No puede esta juez, la titular del Juzgado de lo Penal Único, en Palencia, Olga Álvarez Peña, eludir la responsabilidad de tener en sus manos un caso de maltrato infantil contra un menor, puesto que dispone de una herramienta de cara a la inmediata protección del menor: aplicar el artículo 158. Y ella es conocedora directa de mal causado contra ese inocente niño, que además del maltrato causado a través del provocado absentismo escolar, se encuentran las críticas y acusaciones que la madre, L.M.M., vierte contra la figura paterna de este niño, y además es está madre quien ejerce la guarda y custodia aún del hijo, un niño maltratado por esta madre, y sobre quien la juez titular ha considerado saldar el daño causado contra el menor con poco más de 1.000 euros, 1.260 euros.
Esta juez, además ejerce como presidenta de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) en Castilla y León, y en la noticia de la cual procede la imagen, manifestaba la preocupación por la víctima, y en este caso sin duda alguna la víctima en mayor medida afectada es el menor.
Partes de la sentencia que recoge la fuente:
- «Lo cierto es que en ningún caso comunicó a nadie cuáles eran esas razones que tenía para no llevar al niño al colegio»
- «Ha quedado probado que el absentismo ha sido grave, reiterado y prolongado en el tiempo, no cumpliendo la acusada con el deber que le incumbía sin aducir los motivos o razones pese a que fue informada y requerida en diversas ocasiones tanto en el colegio como en la Inspección a cumplir con su obligación de llevar al menor al colegio. No ha sido probado que, de haber asistido el menor al colegio, el padre se lo hubiera llevado en el horario escolar, pues ha de constar una justificación para la salida del menor».
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Fuente:
Multan a una mujer de Palencia con 1.260 euros por no llevar a su hijo de 7 años durante 71 días al colegio
http://www.abc.es/espana/castilla-leon/abci-multan-mujer-palencia-1260-euros-no-llevar-hijo-7-anos-durante-71-dias-colegio-201710251303_noticia.html
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