El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el
recurso presentado por una funcionaria de justicia que reclamaba su
jubilación por incapacidad alegando que su trabajo en la sección de
violencia contra la mujer del juzgado de Huesca a la que está adscrita
le traumatizaba.
En su sentencia, el Supremo confirma la resolución desestimatoria
adoptada en junio del año pasado por el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo y argumenta que los informes psicológicos
incorporados a la causa fueron valorados de forma correcta por este
tribunal.
La representación legal de la funcionaria había alegado en su recurso
ante el Tribunal Supremo que uno de los informes determinaba que la
demandante no podía continuar en su actual trabajo en la sección de
violencia de género debido a un "trastorno por estrés postraumático"
sufrido.
El Supremo asegura, sin embargo, que el citado informe desaconseja la
reincorporación de la funcionaria en la referida sección de violencia
contra la mujer, pero no en otros puestos del mismo órgano judicial con
funciones distintas.
Indica, además, que un expediente interno del propio juzgado oscense
refiere la existencia de dos plazas para la tramitación de causas
civiles que podría ocupar la demandante, y de otras dos en materia de
instrucción penal también a su disposición.
El Tribunal Supremo también se apoya en el dictamen del Equipo de
Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad
Social, que admitió que la trabajadora sufría episodios de miedo y
pánico debido a una situación traumática familiar que "se reaviva en su
puesto de trabajo", pero que descartó la incapacitación.
Este equipo, afirma el Supremo, que condena a la funcionaria al pago
de las costas judiciales generadas, se apoyó en el informe de un
psiquiatra que recomendó la vuelta al trabajo de la demandante aunque en
un puesto distintos.
Según este especialista, la reincorporación de la funcionaria a un
puesto distinto de trabajo y la psicoterapia llevada a cabo para
afrontar los traumas originarios del conflicto personal sufrido tendrían
un efecto positivo sobre la paciente.
Considera, además, que "un dilatado tiempo de baja en nada beneficia
los ritmos de su actividad diaria ni a su amor propio, por lo que
debería incorporarse al trabajo para un normalización de su proceso y de
sus hábitos de vida, siempre que no sea en su puesto de trabajo
actual".
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