MEDIDAS PARA PROGENITORES SEPARADOSEnlaces:
Para solicitar el cambio de un menor de centro educativo o para modificar su opción lingüística se requerirá a partir de este año la firma de los dos progenitores en caso de que no convivan, lo que dará seguridad jurídica a los centros escolares.
La excepción será cuando exista una resolución judicial que limite la patria potestad de alguno de ellos. Si no consta el consentimiento de ambos el centro dará traslado al que no ha firmado para que en un tope de cinco días pueda manifestar su oposición. Si el alumno se incorpora por primera vez sistema educativo también se exigirán los datos y la firma de cada uno.
El nuevo impreso, publicado ayer en el Diari Oficial de la Comunitat, requiere rellenar una casilla acerca de si los progenitores conviven o no y si tienen limitada la patria potestad.
Según explican los directores, si bien muchas parejas terminan bien la relación, otras veces se producen multitud de conflictos entre separados, en la entrega de notas; el consentimiento para extraescolares y salidas o a la hora de quién se presenta a recoger a los niños a la salida.
En los últimos meses, la Conselleria ha dictado una serie de instrucciones en torno a la relación de los padres que ya no conviven con las escuelas. “Si los dos tienen la patria potestad pero la custodia solo uno de ellos, ambos deberán ser conocedores del cambio de centro y tendrán derecho a participar en el consejo escolar, a tener información sobre las notas de su hijo o sobre las salidas a excursiones, o a la cesión de fotografías”, ha aclarado la consellera Català.
Cuando el centro deba tomar una decisión educativa con respecto al menor y constate un desacuerdo manifiesto entre los progenitores, deberá remitirlos a la autoridad judicial, poniendo los hechos en conocimiento del fiscal si lo cree oportuno.
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