Los letrados que han sido consultados en el artículo son:
- Javier Valero
- Mirta Manrique
- Felipe Mateo
- “Cuando me divorcié acordé unas condiciones tanto en la pensión alimenticia de mi hija como en la compensatoria de mi ex-mujer, pero al poco tiempo tuve que cerrar la empresa y no pude hacer frente a los gastos, así que finalmente pedí una modificación de las medidas”
- “Hay que demostrar que no se tienen ingresos o que han disminuido considerablemente, ya que algunos podrían intentar menguarla sin que hubiera cambiado su situación”
- “Anteriormente si un padre alegaba que se había quedado en el paro para reducir la pensión casi ningún juez lo aceptaba, puesto que consideraban que tenían dos años por delante para encontrar empleo”
- “Al dejar de pagar, mi ex-pareja me denunció, tanto por su pensión compensatoria como por la de alimentos de mi hija”
- "Hay mucha gente que piensa que con no pagar es suficiente, sin embargo, lo que hay que pedir es una modificación de medidas, porque si no tiene consecuencias penales, civiles, e incluso, se puede llegar a la cárcel”
- “Cuando no se tiene ningún ingreso o se cobra solamente la ayuda de los 400 euros muchos jueces están dando la posibilidad de suspender la pensión”
- También existe desde el año 2008, el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, un fondo regulado por el Ministerio de Economía y Hacienda. Con ella llegas a cobrar 100 euros al mes, con un máximo de 18 meses.
Fuente:
- “Las rebajas de pensiones alimenticias han aumentando más del 20% desde 2008”
http://www.heraldo.es/noticias/aragon/2014/08/25/las_modificaciones_las_pensiones_alimentos_aumentan_aragon_306192_300.html
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