Miércoles 9 de marzo de 2011
Hace años, hablando con el novio de una amiga -un chico de ideología nacionalista-, salió a relucir el tema del terrorismo. Sin cortarse un pelo, el chaval dijo que consideraba a los niños y mujeres asesinadas por ETA “bajas colaterales” de un conflicto con el Estado. Confieso que tuve que morderme la lengua, por respeto a mi amiga, para no mandar a su novio a freir puñetas. Siempre recuerdo la burrada que dijo aquel tío cuando alguien dice que uno puede ser amigo de otra persona con total independencia de sus opiniones. Yo tengo amigos de derechas, de izquierdas, ecologistas, socialistas, liberales e incluso del Barça. Aprecio en ellos a las personas por encima de sus opiniones, pero me confieso incapaz de ser amigo de un energúmeno que considera “bajas colaterales” a las víctimas de ETA. ¿Y a qué viene todo esto? Pues a que esta noche he estado ojeando el Anteproyecto de Ley de Igualdad de Trato que prepara Leire Pajín y estoy que no salgo de mi asombro.
Pajín prohibirá a los particulares discriminar a otros por sus opiniones
El Artículo 1.2 de ese anteproyecto afirma que dicha ley “regula derechos y obligaciones de las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, establece principios de actuación de los poderes públicos y prevé medidas destinadas a prevenir, eliminar y corregir toda forma de discriminación en los sectores público y privado“. Las negritas las he puesto yo para subrayar que esta norma pretende crear obligaciones a las personas privadas y dentro del sector privado. ¿Y qué obligaciones son ésas?
La respuesta nos llega con el Artículo 2, cuyo primer punto dice lo siguiente:
“Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”
Nuevamente, señalo en negrita lo que me parece relevante para el caso. Como se puede observar, se trata de una norma que pretende eliminar entre personas privadas y en el sector privado toda discriminación por motivos de convicción u opinión, entre otros. O dicho sea de forma más mundana: que un particular no podrá tratar a nadie de forma diferente por su forma de pensar. Esta ley se salta muy peligrosamente lo recogido por el Artículo 14 de la Constitución Española, que limitaba ese principio de no discriminación por motivos de opinión a la igualdad de los españoles ante la ley. La pregunta que me asalta viendo las pretensiones de la ministra Pajín es la siguiente: ¿en qué ámbitos se aplicará esta ampliación del la no discriminación por motivos de opinión?
¿Tendrá el PSOE que admitir a ultraderechistas en sus filas?
El Artículo 3 del Anteproyecto señala lo siguiente: “Esta Ley se aplicará en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social“. Podrían haberse ahorrado texto y haber puesto que se aplicará en todos los ámbitos de la vida que no sean los de la estricta soledad, pues el hecho de estar con otra persona ya entra dentro del ámbito social. Así pues, tenemos una norma que prohíbe a las personas privadas discriminar a otros por sus opiniones en cualquier ámbito de su vida en sociedad.
Lo más insólito es que ese Artículo 3 establece que dicho principio de no discriminación es aplicable a la “Afiliación y participación en organizaciones políticas, sindicales, empresariales, profesionales y de interés social o económico.” ¿Significará esto que un ultraderechista podrá denunciar al PSOE si no le admite como afiliado a raíz de sus ideas? Seguro que no. A fin de cuentas, esta norma será aplicada por una figura inquisitorial denominada “Autoridad para la Igualdad de Trato y la No Discriminación”, una persona cuyo nombramiento “corresponderá al Gobierno” según el Artículo 38 del Anteproyecto. Al cuerno la justicia independiente: esta ley supone crear una auténtica Policía del pensamiento a las órdenes del ejecutivo.
Pajín quiere prohibir conductas, actos e incluso criterios
El Artículo 4 del Anteproyecto afirma lo siguiente:
“El derecho protegido por la presente ley implica la ausencia de toda discriminación por razón de las causas previstas en el apartado primero del artículo dos.
En consecuencia, queda prohibida toda conducta, acto, criterio o práctica que atente contra el mismo.”
Al llegar a este punto tuve que pellizcarme para asegurarme de no estar soñando (o más bien, teniendo una pesadilla). Lo que pretende esta norma es prohibir conductas, actos e incluso criterios, es decir, juicios o discernimientos que puedan resultar diferenciar el trato entre personas privadas. Alucinante. Ya sólo falta que Pajín nos prohiba imaginar que tratamos a alguien de forma desigual, o soñar con que lo hacemos. Claro que al paso que va esta chica, todo se andará…
¿Hay algo que Pajín no considere discriminación?
En los Artículos 5 y siguientes se leen algunas de las cosas que entiende este Anteproyecto por discriminación:
■Tratar a una persona de manera menos favorable que a otra (Art.5).
■Tratar a alguien de forma distinta por su relación con otra persona (Art.6).
■Tratar a alguien de forma distinta por haberla apreciado incorrectamente (Art.6).
■Una mezcla de todas las anteriores (Art.7).
■Inducir a otros a tratar de forma distinta o menos favorable a alguien (Art.9).
■Tener un “trato adverso” hacia alguien que haya cursado una denuncia por cualquiera de estos motivos (Art.10).
Tras leer esto, me surge una pregunta: ¿hay algún momento de la vida cotidiana de un ser humano que Pajín no considere discriminatorio? En nuestras vidas hacemos muchas elecciones relacionadas con personas, desde hacer amigos a enamorarnos, casarnos, ir al cine, etc., en los que valoramos a otros por los motivos más diversos y rehuimos ciertas compañías por los motivos que sean. ¿Pretende Pajín limitar hasta el extremo nuestra capacidad para decidir con quién queremos relacionarnos? A la vista del Anteproyecto, la respuesta es un sí rotundo. Es más: si se llega a aprobar esa norma, ejercer nuestra libertad al tratar a otros significará correr el riesgo de ser denunciados ante un órgano inquisitorial, situación en la cual -para colmo- tendríamos que demostrar nuestra inocencia como ya adelanté aquí en enero: una inversión de la carga probatoria que es propia de los regímenes totalitarios, en los que no existe el derecho a la presunción de inocencia.
Una ley dictatorial que beneficiará a los más extremistas
Desde luego, esta ley es digna de las peores dictaduras, aquellas en las que el Estado planifica la vida de los individuos hasta los detalles más nimios. Y es que en una sociedad libre a nadie se le puede obligar a tener determinado trato con otra persona en su ámbito privado, aunque no quiera por el motivo que sea. Esa decisión nos corresponde a nosotros, y usurparnos ese derecho es propio de gobernantes con mentalidades estalinistas.
Eso sí, los nazis, los proetarras, los fans de Kim Jong-Il y de Pol Pot, los negacionistas del Holocausto, los simpatizantes del Ku Klux Klan y otros grupos parecidos deben estar dando saltos de alegría con la nueva ley de Pajín: si llega a probarse, los medios de comunicación privados no podrán negarse a publicar sus panfletos alegando un rechazo a sus opiniones, a menos que quieran sufrir una denuncia por discriminación. De locos, en fin.
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http://www.outono.net/elentir/2011/03/09/%c2%bfla-ley-estalinista-de-pajin-nos-impedira-elegir-libremente-nuestras-amistades/
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