Sábado, 16 de Noviembre, 2013
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La sentencia también solicita la nulidad "la escritura de testamento abierto" otorgada a favor de la acusada en diciembre de 2011 y la escritura de herencia concedida a su favor en julio de 2012http://www.ideal.es/jaen/20131114/local/jaen/condenada-anos-carcel-vecina-201311141634.html
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a una pena de dos años de cárcel a la vecina de la ciudad jiennense de Linares, identificada como M.A.L.M., a la que la Fiscalía atribuía un delito de estafa cometido al tratar de apoderarse de la herencia de un anciano, ya fallecido, que tenía reconocida una "gran invalidez" por la que se le había concedido la "incapacidad permanente", al padecer una "enfermedad mental" y una "gran limitación de su movilidad" como consecuencia de una operación en su cadera izquierda.La sentencia, de 24 páginas, considera probado que la acusada, de 50 años, "comenzó a ganarse la confianza" del anciano -que respondía a las siglas J.M.G.R., vivía solo tras haber enviudado y era "amigo y vecino" de su padre- "en septiembre y octubre de 2011", cuando éste contaba con 86 años y "con ánimo de lucro".De esta manera, "a primeros de diciembre de 2011" la encartada se trasladó al domicilio de éste, "haciéndose pronto con el control de la situación, pues conocía la desahogada posición económica" del anciano, que poseía una vivienda en Martos y otra en Linares, y más de 130.000 euros repartidos en una cuenta y dos depósitos bancarios.El 29 de diciembre de 2011, el anciano nombró a la ahora condenada "heredera de todos sus bienes" mediante "testamento abierto". Para "tratar de hacerse" con el dinero que éste tenía en los citados depósitos bancarios, ésta "acompañó" al anciano a la entidad financiera en la que éstos se ubicaban, "lo que alertó incluso al director, pues según él no estaba aquél en plenitud de sus facultades mentales, diciendo un día una cosa y otro ni se acuerda".Así las cosas, la acusada logró ser designada "cotitular" de la cuenta del anciano a través de la cual éste cobraba su pensión "de 1.631 euros al mes", a la que también se transfirieron los 114.000 euros en los que se vendió el inmueble de Martos, traspasado en marzo de 2012, fecha en la que ésta se divorció de su marido.Tras ello, y "a pesar de que el estado de salud" del anciano "empeoraba", la encartada inició "los trámites correspondientes para contraer matrimonio civil" en mayo de 2012, mes en el que éste falleció. El día 22 de ese mes, tres días antes del óbito y cuando la víctima se encontraba hospitalizada, la mujer logró que éste le concediera "plenos poderes", de los que hizo "uso indebido el 1 de junio de 2012" para "la apertura" de una cuenta-libreta a nombre del finado.La acusada se ocupó, según la sentencia, de que el hombre fuera incinerado en Linares "sin comunicar el hecho a vecinos o a parientes y sin publicar esquelas", y entre enero y septiembre de 2012 "realizó varias disposiciones en cajero y compras con tarjetas" que redujeron el saldo de la cuenta del anciano "de 109.679,64 a 50.483,56 euros". En total, "la cantidad total defraudada" por la ahora condenada "supera los 50.000 euros".El tribunal que ha enjuiciado este caso considera que estos hechos constituyen "un delito continuado de estafa agravado por la cuantía de la defraudación", para cuya comisión hubo un "engaño previo", ya que "la acusada nada más conocer a J.M. (...) se ofreció para cuidarlo dadas las limitaciones físicas que él tenía, lo que sin duda provocó que se ganara su confianza".Sin embargo, según continúa la sentencia --fechada el pasado día 12 de este mes de noviembre--, "el compromiso que ella adquirió de cuidar a J.M. y a cambio de lo cual él le dejaba todos sus bienes, no fue tal, radicando ahí el engaño".Además, los jueces consideran que "existen otros actos que acreditan el ardid y la maniobra por parte de la acusada para obtener los bienes de J.M.", como, según añaden, fue su decisión de divorciarse de su marido para "conseguir así plena libertad para contraer matrimonio civil" con aquél."La acusada realizó todos los actos encaminados a hacerse con el patrimonio de J.M., coordinándolos en el tiempo, uno tras otro, consiguiendo desde el principio de su convivencia", continúa el tribunal, que califica estos hechos como una "estafa consumada" y "continuada" mediante un "plan preconcebido".No obstante, el tribunal descarta que estos hechos se realizaran "con abuso de las relaciones personales existentes entre la víctima y defraudador, pues precisamente fue esa relación personal surgida la que determinó el engaño", de forma que el "abuso de confianza (...) está aquí implícita en la estafa cometida".Además de la citada pena de dos años de cárcel, la Sección Primera de la Audiencia obliga a la acusada a pagar una multa de seis euros diarios durante ocho meses, así como, en concepto de responsabilidad civil, a reintegrar a la "herencia yacente" del anciano la suma de 41.970,75 euros que ésta dispuso "de forma improcedente" de una de las cuentas bancarias de la víctima.Por último, la sentencia, que puede ser recurrida en casación, también solicita la nulidad "la escritura de testamento abierto" otorgada a favor de la acusada en diciembre de 2011 y la escritura de herencia concedida a su favor en julio de 2012, entre otras disposiciones.
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