Lunes, 7 de Diciembre, 2015
La Audiencia Provincial de Jaén (tercera sección) deja sin efecto la condena el Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén, que había sentenciado 3 años de condena a Manuel Rafael S. G., por violencia de género. Los motivos los habituales, entre ellos también por supuesto el maltrato psicológico. El juzgado condenó también a Manuel a 9 años de alejamiento de su mujer, pero hasta incluso a nivel de comunicaciones.
Los magistrados de la Audiencia dan un repaso a su Señoría del número 4 de Jaén, el juez
Emilio García-Rueda Quesada. Reflejan los magistrados de la Audiencia las contradicciones en que incurre la denunciante y supuesta víctima, además de que coincide con el momento en el cual había roto las negociaciones entre los abogados de ambas partes para llegar a un acuerdo en cuanto a las cantidades que se fijarían a pagar en los concepto de la pensión de alimentos, y la pensión compensatoria de esta supuesta víctima.
Pero además recuerdan al magistrado del 4 de lo Penal, que esta supuesta víctima había trabajado en el Instituto andaluz de la mujer, por lo que no solo tenía acceso al psicólogo del centro, sino que además debía de conocer muy bien como funciona la ley de género, y las consecuencia que pueden derivarse hacía el supuesto maltratador, y las ventajas que se obtienen haciendo uso de falsos testimonios.
Fuente:
La Audiencia absuelve a un hombre condenado a más de 3 años de cárcel por maltratar a su pareja
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