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martes, 6 de enero de 2015

La vivienda famliar en los casos de hijos con custodia compartida

Martes, 6 de Enero, 2015
La información procede de  BLOG DE LUIS ABELEDO


Cuando la vivienda es de los dos o de uno de ellos, el artículo 96 del Código Civil dice que el uso y disfrute es para los menores. Independientemente de quien sea el propietario de la casa familiar


El post de hoy aborda una STS de 21-10-2014, recurso 2119/2009, Ponente: Seijas Quintana, Resolución 593/2014, en la que la Sala declara haber lugar al recurso interpuesto y fija un límite temporal del uso de la vivienda familiar a la esposa.
que la Sala adopte una solución con relación a la atribución de la vivienda al cónyuge no titular de la misma en casos de custodia compartida, sobre la que no existe jurisprudencia de casos similares


 Enlaces:
Uso de vivienda familiar y convivencia extramatrimonial con un tercero
- Los efectos perversos del binomio hijos-casa
- Los jueces empiezan a limitar el uso de la vivienda en los divorcios
- Atribución del uso de la vivienda familiar: Con hijos menores
- Doctrina y Jurisprudencia del Tribunal Supremo en la apliación de la custodia compartida


Fuente:
UTILIZACIÓN DE LA VIVIENDA FAMILIAR EN LA CUSTODIA COMPARTIDA. LÍMITES TEMPORALES
https://abeledoabogados.wordpress.com/2015/01/05/1164/

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