de visitas porque en el trámite procesal desarrollado posteriormente se había anulado y argumentaba un "grave riesgo" para los menores al no haberse fijado pensión alimenticia, el padre no haber hecho frente y carecer ella de ingresos.
Sin embargo, en esta primera resolución, el juzgado, tras analizar la prueba practicada, entendió que el caso se incluye dentro de uno de los supuestos del Convenio de la Haya y desestimó los argumentos de la madre, al entender que seguía vigente el régimen de visitas, que ella convirtió en "inviable" con la decisión "unilateral" de viajar a España, con la que contravino la obligación de comunicar estos desplazamientos.
Asimismo, sostuvo este órgano que el padre había hecho frente a determinados gastos de los menores y que se había iniciado el procedimiento para fijar el importe de la pensión alimenticia. Además, alegaba que era "esencial" para los menores el mantenimiento de la figura paterna y subrayaba que el hecho de la integración de forma satisfactoria de los niños en el país no podía servir para rechazar las peticiones de Abogacía del Estado y fiscal.
En este mismo sentido se ha pronunciado la Audiencia de Valencia, cuya sección décima, a través de un auto, ha desestimado el recurso de la madre contra la decisión del juzgado. Según este tribunal, de la prueba practicada "no se desprende la visión de las cosas" ofrecida por la progenitora, que alegó que los menores estaban "bien" integrados y "seguros" en España y que podía suponer para ellos un "peligro físico, emocional y psicológico" el contacto con el padre por su "conducta depravada".
DERECHO DEL PROGENITOR
El tribunal cita un acta de exploración a los menores, de la que, según señala el auto, no resulta "un rechazo de plano, ni a la posibilidad de residir en México ni hacia la figura del padre". Así, señala que manifiestan un "comprensible apego" al entorno actual, "sin que comporte un rechazo radical hacia los tiempos vividos" y sin que se pueda descartar que los "malos recuerdos" de entonces puedan ser por lo vivido como consecuencia de la crisis del matrimonio.
La Audiencia consideró que estaba vigente el derecho del progenitor a esas visitas, y el incumplimiento y traslado a España de la mujer "frustra toda expectativa de llevarlo a cabo de forma racional", por lo que el caso entra dentro de la aplicación del Convenio de La Haya.
http://www.teinteresa.es/espana/sociedad/Guardia-Civil-entrega-Alboraia-Valencia_0_875913071.html

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