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jueves, 14 de marzo de 2013

Un padre en paro acude a la justicia para que le rebajen la pensión que debe pasar a la madre y la jueza se la aumenta

Jueves, 14 de Marzo, 2013
Enlaces:
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La justicia discrimina sistemáticamente al hombre cuando se trata de casos de familia.
Todo el mundo sabe -excepto el Rey de España- que la justicia no es igual para todos. No se juzga igual a un político que a un obrero, a un Duque que a un ciudadano de a pie, a un hombre que a una mujer. Un claro ejemplo lo encontramos en una de las resoluciones que una jueza de la provincia de Barcelona ha tomado recientemente contra un hombre que perdió su trabajo.
Un padre acudió a los Juzgados de Mataró para intentar que le rebajaran la desproporcinada pensión que debía pagar a la madre de su hijo -casi 1.400 euros al mes cuando sus ingresos eran de apenas 800 euros mensuales-.
El proceso se alargó durante más de dos años ya que la jueza estuvo de baja durante 6 meses que luego empalmó con vacaciones y días festivos.
El padre en paro deberá pasar una pensión a la madre por ser hombre
En este tiempo, el padre perdió su empleo. Así lo hizo saber el día de la vista. La letrada que defendió al padre solicitó que se compartieran los gastos del hijo en común ya que la madre, funcionaria, era una persona solvente y tenía un trabajo fijo y bien remunerado. Sin embargo, la jueza hizo caso omiso a esta salvedad y sentenció con argumentaciones generales que todos los gastos del hijo los debía asumir el padre y además le condenó a pasar una pensión a la madre de 600 euros, lo que hizo que el hombre debiese abonar un montante de 1.600 euros mensuales por la manutención del hijo. Un dinero que no puede pagar y que le generará una deuda de por vida.
¿Acaso Ud. sabe lavar y planchar? ¿Verdad que no? ¡Pues ya está!
El padre que -actualmente se encuentra asistido por los servicios sociales y por Cáritas- recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial de Barcelona y, además, denunció irregularidades en el proceso, dilación excesiva y mala praxis ante el CGPJ. PdO ha tenido acceso al documento presentado ante las instancias superiores.
Que en 2010, A.B.A.B. solicitó una modificación de medidas de divorcio por vía contenciosa al no poder hacer frente a las que, en su día, obligaba la titular del Juzgado de Familia de Primera Instancia de Mataró en los siguientes términos:
 Que antes de iniciarse la vista -y ordenar la grabación de la misma- la Magistrada prohibió la intervención de los abogados de las partes para presionarlas proponiendo acuerdos absurdos, irracionales e inviables que denotaban –entre otras cosas- el profundo desconocimiento de lo que debía juzgarse. El argumento que utilizó para no conceder la intervención de los abogados fue que “quería hablar directamente con los ciudadanos”.
 Que se jactó en todo momento de no haberse leído “tanto papel” porque según dijo textualmente “recuerdo lo que se ha dicho en juicios anteriores”.
 Que antes de celebrarse la vista y sin que se hubiese iniciado la grabación de la misma, la Magistrada aprovechó para denigrar y faltar al respeto al ciudadano demandante. Profiriendo frases y expresiones prejuiciosas distantes de la deseable imparcialidad: “¡Venga hombre! No le vendrá a usted de 500 euros… si luego se lo gastará en copas”, “¿Acaso sabe usted lavar y planchar. ¿Verdad que no? Pues ya está.” y otras expresiones frívolas dedicadas a la madre demandada como: “¿Hay que ver qué ojos más bonitos tiene usted?”
 Que tras la celebración del juicio y la imposibilidad de cumplir las medidas provisionales se instó a la Magistrada a que dictara Sentencia definitiva cosa que no pudo hacer con la celeridad deseable al encontrarse la jueza varios meses de baja médica que empalmó con vacaciones y días festivos.
 Dilación que aumentó al comprobar que, según información de los propios funcionarios del citado Juzgado, la jueza M. no acudía al Juzgado “ni los lunes ni los viernes porque trabaja desde su casa”.
 Que tras varios meses de espera, motivado por las citadas bajas y vacaciones de la Magistrada, ésta propuso celebrar una nueva vista argumentando que se trataba de la “continuidad del juicio anterior”.
 Juicio que finalmente, tras varias horas de espera, no se celebró porque –en una nueva falta de respeto a los ciudadanos- la titular del Juzgado de Familia de Mataró no se presentó en los juzgados alegando una gripe.
 Que la dilación de la Sentencia tuvo consecuencias directas para el demandante y subsidiariamente para el menor dejando al primero en la indigencia e indefensión.
 Que un año después del juicio, con débiles argumentaciones generales, derivó en una sentencia injusta de imposible cumplimiento que fue recurrida de oficio por el Ministerio Fiscal y por el propio demandante.”
La abogada del demandante, S.F.L., cree que la queja interpuesta ante el CGPJ no prosperará porque “la Justicia -como todo el mundo sabe- no es igual para todo el mundo y menos en temas de familia donde el hombre suele salir perdiendo. Además resulta relativamente habitual que los jueces se tomen largas vacaciones sin que los mecanismos de control de la justicia corrijan estos desfases. Por último, la letrada cree que el corporativismo existente entre jueces de “pensamiento único” suele ser determinante para que este tipo de denuncias no prosperen”.
http://www.periodistadeopinion.com/2013/03/10/un-padre-en-paro-acude-a-la-justicia-para-que-le-rebajen-la-pension-que-debe-pasar-a-la-madre-y-la-jueza-se-la-aumenta/

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