Reunión de los lunes

Nos reunimos todos los lunes a las 20,30 horas en la C/Vinaroz nº31, entrada por C/Pradillo, MADRID ¡TE ESPERAMOS!

lunes, 7 de diciembre de 2015

Se podrá impedir que un maltratador visite a sus hijos aunque estos no sean víctimas

Lunes, 7 de Diciembre, 2015

El magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, del Tribunal Supremo ha actuado como ponente en una sentencia frente al recurso de casación de la Audiencia Provincial de Cádiz, estableciendo como jurisprudencia que los jueces a partir de ahora, podrán, suspender el contacto de un padre con sus hijos, aunque haya condena alguna de violencia sobre ellos.

Fundamente y se apoya para tal resolución en un caso en donde el padre fue condenado por violencia de género, y por violencia doméstica contra la hija, pero los tribunales permitieron que continuará manteniendo contacto con otro hijo que nada tenía que ver en esto. Consideran quitar la razón a los tribunales inferiores puesto que en las medidas dispuestas para un curso al padre de terapia sobre la violencia no se han fijado y acordado en concreto que medidas son y como se controlará la rehabilitación del padre. Por lo que se considera que puede suponer un riesgo para el otro hijo. Pero si deja abierto la opción de que cuando se cumpla lo fijado pueda reclamar de nuevo el contacto con su hijos.

Es otra medida que parece ir enfocado solo al maltrato del padre sobre los hijos, sin considerar de igual forma el maltrato de la madre sobre los hijos, o al menos, así parece tras leer la noticia.



Texto de la sentencia:
- STS 680/2015

Fuente:
El Supremo fija doctrina para suspender el régimen de visitas de un padre condenado por maltrato
http://www.confilegal.com/noticias/supremo-fija-doctrina-suspender-regimen-visitas-menor-cuyo-padre-sido-condenado-maltrato-07122015-1315

No hay comentarios: