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viernes, 25 de abril de 2014

PSICÓLOGA DE ZARAGOZA SANCIONADA POR LA COMISIÓN DE UNA FALTA GRAVE

Viernes, 25 de Abril, 2014
La Comisión Deontológica del Consejo General de la Psicología de España, en su reunión de fecha 27 de septiembre de 2013, consideró que:
1. La psicóloga Dª Clara C. M. "ha realizado una serie de comentarios inadecuados y que, cuando menos enturbian la relación terapéutica, que aunque ésta fuese directa con la menor, hija del aquí recurrente, es obvio que el rapport entre terapeuta y tutores legales va a afectar a la intervención con la menor". El comentario hace referencia a un e-mail remitido por la psicóloga a las profesoras del colegio en el que cursaba estudios la menor y que, por error, también envió al padre de dicha menor.
2. El comportamiento de la psicóloga Dª Clara C. M. "es poco profesional, haciéndolo de manera confusa y contradictoria: la afirmación de la lectura de la documentación recibida, para posteriormente, reconocer que no lo ha hecho..."
3. Sí es evidente que la psicóloga Dª Clara C. M. "pide disculpas y que subsana algunos errores que originariamente comete: compromiso inicial de no elaborar informe alguno, para posteriormente emitirlo; disculpas por el envío erróneo del correo electrónico, aunque sin retractarse de lo dicho."
Concluyendo la Comisión Deontológica Estatal que la psicóloga Dª Clara C. M. "ha vulnerado los artículos del Código Deontológico 29 y 44 por entender que se ha prestado a una "SITUACIÓN CONFUSA EN LA QUE SU PAPEL Y FUNCIÓN HA SIDO EQUÍVOCO Y AMBIGUO", a la par que "LA INFORMACIÓN ... ADQUIRIDA ... SE HA USADO EN PERJUICIO DEL INTERESADO"", así como que "...la actuación profesional de Dª Clara C. M. ha sido irregular faltando a la ética profesional al considerar que ha quedado probada la infracción de los artículos 29 y 44 del Código Deontológico del Psicólogo."
Consecuencia de todo ello, mediante resolución de fecha 22 de noviembre de 2013, el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos impuso a la psicóloga de Zaragoza Dª Clara C. M. la sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión por un período de 10 días por la comisión de una falta grave, así como "a modo de recomendación, considera necesario trasladar a la Sra. C. M. que realice un curso de deontología."
Especial mención merece el hecho de que en su día, el Colegio Profesional de Psicólogos de Aragón archivó la denuncia formulada contra Dª Clara C. M., razón por la cual hubo que recurrir dicho archivo ante el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos que, como se ha expuesto, estimando el recurso formulado, acabó sancionando a dicha profesional por la comisión de una falta grave.
Lamentablemente no estamos ante un caso aislado, por ello, ante actuaciones profesionales irregulares SE ACONSEJA DENUNCIAR, bien sea ante el Colegio Profesional pertinente o ante los Juzgados y Tribunales, sólo de esta manera se podrá conseguir que, quienes faltan a la ética profesional en el ejercicio de su profesión, dejen de hacerlo.
http://www.mateobuenoabogado.com/index.php/noticias/18-psicologa-sancionada-por-la-comision-de-una-falta-grave

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