Los resultados que arroja la noticia son de un 12,3% de condenas por violencia de género y domésticas, respecto de las denuncias presentadas entre el año 2004 hasta el 2015, de lo que se deduce que el resto, el 87,7% los acusados y presuntos culpables terminan con un archivo, sobreseimiento, o inocente si se demuestra que la denuncia es falsa.
Pero en estos casos donde el varón no resulta condenado, si es importante visualizar que en la mayoría de los casos son hombres que tras la inmediata interposición de la denuncia han sido localizados, detenidos y encerrados en un calabozo hasta ser puestos a disposición judicial, en horas o días, depende de cuando se presente la denuncia, pues es más que habitual que la mujer interponga la denuncia un viernes por la tarde, y el supuesto agresor pase el fin de semana en el calabozo.
Recoge la noticia, además de lo expuesto en el párrafo anterior, que el hombre por estar incurso en un procedimiento de violencia de género, ya verá como el régimen de custodia compartida no puede acordarse en su caso. Y es que es muy importante difundir que una gran parte de estas denuncias son presentadas en medio de los procesos de divorcio o separación. Si una mujer quiere separarse por vía civil, presentará una demanda en el juzgado, y esperará a que toque el turno correspondiente para su resolución, meses o años incluso, depende de la carga del juzgado. Sin embargo si presenta una denuncia de violencia de género, como mucho, a las 2 ó 3 días, ya dispondrá de unas medidas cautelares, que dictarán la expulsión del padre de los menores de la vivienda familiar, y recibirá una pensión de alimentos. Estas dos medidas se aplican en base a que los jueces y magistrados por norma colocan a los hijos bajo el cuidado de la madre, y declaran al padre a partir de ese momento como un visitante más hacia sus hijos, con quienes pasará a relacionarse 4 días al mes, y hacia quienes la obligación más importante para la justicia que éste tiene con sus hijos es la de pagar esa pensión de alimentos.
Por contra la madre desde el momento de la denuncia pasa a ser considerada como una víctima de violencia de género, y no es necesario siquiera acreditar condena sobre el varón, solo mediante la denuncia interpuesta ya es acreedora de una serie de ventajas y beneficios que el Estado dispone solo para las víctimas de violencia de género.
La fuente de los datos la proporciona un informe elaborado desde la Asociación Erich Fromm.
Hay muchas denuncias que sino son falsas, son consideradas como intencionadas hacia un fin concreto que no es el de la protección de la mujer ("Siempre digo que denuncias falsas no existen, salvo en casos puntuales en procesos de separación"). La denuncia de violencia de género sirve para muchos fines, desde conseguir los papeles para mantener la condición legal de inmigrante en España, para costear gratis estudios en la Universidad, obtener pensiones de viudedad o transformar pensiones de alimentos en compensatorias, evitar la restitución de menores a otro país y a pesar que la madre se encuentre condenada por sustracción de menores en otro país, o incluso ser indultada por el Gobierno o premiada por sindicatos con varias condenas de por medio, y hasta haber logrado destruir la relación de los hijos con el padre. El vídeo de la entrada deja claro que solo si denuncias al padre de tus hijos vas a obtener ayudas económicas.
- Detenidas cuatro mujeres por simular ser víctimas de violencia de género
Fuente:
Miguel Soto
http://www.actuall.com/familia/mas-del-87-de-las-denuncias-por-violencia-de-genero-no-acaba-en-condena/
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