Jueves, 21 de Mayo, 2015
Encontramos el enlace gracias a Antonio Medina
La Audiencia Provincial de Cuenca echó para atrás la decsión del juzgado de primera instancia a devolver las cantidades satisfechas en concepto de pensión de alimentos por un hombre a un menor que realmente no era su hijo.
La decisión de la Audiencia de Cuenca subió al Supremo, quien ratificó a la segunda instanca basamentando la decisión en que el carácter de retroactividad no puede ir nuncia en perjuicio de los menores.
La cifra de 19.285 euros euros es la satifecha por el hombre desde el año 2.002 hasta el 2.009, y la cual el Supremo ha ratifica que no procederá a su devolución.
El ponente de la sentencia es el Magistrado José Antonio Seijas Quintana.
No es nada extraño el caso, y nos referimos a aquellos en los cuales se descubre que ese menor que creíamos nuestro hijo o hijas resulta no serlo.
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Fuente:
El Supremo niega la devolución de la pensión alimenticia a un hombre que no era el padre de una menor
http://cadenaser.com/ser/2015/05/21/tribunales/1432209806_207829.html
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