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jueves, 3 de abril de 2014

Dos firmas para cambiar de colegio a hijos de padres separados

Jueves, 3 de Abril, 2014
- Educación amplía los requisitos en el proceso de matriculación que empieza el viernes
- Solo en caso de retirada de la patria potestad podrá firmar un solo progenitor
La Generalitat Valenciana solicitará la firma de los dos progenitores para formalizar la matrícula de sus hijos en el caso de que estos estén separados o divorciados. Así lo recoge la resolución publicada hoy en Diari Oficial de la Generalitat, un día antes de que se presenten las vacantes de los centros y cuatro antes de comience el plazo de solicitud de centro.
Podrá firmar un solo progenitor en caso de acreditar, mediante "la correspondiente resolución judicial, que se ha limitado la patria potestad del no firmante". En caso firmar uno solo, sin justificar la falta de consentimiento del otro, se tramitará igualmente la matrícula del hijo, pero la Consejería de Educación informará al progenitor ausente.
Esta ampliación de requisitos para la matrícula escolar se aplicará a partir de mañana, viernes, especialmente en el cambio de centro educativo del alumnado o cambio de modalidad lingüística en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria en la Comunidad Valenciana.
En caso de no llegar a un acuerdo entre los progenitores, será el juzgado quien tome una determinación, ha aclarado en un encuentro con medios la consejera de Educación, María José Català, tras puntualizar que la valenciana es la primera autonomía que introduce esta posibilidad en el modelo de admisión de alumnos.
"Si los dos tienen la patria potestad pero la custodia solo uno de ellos, ambos deberán ser conocedores del cambio de centro y tendrán derecho a participar en el Consejo Escolar, a tener información sobre las notas de su hijo o sobre las salidas a excursiones, o a la cesión de fotografías", ha añadido.
En el caso de cambio de centro, si solo firmara un progenitor sin justificar la ausencia del otro, deberá informarse al ausente, pero la normativa especifica que transcurridos cinco días sin tener respuesta en uno u otro sentido, se procederá a dar de baja al escolar en el centro de origen.
Con los nuevos requisitos para padres separados, divorciados y situaciones análogas, la Generalitat pretende garantizar "el ejercicio del derecho de ambos a la libre elección de centro escolar para su hijo o hija y la participación de ambos en aquellas decisiones relevantes en materia de escolarización". En la documentación que a partir de hoy se entregue a las familias, se incluye un apartado específico a tal fin en las solicitudes de confirmación de plaza, de puesto escolar o el cambio de modalidad lingüística.
Según ha explicado, en el caso de que el menor tenga que ser cambiado de centro escolar o se quiera modificar la línea del programa lingüístico en la que va a estudiar se precisará la firma de los dos padres, lo que también dará seguridad jurídica a los propios centros escolares.
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/04/03/valencia/1396514273_699839.html

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