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miércoles, 19 de junio de 2013

Con la ley de “igualdad parental” los padres podrán optar a la tuición de sus hijos

Miércoles, 19 de Junio, 2013
CHILE
Cámara aprueba proyecto de "cuidado compartido" de los hijos
Oriana Miranda
En el día del padre, la aprobación del proyecto de ley de "igualdad parental" es un gran motivo para celebrar. Si antes, en caso de separación de los padres, la madre obtenía la tuición de los hijos en todos los casos, hoy padre y madre quedan en igualdad de condiciones, en una nueva normativa que pone como eje central los acuerdos y el interés superior del niño.
Particularmente este año, los padres tienen mucho que celebrar en su día. Esto, porque durante la semana tanto la Cámara de Diputados como el Senado aprobaron por un amplio margen el proyecto de ley de “igualdad parental”, que modifica el Código Civil y otros cuerpos legales con el objetivo de proteger la integridad de los niños en el caso de que sus padres estén separados.
Este proyecto reemplaza la anterior legislación, que data del siglo XIX y beneficiaba a la madre con la tuición de los hijos en todos los casos.
Para el director de la agrupación Separados Chile, Ricardo Viteri, esta nueva ley es revolucionaria en la legislación chilena.
Viteri explica que anteriormente la única instancia en la que un padre podía apelar por la tuición de sus hijos era si estos eran maltratados o estaban en evidente descuido. Hoy se flexibilizan las reglas y se pone por primera vez en igualdad de condiciones a padres y madres.
“En términos generales, definitivamente la ley es como se llama, de tiempo compartido: la idea es que justamente los hijos puedan compartir en igualdad de condiciones y de tiempo con ambos padres y los papás, hombres, van a tener igualdad de derechos que las mujeres. Si antes la mamá sin mayores trámites se quedaba con el hijo y nadie se lo quitaba, hoy en día eso se acabó”, precisa Viteri. 
Con esta resolución se establece que, en el caso de que los padres vivan separados, podrán determinar de común acuerdo si el cuidado personal de los hijos corresponde al padre, a la madre o a ambos en forma compartida.
El texto legal define el “cuidado personal compartido” como el derecho y el deber ejercido conjuntamente por el padre y la madre que viven separados de amparar, defender y cuidar la persona del hijo o hija menor de edad y participar activamente en su crianza y educación.
En tanto, se define la relación directa y regular como aquella que propende a que el vínculo paterno filial entre el padre no custodio y su hijo o hija se mantenga a través de un contacto personal, periódico y estable.
Además, se establece que el padre o madre que ejerza el cuidado personal del hijo no obstaculizará el régimen de relación directa y regular que se establezca a favor del otro padre.
La senadora Soledad Alvear valoró la aprobación de este proyecto de ley, impulsado por la organización Amor de Papá, y señaló que “lo que se busca es tener como principio fundamental el interés superior del niño y cuando los padres se separan, que se busque un acuerdo entre ellos para determinar quién se queda con los hijos”.
Si bien la ley funciona en la base de este acuerdo, en el caso de que esto no suceda las decisiones serán tomadas por un juez, “considerando el interés superior del niño”, puntualiza la senadora.
“De acuerdo a la actual legislación, se quedarían con la madre siempre. Lo importante no es tener en consideración al papá o a la mamá, sino con quién está mejor el hijo”, agrega.
Para la senadora, “este es el mejor regalo que le estamos dando a los papás de Chile”.
http://radio.uchile.cl/noticias/216389/

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