Alfonso Lara Moreno
Separado en agosto de 2001. En principio, custodia para la madre, pago de pensión de alimentos y 50 % de gastos extraordinarios del hijo por parte del padre, uso y disfrute del piso (copropietarios al 50 % proindiviso) para la madre y el menor y pago de la hipoteca y la contribución del piso al 50 %. Al cumplir nuestro hijo 12 años, solicito custodia compartida. En el juicio (contencioso) la jueza promueve "acuerdo"; aceptará la petición del padre pero no puede solicitar cambio en el uso y disfrute del piso. Ambos "aceptamos". Desde 1 octubre de 2009, custodia compartida por semanas, gastos extraordinarios al 50 %, uso y disfrute del piso para la madre y el hijo y pago de la hipoteca y la contribución al 50%. El 29 de septiembre de 2011, después de 2 años de custodia compartida funcionando perfectamente, solicito cambio del uso y disfrute del piso, vender el piso a terceros o vendernos entre ambos el 50 %. Ambos somos mileuristas, la madre paga 130 euros de mitad hipoteca, el padre debe pagar 130 euros mitad de hipoteca y 500 euros de alquiler de piso en el que vive con su hijo (16 años). ¡Y aquí esta la injusticia!: lo desestiman alegando que no ha habido un cambio transcendente, permanente, etcétera, y condenándome a costas (pagar el abogado y procurador de la madre además del mío, aproximadamente 5.000 euros). ¿Qué más cambio transcendente, permanente, etcétera, puede darse que el pasar de custodia para la madre durante 8 años a custodia compartida por semanas y que funciona perfectamente desde hace 2 años y 5 meses? ¿Por qué se beneficia a un progenitor en detrimento del otro? ¿Cuándo se considerara que ha habido un cambio transcendente, etcétera y "cada palo aguante su vela"? ¿Tiene más derecho al uso y disfrute del piso la madre y su pareja que el padre? ¿Dónde está la justicia? ¿Qué puedo hacer?http://www.diariocordoba.com/noticias/opinion/cartas-director_699976.html
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